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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES

Resolución 7613 - E/2016

Ciudad de Buenos Aires, 07/11/2016

VISTO los Expedientes Nº 147.00.0/2014, 147.01.0/2014 y 147.02.0/2014 del Registro de la ex AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL, y

CONSIDERANDO:

Que, por el Decreto Nº 267 de fecha 29 de diciembre de 2015, se creó en el ámbito del MINISTERIO DE COMUNICACIONES, el ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES, organismo autárquico y descentralizado, como Autoridad de Aplicación de las leyes Nº 27.078 y Nº 26.522, sus normas modificatorias y reglamentarias, asumiendo las funciones y competencias de la ex AUTORIDAD FEDERAL DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES y de la ex AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL.

Que las actuaciones del VISTO documentan el concurso público convocado por la entonces AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL, mediante Resolución Nº 904-AFSCA/14, modificada por su similar Nº 1045-AFSCA/14 con el objeto de adjudicar DOS (2) licencias para la instalación, funcionamiento y explotación de DOS (2) servicios de comunicación audiovisual por modulación de frecuencia, en la localidad de TOLHUIN, provincia de TIERRA DEL FUEGO, ANTÁRTIDA E ISLAS DEL ATLÁNTICO SUR.

Que conforme surge del acta de apertura del concurso público, se verificó la presentación de DOS (2) ofertas realizadas por la ASOCIACIÓN CIVIL DE BOMBEROS VOLUNTARIOS DE TOLHUIN y la FUNDACIÓN BELÉN, quedando documentadas como Expedientes Nº 147.01.0/14 y 147.02.0/14.

Que dicho proceso de selección es regido por el pliego de bases y condiciones generales y particulares, aprobado por Resolución Nº 323-AFSCA/14 (Anexo A), modificada por su similar Nº 592-AFSCA/14.

Que el procedimiento contemplado en el artículo 19 del pliego que documenta el Anexo A de la Resolución Nº 323-AFSCA/14 y su modificatoria, dispone que las propuestas serán evaluadas por las áreas competentes, en función de los requisitos y aspectos exigidos por los artículos que lo anteceden, teniendo en cuenta los elementos de admisibilidad relativos al cumplimiento de los requisitos de los aspectos personal y societario; patrimonial y técnico; y la sujeción de la propuesta a los porcentajes de contenidos y producción establecidos por la Ley Nº 26.522 y su reglamentación aprobada por Decreto Nº 1225/10, con relación a la propuesta de programación.

Que, el artículo 20 del mentado pliego dispone que “… Si una de las áreas evaluara negativamente la oferta corresponderá, previa intervención del servicio jurídico, proceder a su rechazo...”.

Que, de la conclusión arribada por el área interviniente, se desprende que las ofertas documentadas bajo Expedientes Nº 147.01.0/14 y 147.02.0/14, correspondientes a la ASOCIACIÓN CIVIL DE BOMBEROS VOLUNTARIOS DE TOLHUIN y la FUNDACIÓN BELÉN, no cumplen con las exigencias del reglamento que rige el acceso a las licencias de servicios de comunicación audiovisual de radiodifusión sonora correspondientes al aspecto comunicacional establecidos por el pliego en cuestión.

Que de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 32 de la Ley Nº 26.522 corresponde a este organismo el dictado del acto administrativo por el cual se resuelva el concurso público de que se trata, rechazándose las ofertas ocurrentes y declarándoselo fracasado.

Que finalmente cabe tener en cuenta que mediante Acta de Directorio del ENACOM Nº 11 de fecha 8 de septiembre de 2016 se aprobó el dictado de la presente.

Que ha tomado la intervención que le compete el servicio jurídico permanente de este ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES.

Que la presente medida se dicta ejercicio de las atribuciones conferidas por el Decreto Nº 267/2015, el Acta Nº 1 de fecha 2 de junio de 2016 del Directorio del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES y por el artículo 12 inciso 11) de la Ley Nº 26.522.

Por ello,

EL PRESIDENTE
DEL ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES
RESUELVE:

ARTÍCULO 1º — APRUÉBANSE los actos del concurso público número 147 (CIENTO CUARENTA Y SIETE), convocado mediante Resolución Nº 904-AFSCA/14, modificada por su similar 1045-AFSCA/14, con el objeto de adjudicar DOS (2) licencias para la instalación, funcionamiento y explotación de DOS (2) servicios de comunicación audiovisual por modulación de frecuencia, en la localidad de TOLHUIN, provincia de TIERRA DEL FUEGO, ANTÁRTIDA E ISLAS DEL ATLÁNTICO SUR.

ARTÍCULO 2º — RECHÁZANSE por inadmisibles las ofertas presentadas por la ASOCIACIÓN CIVIL DE BOMBEROS VOLUNTARIOS DE TOLHUIN (CUIT Nº 30-70727520-7) y la FUNDACIÓN BELÉN (CUIT Nº 30-70961426-2), documentadas mediante Expedientes Nº 147.01.0/14 y 147.02.0/14, por las razones expuestas en los considerandos de la presente.

ARTÍCULO 3º — Declárase fracasado el concurso referido en el artículo 1º de la presente.

ARTÍCULO 4° — Comuníquese, notifíquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — MIGUEL ANGEL DE GODOY, Presidente, Ente Nacional de Comunicaciones, Ministerio de Comunicaciones.

e. 15/11/2016 N° 86016/16 v. 15/11/2016

Fecha de publicación 15/11/2016