Edición del
5 de Mayo de 2025

Ediciones Anteriores
Secciones

Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE SALUD SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD

Resolución 517/2016

Buenos Aires, 22/11/2016

VISTO el Expediente N° 36457/2016, N° 18760/2014 y N° 195883/2011 (cuerpo I y II) del Registro de esta SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, la ley 23660, Decreto N° 576 de fecha 1 de Abril de 1993 y las resoluciones N° 1143/2015 del REGISTRO DE ESTA SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD Y

CONSIDERANDO

Que, por las actuaciones citadas en el VISTO, las autoridades del SINDICATO DE PRENSA DE MENDOZA solicitan el reconocimiento de las autoridades designadas por esa entidad, para ocupar los cargos de Dirección y Fiscalización en la OBRA SOCIAL DEL PERSONAL DE PRENSA DE MENDOZA (RNOS 1-1780-1).

Que, al efecto acompañan copia legalizada del Certificado de Autoridades Gremiales extendido por el Ministerio de Trabajo Empleo y Seguridad Social, con mandato vigente por el periodo 18/12/2013 al 18/12/2017.

Que, asimismo adjuntan copia certificada del Acta N° 102 de fecha 10 de Mayo de 2016 por la cual la Comisión Directiva de la entidad gremial elige las autoridades del Agentes de Seguro de Salud.

Que la Asociación Sindical peticiona la normalización de la Obra Social por encontrarse esta bajo la conducción de un Administrador Provisorio, medida que se implementó con el dictado de la Resolución Nro. 1143/15 atento el conflicto de gobernabilidad suscitado en la entidad, toda vez que la conducción de la Obra Social se encontraba acéfala y resultaba imposible la designación de nuevas autoridades por parte de la Asociación Sindical por encontrarse el SINDICATO DE PRENSA DE MENDOZA bajo la Administración de un Delegado Normalizador.

Que los Dres. Jorge Oscar IGLESIAS (DNI 12.106.986) e Iván DVORKIN (DNI 30.035.165), actuales Administradores Provisorios de la Obra Social fueron designados por resolución mencionada precedentemente hasta tanto el Poder Ejecutivo Nacional intervenga el Agente del Seguro o bien se expida la justicia al respecto, con las facultades de administración y ejecución con la que cuenta el Consejo Directivo, según su Estatuto.

Que la Coordinación del Registro de Obras Sociales y Entidades de Medicina Prepaga se expide en providencia Nº 127280/2016 detallando el cumplimiento de los recaudos establecidos en el art. 13 Anexo I del decreto 576/93 respecto de los integrantes del Consejo Directivo y Comisión Revisora de Cuentas de la Obra Social, elegidos de acuerdo a las disposiciones estatutarias.

Que la solicitud efectuada por la entidad gremial debe ser analizada a la luz de la normativa de aplicación.

Que en ese sentido, el inciso a) del art. 12 de la ley 23660 establece que “Las Obras Sociales Sindicales (...) serán conducidas y administradas por autoridad colegiada que no supere el número de cinco (5) integrantes, cuyos miembros serán elegidos por la Asociación Sindical (...) a través de su Secretariado Nacional, Consejo Directivo Nacional o Asamblea General de delegados congresales conforme el estatuto de la Obra Social Sindical”.

Que en este orden, el Estatuto de la OBRA SOCIAL DEL PERSONAL DE PRENSA DE MENDOZA (RNOS 1-1780-1) establece en el artículo 8° “La Obra Social será conducida y administrada por un Consejo Directivo integrado por (3) tres miembros titulares y se elegirán cinco (5) miembros suplentes, todos elegidos por la Asociación Sindical a través de Resolución de Comisión Directiva del Sindicato de Prensa de Mendoza...”

Que el artículo 25 establece que “La fiscalización de la Obra Social estará a cargo de una Comisión revisora de cuentas integrad por (3) miembros elegidos por la asociación Sindical…”.

Que así pues, las autoridades del SINDICATO DE PRENSA DE MENDOZA se presentan acreditando la normalización, con el certificado de autoridades gremiales extendido por el Ministerio de Trabajo Empleo y Seguridad Social con mandato vigente por el periodo 18/12/2013 al 18/12/2017. Asimismo adjunta Acta de elecciones de autoridades de la OBRA SOCIAL DEL PERSONAL DE PRENSA DE MENDOZA (RNOS. 1-1780-1) documentación en los términos del artículo 13 Anexo I del decreto 576/93 respecto de los integrantes del Consejo Directivo y Comisión Revisora de Cuentas de la Obra Social, elegidos de acuerdo a las disposiciones estatutarias, respecto de la cual la Coordinación de Registros de Obras Sociales y Entidades de Medicina Prepaga se expide favorablemente.

Que, en consecuencia, en atención a la documentación obrante en autos, la normativa de aplicación y los términos de la Resolución 1143/2015 SSSalud corresponde dar por finalizadas las funciones de los Dres. Dres. Jorge Oscar IGLESIAS (DNI 12.106.986) e Iván DVORKIN (DNI 30.035.165) designados como Administradores Provisorios de la Obra Social y proceder, a través de la Coordinación de Registros de Obras Sociales y Entidades de Medicina Prepaga a extender el certificado de autoridades de estilo.

Que, los Dres. Dres. Jorge Oscar IGLESIAS e Iván DVORKIN deberán presentar ante esta SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, en un plazo de treinta (30) días contados a partir de la publicación de la presente en el Boletín Oficial, un informe circunstanciado de las tareas llevadas a cabo durante su gestión como Administradores Provisorios de la OBRA SOCIAL DEL PERSONAL DE PRENSA DE MENDOZA (RNOS. 1-1780-1).

Que, la Gerencia de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente se dicta en uso de las facultades y atribuciones Conferidas por los Decretos N° 1615 de fecha 23 de diciembre de 1996 y B° 100 de fecha 16 de diciembre de 2015.

Por ello,

EL SUPERINTENDENTE
DE SERVICIOS DE SALUD
RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — DASE por finalizada la gestión de los Dres. Jorge Oscar IGLESIAS (DNI 12.106.986) e Iván DVORKIN (DNI 30.035.165) como administradores Provisorios de la OBRA SOCIAL DEL PERSONAL DE PRENSA DE MENDOZA RNOS 1-1780-1 a partir de la publicación de la presente en el Boletín Oficial.

ARTÍCULO 2° — HAGASE saber a los Dres. Jorge Oscar IGLESIAS (DNI 12.106.986) e Iván DVORKIN (DNI 30.035.165) que en un plazo de treinta (30) días contados a partir de la fecha indicada en el artículo precedente deberán acompañar un informe circunstanciado de las tareas llevadas a cabo durante su gestión como Administradores Provisorios de la OBRA SOCIAL DEL PERSONAL DE PRENSA DE MENDOZA (RNOS. 1-1780-1).

ARTÍCULO 3° — INSTRUYASE a la Coordinación de Registros de Obras Sociales y Entidades de Medicina Prepaga de la Gerencia de Asuntos Jurídicos para que proceda a extender el certificado de autoridades de estilo con vigencia a partir de la fecha de publicación de la presente en el Boletín Oficial.

ARTÍCULO 4° — Regístrese, comuníquese, notifíquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial, pase a la Coordinación del Registro de Obras Sociales y Entidades de Medicina prepaga y, oportunamente archívese. — Dr. LUIS SCERVINO, Superintendente, Superintendencia de Servicios de Salud.

e. 24/11/2016 N° 89466/16 v. 24/11/2016

Fecha de publicación 24/11/2016