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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES

Resolución 8250 - E/2016

Ciudad de Buenos Aires, 29/11/2016

VISTO el Expediente N° 1412/1993 del Registro del ex COMITÉ FEDERAL DE RADIODIFUSIÓN, y

CONSIDERANDO:

Que, por el Decreto Nº 267 de fecha 29 de diciembre de 2015, se creó en el ámbito del MINISTERIO DE COMUNICACIONES, el ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES, organismo autárquico y descentralizado, como Autoridad de Aplicación de las Leyes Nº 27.078 y Nº 26.522, sus normas modificatorias y reglamentarias, asumiendo las funciones y competencias de la ex AUTORIDAD FEDERAL DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES y de la ex AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL.

Que mediante el Decreto N° 2459/91 se autorizó a la UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA NACIONAL - FACULTAD REGIONAL CÓRDOBA, a instalar y operar un servicio de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia, con categoría C, en el canal 232, frecuencia 94.3 MHz, en la ciudad de CÓRDOBA, provincia homónima, identificado con la señal distintiva LRJ 405.

Que en el marco de las tareas tendientes a la optimización del PLAN TÉCNICO BÁSICO NACIONAL DE FRECUENCIAS PARA EL SERVICIO DE FM, en particular con relación a la ciudad de CÓRDOBA, la entonces COMISIÓN NACIONAL DE COMUNICACIONES propuso la modificación de los parámetros técnicos de dicho servicio, del canal 232, frecuencia 94.3 MHz, al canal 231, frecuencia 94.1 MHz.

Que la propuesta de modificación precitada fue oportunamente objetada por la autorizada.

Que la modificación propuesta resulta de sencilla implementación, ya que no afecta la conformación del sistema irradiante y consiste en un ajuste del equipo transmisor, conforme informara la mencionada ex COMISIÓN NACIONAL DE COMUNICACIONES, en casos análogos.

Que por lo expuesto corresponde proceder a la modificación de los parámetros originariamente asignados al servicio autorizado a la UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA NACIONAL - FACULTAD REGIONAL CÓRDOBA, en uso de las facultades acordadas por el artículo 90 de la Ley Nº 26.522.

Que en tal orden, el artículo 88 de la reglamentación de la Ley Nº 26.522, aprobada por Decreto Nº 1225/10, establece la adaptación progresiva de los planes técnicos vigentes al tiempo de su dictado.

Que finalmente cabe tener en cuenta que mediante Acta de Directorio del ENACOM Nº 12 se aprobó el dictado de la presente.

Que ha tomado la intervención que le compete el servicio jurídico permanente de este ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Decreto Nº 267/2015, el Acta Nº 1 de fecha 5 de enero de 2016 del Directorio del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES y por el artículo 12, inciso 18) de la Ley Nº 26.522.

Por ello,

EL PRESIDENTE
DEL ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES
RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — SUSTITÚYASE la asignación correspondiente al servicio de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia, identificado con la señal distintiva LRJ 405, autorizado mediante el Decreto Nº 2459/91 a la UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA NACIONAL - FACULTAD REGIONAL CÓRDOBA, de la ciudad de CÓRDOBA, provincia homónima, por el canal 231, frecuencia 94.1 MHz., con categoría C.

ARTÍCULO 2° — Dentro de los NOVENTA (90) días corridos de notificada la presente, la autorizada, deberá presentar la documentación técnica definitiva, de conformidad con la normativa técnica vigente, para su aprobación y ulterior habilitación, en los términos del artículo 84 de la Ley Nº 26.522.

ARTÍCULO 3° — Comuníquese, notifíquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — MIGUEL ANGEL DE GODOY, Presidente, Ente Nacional de Comunicaciones, Ministerio de Comunicaciones.

e. 12/12/2016 N° 93544/16 v. 12/12/2016

Fecha de publicación 12/12/2016