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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


BIENES DE INTERÉS HISTÓRICO NACIONAL

Ley 27293

Declárase bien de Interés Histórico y Artístico Nacional, al edificio donde funcionaba el Colegio Nacional “Monseñor Doctor Pablo Cabrera”.

El Senado y Cámara de Diputados
de la Nación Argentina
reunidos en Congreso, etc.
sancionan con fuerza de
Ley:

ARTÍCULO 1° — Declárase bien de interés histórico y artístico nacional, en los términos de la ley 12.665, al edificio donde funciona el Colegio Nacional “Monseñor Doctor Pablo Cabrera”, ubicado en la manzana circunscripta por las calles Santa Fe, Tucumán, Mitre y Avenida Rioja, de la ciudad de San Juan, provincia de San Juan, a efectos de su mejor preservación, conservación y guarda del objetivo áulico.

ARTÍCULO 2° — La Comisión Nacional de Monumentos, de Lugares y de Bienes Históricos, dependiente del Ministerio de Cultura de la Nación, instrumentará todo lo atinente de conformidad a lo previsto en el artículo 1° de la presente ley.

ARTÍCULO 3° — Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS DIECINUEVE DIAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS.

— REGISTRADA BAJO EL N° 27293 —

EMILIO MONZÓ. — JUAN C. MARINO. — Eugenio Inchausti. — Juan P. Tunessi.

Buenos Aires, 17 de Noviembre de 2016
En virtud de lo prescripto en el artículo 80 de la Constitución Nacional, certifico que la Ley Nº 27.293 (IF-2016-03128001-APN-SST#SLYT) sancionada por el HONORABLE CONGRESO DE LA NACION el 19 de octubre de 2016, ha quedado promulgada de hecho el día 8 de noviembre de 2016.
Dése para su publicación a la Dirección Nacional del Registro Oficial, gírese copia al HONORABLE CONGRESO DE LA NACION y, para su conocimiento y demás efectos, remítase al MINISTERIO DE CULTURA. Cumplido, archívese. — Pablo Clusellas.

Fecha de publicación 18/11/2016