ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS DIRECCIÓN ADUANAS DEL INTERIOR ADUANA DE ROSARIO
EDICTO
Rosario, 17 de Octubre de 2016
Por ignorarse domicilio se notifica a la firma/ personas que más abajo se detallan que en las actuaciones que tramitan por ante esta dependencia abajo citadas, en las que se encuentran involucrados como imputados, se han dictado Resoluciones Fallos de condena al pago de las multas y comiso de las mercaderías secuestradas, intimándose al pago de la multas impuesta dentro del plazo de quince (15) días de notificada la presente bajo apercibimiento del procedimiento de ejecución establecido por el art. 1122 y sgtes. del citado Código, registrándose el antecedente infraccional correspondiente. Asimismo se les hace saber que contra las Resoluciones que abajo se detallan, dictadas por esta Administración podrán interponer, en forma optativa y excluyente, los recursos de apelación y demanda contenciosa, ante el Tribunal Fiscal de la Nación y la Justicia Federal respectivamente, en el plazo de quince (15) días a contar desde el día siguiente de la notificación (arts. 1132 y 1133 del Código Aduanero).
SUMARIO N° | IMPUTADO | INFRACCIÓN ART. C.A. | RESOLUCIÓN FALLO N° | IMPORTE MULTA | TRIBUTOS |
052-SC-63/2013 | AMB GROUP S.A. CUIT N° 30-71069197-1 | 969 | 286/2016 | $8.048,97 | X |
Fdo. Ing. Agr. Lionello Juan José, Asesor Coordinador c/ firma Responsable, Aduana de Rosario.
Téc. GUSTAVO ALEJANDRO CICOGNA, Administrador (I), División Aduana Rosario, Dirección Regional Aduanera Hidrovía.
e. 23/11/2016 N° 88816/16 v. 23/11/2016
Fecha de publicación 23/11/2016