JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
Decisión Administrativa 1408/2016
Dase por aprobada contratación.
Buenos Aires, 05/12/2016
VISTO el Expediente N° CUDAP: EXP-JGM: 0010879/2016 del Registro de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164, reglamentada por el Decreto N° 1421 del 8 de agosto de 2002 y sus modificatorios, la Ley N° 27.198, el Decreto N° 2098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, la Decisión Administrativa N° 3 del 21 de enero de 2004 y sus modificatorias y la Resolución de la ex SUBSECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 48 del 30 de diciembre de 2002 y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que mediante las actuaciones citadas en el Visto, tramita la aprobación del contrato suscripto con fecha 19 de febrero de 2016, ad referéndum del señor Jefe de Gabinete de Ministros, entre el titular de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la SECRETARÍA DE RELACIONES PARLAMENTARIAS Y ADMINISTRACIÓN de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y Da. Jessica COX (D.N.I. N° 95.202.926), de acuerdo con las previsiones del Decreto N° 1421 del 8 de agosto de 2002 y sus modificatorios.
Que por el artículo 9° del Anexo I del decreto citado en el considerando anterior se establecieron las prescripciones a las que estarán sujetas las contrataciones del personal por tiempo determinado, aprobándose mediante, la Resolución de la ex SUBSECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 48 del 30 de diciembre de 2002 y sus modificatorias, las pautas para la aplicación de las mismas.
Que según surge del expediente, los antecedentes personales, la capacitación y experiencia con la que cuenta la agente de que se trata, de nacionalidad británica, se ajustan estrictamente al perfil de las tareas a desarrollar, por lo que resultaría beneficioso contar con la colaboración de la agente en cuestión.
Que el Capítulo II, artículo 4°, inciso a) del Anexo de la Ley N° 25.164 prevé la excepción del cumplimiento del requisito de nacionalidad para el ingreso a la ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL.
Que la agente involucrada en la presente medida se encuentra afectada exclusivamente a la realización de actividades de carácter transitorio, de acuerdo con los términos del artículo 9° del Anexo I del decreto mencionado en primer término del Visto.
Que el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por el Decreto N° 2098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, establece los requisitos mínimos para el acceso a los distintos niveles escalafonarios, previendo para el Nivel A diversas exigencias.
Que la agente propuesta no cumple con los requisitos a que se alude en el párrafo precedente, no obstante y tal como surge de los antecedentes curriculares de la misma, esta resulta atinente al objetivo de las funciones asignadas, por lo que procede aprobar la contratación de la misma, como excepción a lo establecido en el inciso c), punto II del artículo 9° del Anexo I del Decreto N° 1421/02 y sus modificatorios, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164.
Que el MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN ha intervenido y se ha expedido favorablemente respecto a la autorización y aprobación de la contratación como excepción a la normativa citada en el párrafo precedente.
Que además según resulta de lo actuado, la agente de que se trata ha efectuado una real y efectiva prestación de servicios a partir del 22 de febrero de 2016, por lo que procede aprobar la respectiva contratación con efectos a esa fecha.
Que dicha contratación ha sido comunicada fehacientemente al MINISTERIO DE MODERNIZACION, en los términos del artículo 6° del Decreto N° 227/16.
Que previo a dar trámite a la presente contratación, las áreas competentes de la Jurisdicción han verificado la respectiva disponibilidad de créditos presupuestarios.
Que la financiación del contrato que se aprueba por la presente medida será atendida con cargo a las partidas específicas de los créditos presupuestarios vigentes de la Jurisdicción 25 - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, de conformidad con la Ley de Presupuesto General de la Administración Nacional N° 27.198.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SECRETARÍA DE RELACIONES PARLAMENTARIAS Y ADMINISTRACIÓN de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, el MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN y la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, han tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes de los artículos 4°, inciso a) del Anexo de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164 y 4° del Decreto N° 227/16.
Por ello,
EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
ARTÍCULO 1° — Dáse por exceptuada a la agente Da. Jessica COX (D.N.I. N° 95.202.926), de nacionalidad británica, del requisito de nacionalidad que para el ingreso a la ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL se establece en el Capítulo II, artículo 4°, inciso a) del Anexo de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164.
ARTÍCULO 2° — Dáse por aprobado, con efectos al 22 de febrero de 2016 y hasta el 31 de diciembre de 2016, el contrato suscripto ad referéndum del señor Jefe de Gabinete de Ministros, entre el titular de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la SECRETARÍA DE RELACIONES PARLAMENTARIAS Y ADMINISTRACIÓN de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y Da. Jessica COX (D.N.I. N° 95.202.926), para desempeñar funciones de Asesora en Comunicación Internacional en la SUBSECRETARÍA DE COMUNICACIÓN PÚBLICA de la SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN PÚBLICA de esta Jurisdicción, equiparada al Nivel A - Grado 0 del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por el Decreto N° 2098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, conforme lo estipulado en la Resolución de la ex SUBSECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 48 del 30 de diciembre de 2002 y sus modificatorias y con carácter de excepción a lo establecido en el inciso c), punto II del artículo 9° del Anexo I del Decreto N° 1421 del 8 de agosto de 2002 y sus modificatorios, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164, conforme la intervención del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN.
ARTÍCULO 3° — El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas vigentes del Presupuesto de la Jurisdicción 25 - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
ARTÍCULO 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Marcos Peña. — Rogelio Frigerio.
Fecha de publicación 06/12/2016