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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE COMUNICACIONES

Decisión Administrativa 1389/2016

Desígnase Director de Políticas de Interconexión y Prevención de Políticas Anticompetitivas y de Convergencia.

Buenos Aires, 29/11/2016

VISTO el Expediente N° EX-2016-01496234-APN-SSC#MCO del Registro del MINISTERIO DE COMUNICACIONES, la Ley N° 27.198, el Decreto N° 268 de fecha 29 de diciembre de 2015, el Decreto N° 227 de fecha 20 de enero de 2016, la Decisión Administrativa N° 782 de fecha 1 de agosto del 2016, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley N° 27.198 se aprobó el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2016.

Que por el Decreto N° 227 de fecha 20 de enero de 2016 se estableció, entre otras cuestiones, que toda designación, asignación de funciones, promoción y reincorporación de personal, en el ámbito de la Administración Pública Nacional, centralizada y descentralizada, en cargos de rango y jerarquía inferior a Subsecretario, que corresponda a cargos de la dotación de su planta permanente y transitoria y cargos extraescalafonarios, correspondiente a los cargos vacantes y financiados con la correspondiente partida presupuestaria de conformidad a las estructuras jurisdiccionales aprobadas será efectuada por el señor Jefe de Gabinete de Ministros, a propuesta de la Jurisdicción o Entidad correspondiente.

Que por el Decreto Nº 268 de fecha 29 de diciembre de 2015, se aprobó la conformación organizativa del MINISTERIO DE COMUNICACIONES.

Que por la Decisión Administrativa N° 782 de fecha 1 de agosto de 2016 se aprobó la estructura organizativa de nivel inferior al primer nivel operativo del MINISTERIO DE COMUNICACIONES, y se creó, entre otras, con dependencia de la SECRETARÍA DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES del citado Ministerio, la Dirección de Políticas de Interconexión y Prevención de Políticas Anticompetitivas y de Convergencia.

Que resulta procedente designar con carácter transitorio por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles al Sr. Ricardo Andrés PEREZ (D.N.I. N° 27.934.533) como Director de Políticas de Interconexión y Prevención de Políticas Anticompetitivas y de Convergencia de la DIRECCIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES de la SUBSECRETARÍA DE REGULACIÓN dependiente del MINISTERIO DE COMUNICACIONES.

Que tomó la intervención que le corresponde la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE COMUNICACIONES.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artículo 100, inciso 3 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, y del artículo 1° del Decreto N° 227/16.

Por ello,

EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:

ARTÍCULO 1° — Desígnase, a partir del 1° de septiembre de 2016, con carácter transitorio, por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, contados a partir de la fecha de la presente medida, al Ingeniero D. Ricardo Andrés PEREZ (D.N.I. N° 27.934.533) como Director de Políticas de Interconexión y Prevención de Políticas Anticompetitivas y de Convergencia de la DIRECCIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES de la SUBSECRETARÍA DE REGULACIÓN dependiente del MINISTERIO DE COMUNICACIONES en un cargo Nivel B - Grado 0, autorizándose el correspondiente pago por Función Ejecutiva Nivel III del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2.098/08 y sus modificatorios y complementarios, con autorización excepcional por no reunir los requisitos mínimos establecidos en el artículo 14 del Capítulo III, Título II del citado Convenio Colectivo.

ARTÍCULO 2º — El cargo involucrado deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes, según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII, y IV del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial, homologado por el Decreto N° 2098/08, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha de la presente medida.

ARTÍCULO 3º — El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente será atendido con cargo a las partidas específicas del presupuesto de la Jurisdicción 59 - MINISTERIO DE COMUNICACIONES.

ARTÍCULO 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Marcos Peña. — Oscar R. Aguad.

Fecha de publicación 30/11/2016