ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES
Resolución 7739 - E/2016
Ciudad de Buenos Aires, 08/11/2016
VISTO el Expediente Nº 3.669/2007 del Registro de la entonces COMISIÓN NACIONAL DE COMUNICACIONES, y
CONSIDERANDO:
Que por Decreto N° 267 de fecha 29 de diciembre de 2015, se creó en el ámbito del MINISTERIO DE COMUNICACIONES, el ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES, organismo autárquico y descentralizado, como Autoridad de Aplicación de las leyes Nº 27.078 y Nº 26.522, sus normas modificatorias y reglamentarias, asumiendo las funciones y competencias de la ex AUTORIDAD FEDERAL DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES y de la ex AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL.
Que mediante Resolución N° 46 de fecha 13 de enero de 1997 de la ex SECRETARÍA DE COMUNICACIONES entonces dependiente de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN se aprobó el Plan Fundamental de Numeración Nacional.
Que mediante Resolución Nº 32 de fecha 21 de junio de 2006 de la ex SECRETARÍA DE COMUNICACIONES, entonces dependiente del ex MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS se otorgó a la empresa UNIVERSAL VIDEO CABLE SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA (CUIT 30-64320809-8) Licencia Única de Servicios de Telecomunicaciones y registro para los Servicios de Telefonía Local, Telefonía de Larga Distancia Nacional e Internacional y Valor Agregado.
Que el mencionado prestador ha solicitado numeración para el Servicio de Telefonía Local para ser utilizada en el Área Local de San Julián, provincia de Santa Cruz.
Que han tomado debida intervención las áreas técnicas competentes, y habiendo analizado las cantidades que se prevé asignar en base a la disponibilidad de numeración existente en dicha Área Local, los requerimientos del prestador, y la razonabilidad de lo solicitado, han considerado procedente la asignación peticionada.
Que finalmente cabe tener presente que mediante Acta de Directorio del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES Nº 3 de fecha 3 de marzo de 2016, se delegó en su Presidente la facultad de asignar recursos de telecomunicaciones contemplados en el Plan Fundamental de Numeración Nacional.
Que ha tomado la intervención que le compete el servicio jurídico permanente de este ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Decreto N° 267 de fecha 29 de diciembre de 2015 y el Acta N° 1 del Directorio del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES, de fecha 5 de enero de 2016 del Directorio del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES.
Por ello,
EL PRESIDENTE
DEL ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º — Asígnase a la empresa UNIVERSAL VIDEO CABLE SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA (CUIT 30-64320809-8) la numeración geográfica según se indica en el Anexo registrado en el GENERADOR ELECTRÓNICO DE DOCUMENTOS OFICIALES como ANEXO IF-2016-02653716-APN-ENACOM#MCO, que forma en un todo parte integrante de la presente medida.
ARTÍCULO 2° — Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — MIGUEL ANGEL DE GODOY, Presidente, Ente Nacional de Comunicaciones, Ministerio de Comunicaciones.
ANEXO
Numeración que se asigna:
UNIVERSAL VIDEO CABLE SOCIEDAD RESPONSABILIDAD LIMITADA
SERVICIO DE TELEFONIA LOCAL
ÁREA LOCAL | INDICATIVO INTERURBANO | NÚMERO LOCAL | CANTIDAD DE NÚMEROS |
SAN JULIAN | 2962 | 460hij | 1.000 |
SAN JULIAN | 2962 | 461hij | 1.000 |
SAN JULIAN | 2962 | 462hij | 1.000 |
IF-2016-02653716-APN-ENACOM#MCO
e. 15/11/2016 N° 85998/16 v. 15/11/2016
Fecha de publicación 15/11/2016