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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES

Resolución 7568 - E/2016

Ciudad de Buenos Aires, 07/11/2016

VISTO el Expediente Nº 3.689/2003, del Registro de la ex COMISIÓN NACIONAL DE COMUNICACIONES, organismo descentralizado de la ex SECRETARÍA DE COMUNICACIONES, del entonces MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto Nº 267, de fecha 29 de diciembre de 2015, se creó en el ámbito del MINISTERIO DE COMUNICACIONES, el ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES, organismo autárquico y descentralizado, como Autoridad de Aplicación de las leyes Nros. 27.078 y 26.522, sus normas modificatorias y reglamentarias, asumiendo las funciones y competencias de la ex Autoridad Federal de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, y de la ex Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual.

Que la COOPERATIVA DE PROVISIÓN DE SERVICIOS ELÉCTRICOS, OTROS SERVICIOS PÚBLICOS, DE SERVICIOS SOCIALES, CRÉDITO Y VIVIENDA LIMITADA DE SAN CAYETANO (CUIT 30-54567881-7), es titular de Licencia Única para la prestación de los servicios de Telefonía Local, Telefonía de Larga Distancia Nacional e Internacional, Telefonía Pública, y Reventa, otorgada mediante Resolución Nº 71, del 29 de marzo de 2005, dictada por la ex SECRETARÍA DE COMUNICACIONES, entonces dependiente del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS.

Que mediante Resolución Nº 229, del 7 de agosto de 2008, dictada por la ex SECRETARÍA DE COMUNICACIONES, dependiente del entonces MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, se registraron a su nombre los servicios de Valor Agregado, y Transmisión de Datos.

Que el Artículo 2º de la mencionada Resolución, estableció un plazo de CIENTO OCHENTA (180) días, para que la licenciataria acompañe copia certificada por escribano público, de la ampliación del objeto social, que incluya la leyenda “prestación y/o comercialización de servicios de telecomunicaciones”, con su correspondiente constancia de inscripción ante el INAES, aclarándose que la falta de presentación de la documentación requerida, operaría como condición resolutoria de la licencia otorgada.

Que dentro del plazo establecido, la COOPERATIVA DE PROVISIÓN DE SERVICIOS ELÉCTRICOS, OTROS SERVICIOS PÚBLICOS, DE SERVICIOS SOCIALES, CRÉDITO Y VIVIENDA LIMITADA DE SAN CAYETANO (CUIT 30-54567881-7), presentó copia certificada por escribano público, del estatuto social reformado, con su correspondiente constancia de inscripción ante el INAES, cumpliendo de ese modo, con lo dispuesto en el Artículo 2° de la Resolución N° 229, del 7 de agosto de 2008, dictada por la ex SECRETARÍA DE COMUNICACIONES, dependiente del entonces MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS.

Que ha tomado la intervención que le compete, el servicio jurídico permanente de este ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES.

Que el DIRECTORIO DEL ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES, acordó el dictado del presente acto administrativo, mediante la suscripción del Acta Nº 11 de fecha 8 de septiembre de 2016.

Que la presente medida, se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Decreto Nº 267/2015, y el Acta de Directorio Nº 1, de fecha 5 de enero de 2016, del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES.

Por ello,

EL PRESIDENTE
DEL ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES
RESUELVE:

ARTÍCULO 1º — Téngase por cumplida la presentación de la documentación requerida a la COOPERATIVA DE PROVISIÓN DE SERVICIOS ELÉCTRICOS, OTROS SERVICIOS PÚBLICOS, DE SERVICIOS SOCIALES, CRÉDITO Y VIVIENDA LIMITADA DE SAN CAYETANO (CUIT 30-54567881-7), a través del Artículo 2° de la Resolución Nº 229, del 7 de agosto de 2008.

ARTÍCULO 2º — NOTIFÍQUESE al interesado, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 11, de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos Nº 19.549, y de conformidad con los términos y alcances previstos en el Artículo 40 y concordantes, del Reglamento de Procedimientos Administrativos, Decreto Nº 1.759/72 T.O. 1991.

ARTÍCULO 3º — Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial, y archívese. — MIGUEL ANGEL DE GODOY, Presidente, Ente Nacional de Comunicaciones, Ministerio de Comunicaciones.

e. 16/11/2016 N° 86522/16 v. 16/11/2016

Fecha de publicación 16/11/2016