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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE PRODUCCIÓN

Decisión Administrativa 1446/2016

Designación.

Buenos Aires, 13/12/2016

VISTO el Expediente EX-2016-00947932-APN-DCCYRL#MP, la Ley N° 27.198 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2016, los Decretos Nros. 2.343 de fecha 30 de diciembre de 2008, 1.381 de fecha 1° de octubre de 2009, 1 del 4 de enero de 2016 y 227 de fecha 20 de enero de 2016, y la Decisión Administrativa N° 10 de fecha 19 de enero de 2016, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 2.343 de fecha 30 de diciembre de 2008 se crearon y cubrieron en la órbita del entonces MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, diversos cargos de carácter extraescalafonario, entre ellos el de Coordinador de Entes Descentralizados con dependencia directa del Jefe de Gabinete del mencionado Ministerio, con una remuneración equivalente al Nivel A, Grado 0, Función Ejecutiva I del entonces SISTEMA NACIONAL DE PROFESIÓN ADMINISTRATIVA, aprobado por el Decreto N° 993/91 (T.O. 1995).

Que el Decreto N° 1.381 de fecha 1 de octubre de 2009 dispuso que el referido cargo, entre otros, mantendría su dependencia jerárquica en el entonces MINISTERIO DE INDUSTRIA, con sus cometidos, rango jerárquico y equiparación remunerativa (ex SINAPA actual SINEP).

Que por el Decreto N° 1 del 4 de enero de 2016 se transfirió la SECRETARÍA DE COMERCIO y sus unidades organizativas dependientes, organismos descentralizados y desconcentrados de la órbita del MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS a la órbita del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN.

Que en esta instancia, razones operativas y de correcto ordenamiento administrativo, determinan la necesidad de efectuar la cobertura del aludido cargo, el que se encuentra vacante.

Que el Artículo 7° de la Ley Nº 27.198 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2016 dispuso el congelamiento de los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de sanción de la misma, en las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Nacional y de los que queden vacantes con posterioridad, salvo decisión fundada del señor Jefe de Gabinete de Ministros o del PODER EJECUTIVO NACIONAL en virtud de las disposiciones del Artículo 10 de la citada ley.

Que la cobertura de dicho cargo implica hacer una excepción a lo dispuesto por el Artículo 7° de la Ley Nº 27.198 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2016.

Que por el Decreto N° 227 de fecha 20 de enero de 2016 se dispuso, entre otros aspectos, que toda designación de personal en el ámbito de la Administración Pública Nacional, centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente, en cargos de rango y jerarquía inferior a Subsecretario será efectuada por el señor Jefe de Gabinete de Ministros, a propuesta de la Jurisdicción o Entidad correspondiente.

Que el MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN ha tomado la intervención que le compete.

Que la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, ha tomado la intervención de su competencia.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos, dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del Artículo 100, inciso 3 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, el Artículo 7° de la Ley N° 27.198 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2016 y el Artículo 1º del Decreto N° 227/16.

Por ello,

EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:

ARTÍCULO 1° — Desígnase a partir del 1 de septiembre de 2016, en el cargo extraescalafonario de Coordinador de Entes Descentralizados con dependencia directa del Jefe de Gabinete del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, al Abogado Don Carlos María LEGÓN MARIENHOFF (M.I N° 26.281.694) con una remuneración equivalente al Nivel A, Grado 0, Función Ejecutiva I del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial, homologado por el Decreto N° 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, con carácter de excepción a lo dispuesto por el Artículo 7° de la Ley N° 27.198 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2016.

ARTÍCULO 2° — El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida, será atendido con cargo a las partidas específicas del presupuesto vigente para el corriente ejercicio de la Jurisdicción 51 - MINISTERIO DE PRODUCCIÓN.

ARTÍCULO 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Marcos Peña. — Francisco A. Cabrera.

Fecha de publicación 14/12/2016