INSTITUTO NACIONAL DE LA MÚSICA
Resolución 157/2016
Buenos Aires, 21/11/2016
VISTO el Expediente 17/2016/INAMU, la Ley N° 26.801, la Resolución N° 08/15/INAMU, Resolución N° 31/15/INAMU, Resolución N° 4/16/INAMU y Resolución N° 12/16/INAMU y;
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 26801 se crea el INSTITUTO NACIONAL DE LA MÚSICA.
Que el artículo 12 de la mencionada Ley, prevé la conformación del Comité Representativo, el cual está integrado por dieciocho (18) miembros de los cuales: seis (6) serán propuestos por la Asamblea Federal, nombrando personalidades relevantes del ámbito de la música, uno (1) por cada región cultural, y los restantes doce (12) por las entidades que, con personería jurídica o gremial, representen a los sectores de la actividad musical nacional, las que propondrán a personalidades relevantes por cada sector de la música, enumerados a continuación: un (1) representante de los autores y compositores, un (1) representante de los intérpretes, un (1) representante de asociaciones sindicales, dos (2) representantes de los productores fonográficos nacionales de los cuales uno (1) de ellos deberá ser productor fonográfico nacional independiente, un (1) representante de la enseñanza musical de gestión estatal, un (1) representante de la enseñanza musical de gestión privada, dos (2) músicos nacionales registrados independientes, un (1) representante de los establecimientos donde se ejecuta música en vivo, un (1) representante de productores de eventos musicales, un (1) representante por las asociaciones de representantes artísticos.
Que en el caso de existir en un mismo sector más de una entidad con personería jurídica o gremial, la propuesta será resuelta en forma conjunta y en caso que la misma no se resuelva será elegida la propuesta correspondiente a la entidad con mayor cantidad de asociados, según padrones actualizados.
Que oportunamente y a través del dictado de la Resolución N° 31/15/INAMU de fecha 11 de diciembre de 2015, se designó a los miembros del Comité Representativo, con excepción de los miembros que propone la Asamblea Federal, toda vez que al momento del dictado de la resolución mencionada, no se había convocado a la Asamblea Federal.
Que por Resolución N° 4/16/INAMU y Resolución N° 12/16/INAMU se convocó a la Primera Asamblea Federal que se llevó a cabo el día 22 de marzo del 2016 en la Ciudad de Mendoza, fijándose en la orden del día, entre otros temas, la propuesta por parte de la Asamblea Federal de los 6 miembros para integrar el Comité Representativo.
Que en dicha Asamblea se resolvió proponer los miembros que integrarán el Comité Representativo, así por la Región NEA se propuso al señor Julio Alberto ORTIZ, por la Región PATAGONIA al señor Roberto PALOMEQUE, por la Región NUEVO CUYO para el primer año fue propuesto Luis CHAZARRETA y para el segundo año el señor Javier GÓMEZ, y las regiones NOA, METROPOLITANA, CENTRO se comprometieron en dicha Asamblea a proponer a sus representantes dentro de un plazo de 20 días.
Que a fojas 61/68 del expediente mencionado en el VISTO, obran agregadas las propuestas de los representantes de la Región NOA y de la Región METROPOLITANA.
Que los miembros del Comité Representativo, exceptuados los elegidos por la Asamblea Federal, tienen un mandato de cuatro (4) años, pudiendo ser reelegidos por un único período consecutivo y ejercen sus funciones ad honórem.
Que por su parte el artículo 13 de la Ley N° 26801, establece entre las funciones del Comité Representativo, la de proponer una terna de candidatos al directorio para elegir al coordinador de cada sede regional del INAMU, constituirse en comité evaluador de los proyectos presentados en las convocatorias para subsidios nacionales realizados por el Directorio, y asistir a las sesiones convocadas por el Directorio.
Que oportunamente y a los fines de garantizar la amplia participación de cada uno de los sectores con derecho a proponer los integrantes al Comité Representativo, se dictó la Resolución N° 16/15/INAMU por la cual se invitó a todas las entidades con personería jurídica o gremial que representen a todos y cada uno de los sectores que se describen en el artículo 12 de la Ley N° 26801.
Que en consecuencia corresponde dictar Resolución, de modo tal de completar la conformación del Comité Representativo con los representantes sugeridos por las Regiones culturales que no habían propuesto dichos representantes en la Asamblea Federal celebrada en el corriente año y designar a sus integrantes ad-referendum, hasta tanto sean aprobadas dichas designaciones por la Asamblea Federal a celebrarse el año próximo.
Que la Dirección General de Asuntos Técnicos Legales ha tomado intervención al respecto.
Que la facultad para el dictado de la presente surge de la Ley N° 26.801.
Que corresponde dictar Resolución al respecto.
Por ello,
EL DIRECTORIO
DEL INSTITUTO NACIONAL DE LA MÚSICA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Desígnense miembros titulares del COMITÉ REPRESENTATIVO, ad-referendum, hasta tanto sean aprobadas dichas designaciones por la Asamblea Federal a celebrarse el año próximo, al señor Adrián IAIES DNI 14.171.559 por la Región METROPOLITANA y al señor Sebastián Ramón Eduardo ACIAR, DNI 27.365.005 por la Región NOA por el período establecido en el artículo 11 inciso c) de la Ley N° 26801.
ARTÍCULO 2° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — DIEGO BORIS MACCIOCCO, Presidente, Instituto Nacional de la Música. — CELSA MEL GOWLAND, Vicepresidente, Instituto Nacional de la Música.
e. 29/11/2016 N° 90805/16 v. 29/11/2016
Fecha de publicación 29/11/2016