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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL SUBSECRETARÍA DE RELACIONES LABORALES

Resolución 762 - E/2016

Ciudad de Buenos Aires, 14/10/2016

Visto el Expediente N° 1.739.751/16 del registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 6/11 del Expediente de Referencia obra el Acuerdo celebrado entre la UNIÓN OBRERA DE LA CONSTRUCCIÓN DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (UOCRA) y la CÁMARA ARGENTINA DE LA CONSTRUCCIÓN (CAMARCO), la FEDERACIÓN ARGENTINA DE ENTIDADES DE LA CONSTRUCCIÓN y el CENTRO DE ARQUITECTOS, INGENIEROS, CONSTRUCTORES Y AFINES, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

Que en dicho acuerdo las precitadas partes procedieron a pactar un incremento salarial a partir del 1° de Octubre de 2016, en el marco de los Convenios Colectivos de Trabajo N° 76/75 y N° 577/10, en los términos y condiciones que surgen del texto.

Que el ámbito de aplicación del presente Acuerdo se corresponde con la actividad principal de la parte empleadora signataria y la representatividad de la entidad sindical firmante, emergente de su personería gremial.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley 14.250 (t.o. 2004).

Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.

Que las partes acreditan la representación que invocan con la documentación agregada en autos y ratifican en todos sus términos el mentado Acuerdo.

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que en atención al ámbito de aplicación personal del acuerdo a homologar, es menester dejar expresamente aclarado que no corresponde calcular y fijar base de remuneraciones y tope indemnizatorio, respecto de los convenios de trabajo y acuerdos salariales aplicables a los trabajadores que se desempeñen en la actividad regulada por la Ley N° 22.250, en virtud de lo dispuesto por la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO N° 1419 del 21 de Noviembre de 2007.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto N° 53/15.

Por ello,

LA SUBSECRETARIA
DE RELACIONES LABORALES
RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Declárese homologado el acuerdo celebrado entre la UNIÓN OBRERA DE LA CONSTRUCCIÓN DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (UOCRA) y la CÁMARA ARGENTINA DE LA CONSTRUCCIÓN (CAMARCO), la FEDERACIÓN ARGENTINA DE ENTIDADES DE LA CONSTRUCCIÓN y el CENTRO DE ARQUITECTOS, INGENIEROS, CONSTRUCTORES Y AFINES, que luce a fojas 6/11 del Expediente N° 1.739.751/16 conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

ARTÍCULO 2° — Gírese a la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva a fin que el Departamento Coordinación registre el Acuerdo obrante a fojas 6/11 del Expediente N° 1.739.751/16.

ARTÍCULO 3° — Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente, procédase a la guarda del presente legajo.

ARTÍCULO 4° — Hágase saber que en el supuesto que este Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social no efectúe la publicación de carácter gratuito del Acuerdo homologado y de esta Resolución, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5° de la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

ARTÍCULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — SILVIA JULIA SQUIRE, Subsecretaria, Subsecretaría de Relaciones Laborales, Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.

Expediente N° 1.739.751/16
Buenos Aires, 20 de octubre de 2016
De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION SSRL N° 762/16 se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 6/11 del expediente de referencia, quedando registrado bajo el número 1323/16. — LUCIANA FERNANDA SALAZAR RIZZO, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.
En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 6 días del mes de Octubre de 2016 comparecen por una parte el Sr. Gerardo Alberto Martínez en representación de la UNION OBRERA DE LA CONSTRUCCIÓN DE LA REPUBLICA ARGENTINA (UOCRA) y por la otra el Licenciado Juan Chediack, en representación de la CAMARA ARGENTINA DE LA CONSTRUCCION (CAMARCO); el Arq. Eduardo Sprovieri en representación de la FEDERACION ARGENTINA DE ENTIDADES DE LA CONSTRUCCION y el Sr. Jorge A De Filippo en representación del CENTRO DE ARQUITECTOS, INGENIEROS, CONSTRUCTORES Y AFINES y expresan que han alcanzado un acuerdo en los siguientes términos:
1.- Establecer a partir del 1° de octubre de 2016 un incremento salarial del treinta y cuatro por ciento (34%) que se aplicará sobre los salarios básicos vigentes al 31 de marzo de 2016, y a partir del 1° de enero del 2017 un incremento salarial del treinta y nueve por ciento (39%) que se aplicará sobre los salarios básicos vigentes al 31 de marzo de 2016. Los incrementos indicados se aplicarán sobre las distintas categorías previstas en el Convenio Colectivo de Trabajo 76/75, conforme a las Tablas que se adjuntan como Anexo 1 y que tendrán vigencia hasta el 31 de diciembre de 2016 y 31 de marzo de 2017, respectivamente.
2.- Las partes convienen que el presente acuerdo tiene vigencia hasta el 31 de marzo de 2017.
3.- Los valores establecidos de los salarios básicos, en base a lo dispuesto en el art 1° del presente acuerdo, absorben y/o compensan hasta su concurrencia los incrementos en el nivel de ingreso de los trabajadores otorgados voluntariamente por los empleadores a cuenta de futuros aumentos ó iguales conceptos desde agosto de 2016, que no tuvieren por fuente lo dispuesto en el Convenio Colectivo de Trabajo N° 76/75.
4.- Las partes dejan expresamente establecido que la aplicación de la precedente cláusula de absorción, en ningún caso podrá traducirse en una disminución del nivel total de ingreso que, para una prestación laboral equivalente en cuanto a su duración, condiciones de trabajo, régimen de turno y demás condiciones, hubiera percibido cada trabajador alcanzado por el presente acuerdo durante el mes de septiembre de 2016 por una jornada normal de trabajo (sin computar horas extraordinarias).
5.- Las partes ratifican el principio de buena fe que rige la negociación colectiva y asumen el compromiso de mantener la paz social relacionada con el objeto del presente acuerdo, durante la vigencia del mismo.
6.- Se deja establecido que la totalidad de lo acordado en el presente acuerdo para el CCT 76/75, será también de aplicación al C.C.T N° 577/10. Los incrementos salariales del 34% a partir del 1° de octubre de 2016 y 39% a partir del 1° de enero de 2017 aquí establecidos, se aplicarán sobre los salarios básicos vigentes al 31° de marzo de 2016, sobre las distintas categorías previstas en el Convenio 577/10, conforme a las Tablas que se adjuntan como ANEXO 2.
Previa lectura y ratificación, las partes firman cinco ejemplares de idéntico tenor y a un solo efecto.

ANEXO I
CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO 76/75
JORNALES DE SALARIOS BÁSICOS CON VIGENCIA A PARTIR DEL 01 DE OCTUBRE DE 2016


Mes
CategoríaZONA “A”ZONA “B”ZONA “C”ZONA “C-Austral”
Salario BásicoSalario BásicoAdicional
Zona Desfavorable
TotalSalario BásicoAdicional
Zona Desfavorable
TotalSalario BásicoAdicional
Zona Desfavorable
Total
oct-16Oficial Especializado71,3871,387,8579,2371,3838,20109,5871,3871,38142,75
Oficial60,8260,826,7367,5560,8241,51102,3460,8260,82121,65
Medio Oficial56,0856,086,0862,1656,0842,4598,5456,0856,08112,16
Ayudante51,4851,485,9257,4151,4843,9495,4351,4851,48102,98
Sereno9341,149341,141065,3010406,859341,146275,2215617,109341,149341,1418683,16


JORNALES DE SALARIOS BÁSICOS CON VIGENCIA A PARTIR DEL 01 DE ENERO DE 2017


Mes
CategoríaZONA “A”ZONA “B”ZONA “C”ZONA “C-Austral”
Salario BásicoSalario BásicoAdicional
Zona Desfavorable
TotalSalario BásicoAdicional
Zona Desfavorable
TotalSalario BásicoAdicional
Zona Desfavorable
Total
ene-17Oficial Especializado74,0574,058,1582,1974,0539,63113,6774,0574,05148,08
Oficial63,0963,096,9870,0763,0943,06106,1663,0963,09126,19
Medio Oficial58,1758,176,3164,4858,1744,04102,2158,1758,17116,35
Ayudante53,4053,406,1459,5553,4045,5898,9953,4053,40106,82
Sereno9689,699689,691105,0510795,169689,696509,3716199,839689,699689,6919380,29

ANEXO II
SALARIOS BASICOS CON VIGENCIA A PARTIR DEL 1° DE OCTUBRE DE 2016
CANALIZACION


Categoría
Zona “A”Zona “B”Zona “C”Zona “C” - Austral
Salario BásicoSalario BásicoAdicional
Zona Desfavorable
TotalSalario BásicoAdicional
Zona Desfavorable
TotalSalario BásicoAdicional
Zona Desfavorable
Total
Oficial Especializado78,4378,438,6087,0378,4342,35120,7878,4378,43156,85
Oficial63,7863,786,9570,7363,7843,37107,1563,7863,78127,56
Medio Oficial57,1257,126,2363,3557,1243,41100,5357,1257,12114,24
Ayudante51,3251,325,6356,9551,3243,6294,9451,3251,32102,63


LINEAS E INSTALACION


Categoría
Zona “A”Zona “B”Zona “C”Zona “C” - Austral
Salario BásicoSalario BásicoAdicional
Zona Desfavorable
TotalSalario BásicoAdicional
Zona Desfavorable
TotalSalario BásicoAdicional
Zona Desfavorable
Total
Oficial Especializado80,5480,548,8189,3580,5443,50124,0480,5480,54161,09
Oficial65,2865,287,1772,4565,2844,42109,7065,2865,28130,56
Medio Oficial57,6757,676,3063,9757,6743,79101,4657,6757,67115,34
Ayudante52,7052,705,8458,5452,7044,8397,5352,7052,70105,40


EMPALME


Categoría
Zona “A”Zona “B”Zona “C”Zona “C” - Austral
Salario BásicoSalario BásicoAdicional
Zona Desfavorable
TotalSalario BásicoAdicional
Zona Desfavorable
TotalSalario BásicoAdicional
Zona Desfavorable
Total
Oficial Especializado82,8582,859,0791,9182,8544,80127,6482,8582,85165,70
Oficial67,2867,287,3974,6767,2845,82113,1067,2867,28134,56
Medio Oficial60,1960,196,6266,8260,1945,77105,9660,1960,19120,39
Ayudante54,4154,415,9660,3754,4146,16100,5754,4154,41108,81


SALARIOS BASICOS CON VIGENCIA A PARTIR DEL 1° DE ENERO DE 2017
CANALIZACION


Categoría
Zona “A”Zona “B”Zona “C”Zona “C” - Austral
Salario BásicoSalario BásicoAdicional
Zona Desfavorable
TotalSalario BásicoAdicional
Zona Desfavorable
TotalSalario BásicoAdicional
Zona Desfavorable
Total
Oficial Especializado81,3581,358,9390,2881,3543,93125,2881,3581,35162,71
Oficial66,1666,167,2173,3766,1644,99111,1566,1666,16132,32
Medio Oficial59,2559,256,4665,7259,2545,03104,2959,2559,25118,51
Ayudante53,2353,235,8459,0853,2345,2598,4853,2353,23106,46


LINEAS E INSTALACION


Categoría
Zona “A”Zona “B”Zona “C”Zona “C” - Austral
Salario BásicoSalario BásicoAdicional
Zona Desfavorable
TotalSalario BásicoAdicional
Zona Desfavorable
TotalSalario BásicoAdicional
Zona Desfavorable
Total
Oficial Especializado83,5583,559,1492,6983,5545,12128,6783,5583,55167,10
Oficial67,7267,727,4475,1667,7246,08113,8067,7267,72135,44
Medio Oficial59,8259,826,5366,3559,8245,42105,2459,8259,82119,64
Ayudante54,6754,676,0660,7254,6746,50101,1754,6754,67109,33


EMPALME


Categoría
Zona “A”Zona “B”Zona “C”Zona “C” - Austral
Salario BásicoSalario BásicoAdicional
Zona Desfavorable
TotalSalario BásicoAdicional
Zona Desfavorable
TotalSalario BásicoAdicional
Zona Desfavorable
Total
Oficial Especializado85,9485,949,4095,3485,9446,47132,4185,9485,94171,88
Oficial69,7969,797,6777,4669,7947,53117,3269,7969,79139,58
Medio Oficial62,4462,446,8769,3162,4447,48109,9262,4462,44124,88
Ayudante56,4456,446,1862,6256,4447,88104,3256,4456,44112,87

Fecha de publicación 30/11/2016