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20 de Mayo de 1999

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


PROYECTO DE GESTIÓN INTEGRAL DE LOS RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS

Decisión Administrativa 1395/2016

Redeterminación de precios. Aprobación.

Buenos Aires, 30/11/2016

VISTO el Expediente Nº STN:0002396/2012 del Registro del MINISTERIO DE TURISMO, y

CONSIDERANDO:

Que por la Decisión Administrativa Nº 142 de fecha 10 de marzo de 2014 se aprobó lo actuado en la Licitación Pública Nacional Nº 14/12 denominada “PROYECTO DE GESTIÓN INTEGRAL DE LOS RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS EN LOS MUNICIPIOS DE SAN CARLOS DE BARILOCHE Y DINA HUAPI, MÓDULO DE RELLENO SANITARIO, PROVINCIA DE RÍO NEGRO” en el marco del “Programa de Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos en Municipios Turísticos”, Préstamo BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID) Nº 1.868/OC-AR cuyo modelo fuera aprobado por el Decreto Nº 1.524 de fecha 6 de noviembre de 2007 y se adjudicó esa obra a la firma DESLER SOCIEDAD ANÓNIMA, por la suma de PESOS VEINTITRÉS MILLONES QUINIENTOS OCHENTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS ONCE CON CUARENTA Y NUEVE CENTAVOS ($ 23.587.611,49).

Que mediante la Decisión Administrativa N° 973 de fecha 11 de noviembre de 2014 se aprobó la redeterminación de precios de la citada obra, por un monto de PESOS SIETE MILLONES OCHOCIENTOS VEINTISEIS MIL SEISCIENTOS SESENTA Y CINCO CON DIEZ CENTAVOS ($ 7.826.665,10), alcanzando el monto de la obra redeterminada un total de PESOS TREINTA Y UN MILLONES CUATROCIENTOS CATORCE MIL DOSCIENTOS SETENTA Y SEIS CON CINCUENTA Y NUEVE CENTAVOS ($ 31.414.276,59) al mes de marzo de 2014.

Que por las actuaciones citadas en el Visto tramitan la segunda y la tercera redeterminación de precios de la obra mencionada, como así también la prórroga de la fecha prevista para su finalización y la variación de la obra.

Que los procedimientos de redeterminación resultan ajustados a las normas establecidas en las Políticas para la Adquisición de Bienes y Obras Financiados por el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID), que forman parte integrante del referido Decreto Nº 1.524/07 como Anexo II.

Que conforme surge del Documento Licitatorio, Sección II. Datos de la Licitación, en el Punto 14.4 “Instrucciones a los Oferentes”, la redeterminación de precios se encuentra sujeta a lo previsto en la Resolución Conjunta Nº 272 del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA y Nº 175 de la SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS entonces dependiente de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN de fecha 15 de abril de 2003 y, supletoriamente, a las previsiones del Decreto Nº 1.295 de fecha 19 de julio de 2002.

Que el procedimiento para la obtención del Factor de Redeterminación se encuentra previsto en la Sección VI. Condiciones Especiales del Contrato, Punto 60 “Ajuste de Precios” del Documento Licitatorio.

Que la Coordinación Unidad Ejecutora de Préstamos Internacionales del MINISTERIO DE TURISMO elaboró los Informes Técnicos de Evaluación de las Solicitudes de Redeterminación de Precios Nº 2 y Nº 3, por los que entendió que los procedimientos presentados por la firma se ajustan a la normativa prevista por el pliego y que resultan correctos los indicadores y cálculos ejecutados, como así también los meses de marzo (mes base) y agosto (mes en que el factor de redeterminación superó el porcentaje previsto) ambos del año 2014 tomados como referencia para la Redeterminación N° 2 y los meses de agosto de 2014 (mes base) y mayo de 2015 (mes en que el factor de redeterminación superó el porcentaje previsto) utilizados para la Redeterminación N° 3.

Que surge además de los citados Informes Técnicos de Evaluación que la segunda redeterminación asciende a la suma de PESOS TRES MILLONES CIENTO DIEZ MIL DOSCIENTOS CUATRO CON TREINTA Y TRES CENTAVOS ($ 3.110.204,33), alcanzando la obra redeterminada un monto de PESOS TREINTA Y CUATRO MILLONES QUINIENTOS VEINTICUATRO MIL CUATROCIENTOS OCHENTA CON NOVENTA Y DOS CENTAVOS ($ 34.524.480,92), mientras que el monto de la tercera redeterminación resulta de PESOS TRESCIENTOS CUARENTA Y UN MIL NOVECIENTOS CATORCE CON SETENTA Y TRES CENTAVOS ($ 341.914,73) totalizando la obra redeterminada la suma de PESOS TREINTA Y CUATRO MILLONES OCHOCIENTOS SESENTA Y SEIS MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y CINCO CON SESENTA Y CINCO CENTAVOS ($ 34.866.395,65).

Que por otra parte, la firma DESLER SOCIEDAD ANÓNIMA solicitó la ampliación del plazo de la obra mencionada por un término de TRESCIENTOS TREINTA Y DOS (332) días, en virtud de las jornadas de labor perdidas debido a las inclemencias climáticas que impidieron el normal desarrollo de los trabajos.

Que la ampliación del plazo propuesta contó con la no objeción del BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID).

Que a su vez, por las actuaciones citadas en el Visto tramita la variación de la mencionada obra, en los términos de lo previsto en la Sección V. Condiciones Generales del Contrato, Punto 50 “Variaciones” del Documento Licitatorio, por la suma de PESOS DOS MILLONES OCHOCIENTOS CINCUENTA MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y TRES CON CINCUENTA CENTAVOS ($ 2.850.493,50).

Que la variación de obra propuesta contó con la no objeción del BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID).

Que conforme surge del Informe de fecha 15 de septiembre de 2016 emitido por el Coordinador de Administración y Finanzas de la UEPI del MINISTERIO DE TURISMO el NOVENTA POR CIENTO (90%)del monto correspondiente a la segunda redeterminación de precios de la obra denominada PROYECTO DE GESTIÓN DE INTEGRAL DE LOS RESIDUOS SOLIDOS URBANOS EN LOS MUNICIPIOS DE SAN CARLOS DE BARILOCHE Y DINA HUAPI, MODULO DE RELLENO SANITARIO, PROVINCIA DE RIO NEGRO” ha sido abonado e imputado con cargo a las partidas específicas de los créditos presupuestarios del citado Ministerio correspondientes a los Ejercicios 2014, 2015 y 2016, mientras que respecto de la tercera redeterminación y del adicional de obra no se ha abonado cifra alguna.

Que tomaron la intervención de su competencia la Coordinación Unidad Ejecutora de Préstamos Internacionales y la Dirección General de Administración de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN, ambas del MINISTERIO DE TURISMO.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE TURISMO tomó la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Artículo 100, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y por el Artículo 35, inciso b) y su Anexo del Reglamento de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº 24.156 y sus modificatorias, aprobado por el Decreto Nº 1.344 de fecha 4 de octubre de 2007 y sus modificatorios.

Por ello,

EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:

ARTÍCULO 1º — Danse por aprobadas la segunda y la tercera redeterminación de precios de la obra denominada “PROYECTO DE GESTIÓN INTEGRAL DE LOS RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS EN LOS MUNICIPIOS DE SAN CARLOS DE BARILOCHE Y DINA HUAPI, MÓDULO DE RELLENO SANITARIO, PROVINCIA DE RÍO NEGRO” por las sumas de PESOS TRES MILLONES CIENTO DIEZ MIL DOSCIENTOS CUATRO CON TREINTA Y TRES CENTAVOS ($ 3.110.204,33) y de PESOS TRESCIENTOS CUARENTA Y UN MIL NOVECIENTOS CATORCE CON SETENTA Y TRES CENTAVOS ($ 341.914,73), respectivamente, alcanzando la obra redeterminada un monto de PESOS TREINTA Y CUATRO MILLONES OCHOCIENTOS SESENTA Y SEIS MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y CINCO CON SESENTA Y CINCO CENTAVOS ($ 34.866.395,65), conforme al Modelo de Acta que como Anexo (IF-2016-03578303-APN-SSC#MTU) forma parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 2º — Dase por aprobada la prórroga de la fecha prevista de terminación de la obra mencionada en el Artículo 1º de esta medida, por un término de TRESCIENTOS TREINTA Y DOS (332) días corridos a partir de la fecha de vencimiento del plazo original, lo que no importa una mayor erogación, ni reconocimiento alguno por gastos improductivos.

ARTÍCULO 3° — Dase por aprobada la variación de la obra mencionada en el Artículo 1º del presente acto, cuyo monto asciende a la suma de PESOS DOS MILLONES OCHOCIENTOS CINCUENTA MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y TRES CON CINCUENTA CENTAVOS ($ 2.850.493,50).

ARTÍCULO 4° — Autorízase al titular del MINISTERIO DE TURISMO a suscribir el Acta cuyo modelo se aprueba por el Artículo 1° del presente acto

ARTÍCULO 5° — Convalídase el gasto de PESOS DOS MILLONES SETECIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL CIENTO OCHENTA Y TRES CON 88/100 ($2.799.183,88) equivalente al NOVENTA POR CIENTO (90%) del monto total que demandó la segunda redeterminación de la obra enunciada en el artículo 1° de la presente medida imputado con cargo a las partidas específicas de los créditos presupuestarios de la JURISDICCIÓN 53 - MINISTERIO DE TURISMO correspondientes a los Ejercicios 2014, 2015 y 2016.

ARTÍCULO 6° — El gasto remanente de PESOS TRES MILLONES QUINIENTOS TRES MIL CUATROCIENTOS VEINTIOCHO CON 68/100 ($3.503.428,68) que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas de los créditos presupuestarios de la JURISDICCIÓN 53 - MINISTERIO DE TURISMO para el corriente Ejercicio.

ARTÍCULO 7º — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Marcos Peña. — José G. Santos.

ANEXO
MODELO DE ACTA DE REDETERMINACIÓN DE PRECIOS
En la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, a los ....... días del mes de ..................... de 201..., se reúnen en representación del MINISTERIO DE TURISMO su titular Licenciado D. José Gustavo SANTOS, M.I. N° 12.873.533, con domicilio constituido en la calle Suipacha N° 1.111, Piso 20 de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES (en adelante, “EL COMITENTE”) por una parte y por la otra, en representación de la firma DESLER SOCIEDAD ANÓNIMA, su ............................... D. ..............................., M.I. Nº .................................., con domicilio constituido en la calle Agüero Nº 97 de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, en su carácter de contratista de la obra denominada “PROYECTO DE GESTIÓN INTEGRAL DE LOS RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS EN LOS MUNICIPIOS DE SAN CARLOS DE BARILOCHE Y DINA HUAPI, MÓDULO DE RELLENO SANITARIO, PROVINCIA DE RÍO NEGRO”, según contrato aprobado mediante la Resolución Nº 104 de fecha 15 de abril de 2014 del MINISTERIO DE TURISMO (en adelante, “LA CONTRATISTA”), en el marco del “Programa de Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos en Municipios Turísticos”, financiado parcialmente por el Préstamo BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID) Nº 1.868/OC-AR cuyo modelo fuera aprobado por el Decreto Nº 1.524 de fecha 6 de noviembre de 2007
ANTECEDENTES: Que a solicitud de LA CONTRATISTA se procede a la segunda y a la tercera redeterminación de precios de la obra antes citada, correspondientes a la parte pendiente de ejecución a los meses de agosto de 2014 y mayo de 2015, respectivamente
Por ello se conviene:
ARTÍCULO 1º.- LA CONTRATISTA y EL COMITENTE por aplicación del régimen establecido por la Resolución Conjunta Nº 272 del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA y Nº 175 de la SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS entonces dependiente de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN de fecha 15 de abril de 2003 y, supletoriamente, por las previsiones del Decreto Nº 1.295 de fecha 19 de julio de 2002, aceptan el Cuadro Resumen de Cantidades y Precios correspondiente a la obra “PROYECTO DE GESTIÓN INTEGRAL DE LOS RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS EN LOS MUNICIPIOS DE SAN CARLOS DE BARILOCHE Y DINA HUAPI, MÓDULO DE RELLENO SANITARIO, PROVINCIA DE RÍO NEGRO”
ARTÍCULO 2º.- LA CONTRATISTA renuncia por la presente a todo reclamo por mayores costos, compensaciones, gastos improductivos o supuestos perjuicios de cualquier naturaleza, motivados por los cambios registrados en la economía desde el 6 de enero de 2002, a la fecha de suscripción de este Acta, en los términos de los Artículos 11 del Decreto N° 1.295/02 y 2º del Decreto N° 1.953/02
ARTÍCULO 3º.- El monto redeterminado del contrato de obra al mes de marzo de 2014 por la Decisión Administrativa N° 973 de fecha 11 de noviembre de 2014 alcanza la suma de PESOS TREINTA Y UN MILLONES CUATROCIENTOS CATORCE MIL DOSCIENTOS SETENTA Y SEIS CON CINCUENTA Y NUEVE CENTAVOS ($ 31.414.276,59). Los montos redeterminados a los meses de agosto de 2014 y mayo de 2015 ascienden, respectivamente, a las sumas de PESOS TRES MILLONES CIENTO DIEZ MIL DOSCIENTOS CUATRO CON TREINTA Y TRES CENTAVOS ($ 3.110.204,33) y de PESOS TRESCIENTOS CUARENTA Y UN MIL NOVECIENTOS CATORCE CON SETENTA Y TRES CENTAVOS ($ 341.914,73), alcanzando la obra redeterminada un monto total de PESOS TREINTA Y CUATRO MILLONES OCHOCIENTOS SESENTA Y SEIS MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y CINCO CON SESENTA Y CINCO CENTAVOS ($ 34.866.395,65)
ARTÍCULO 4º.- LA CONTRATISTA se compromete a cumplir el plan de trabajos correspondiente a la obra faltante de ejecución. En caso de no cumplirlo será pasible de las penalidades que correspondan según contrato, bajo pena de nulidad de lo actuado...
ARTÍCULO 5º.- LA CONTRATISTA se compromete a ampliar la póliza de cumplimiento del contrato hasta el monto de la obra redeterminada
En prueba de conformidad, se firman DOS (2) ejemplares del mismo tenor y a un sólo efecto, en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento de la presente
Gustavo Casenave, Coordinador técnico administrativo, Subsecretaría de Coordinación, Ministerio de Turismo.
IF-2016-03578303-APN-SSC#MTU

Fecha de publicación 01/12/2016