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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES

Resolución 9226 - E/2016

Ciudad de Buenos Aires, 16/12/2016

VISTO el Expediente N° 13.261/16 del Registro del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 267 de fecha 29 de diciembre de 2015, se creó en el ámbito del MINISTERIO DE COMUNICACIONES, el ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES, organismo autárquico y descentralizado, como Autoridad de Aplicación de las Leyes N° 27.078 y N° 26.522, sus normas modificatorias y reglamentarias, asumiendo las funciones y competencias de la ex AUTORIDAD FEDERAL DE TECNOLOGIAS DE LA INFORMACION Y LAS COMUNICACIONES y de la AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL.

Que la actuación del VISTO documenta la solicitud formulada por la IGLESIA CATÓLICA APOSTÓLICA ROMANA tendiente a obtener una autorización para la instalación y funcionamiento de un servicio de comunicación audiovisual por modulación de frecuencia, en la BASE ANTÁRTICA VICECOMODORO MARAMBIO, provincia de TIERRA DEL FUEGO, ANTÁRTIDA E ISLAS DEL ATLÁNTICO SUR.

Que el Artículo 37 de la Ley N° 26.522 establece que el otorgamiento de autorizaciones para la IGLESIA CATÓLICA se realiza a demanda y de manera directa, de acuerdo con la disponibilidad del espectro.

Que se ha acreditado el cumplimiento de los requisitos establecidos por el Artículo 37 del Decreto N° 1.225/10.

Que, en efecto, el área competente ha evaluado la propuesta comunicacional, la cual responde a los fines de la IGLESIA CATOLICA; por su parte, y en términos de sustentabilidad de los medios, el mismo se sostendrá con fondos propios de aquella.

Que se realizó la asignación de los parámetros técnicos correspondientes, en el canal 220, frecuencia 91.9 MHz, categoría “F” y señal distintiva LRF945.

Que por los particulares términos en que ha sido formulada la petición que se trata, corresponde dejar establecido que en el ámbito de su dinámica institucional, la IGLESIA CATÓLICA APOSTÓLICA ROMANA determinará la organización que implementará el proyecto comunicacional respectivo.

Que el DIRECTORIO del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES, acordó el dictado del presente acto administrativo, mediante la suscripción del Acta N° 14 del día 15 de diciembre de 2016.

Que ha tomado la intervención que le compete el servicio jurídico permanente de este ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES.

Que la presente medida se dicta de conformidad con las atribuciones conferidas por el Decreto N° 267/16, las facultades delegadas por el Acta de Directorio N° 1 de fecha 5 de enero de 2016 y por el Artículo 12, inciso 8), de la Ley N° 26.522.

Por ello,

EL PRESIDENTE
DEL ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES
RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — AUTORÍZASE a la IGLESIA CATÓLICA APOSTÓLICA ROMANA la instalación y funcionamiento de un servicio de comunicación audiovisual por modulación de frecuencia, en la BASE ANTÁRTICA VICECOMODORO MARAMBIO, de la provincia de TIERRA DEL FUEGO, ANTÁRTIDA E ISLAS DEL ATLÁNTICO SUR, en el canal 220, frecuencia 91.9 MHz, categoría “F” y señal distintiva LRF945.

ARTÍCULO 2° — La autorizada determinará el espacio organizacional —dentro de su ámbito, conforme el Derecho Canónico— en el que se desarrollará el funcionamiento y operación de la emisora a la que se refiere el artículo primero de la presente.

ARTÍCULO 3° — Dentro de los CIENTO OCHENTA (180) días corridos de notificada la presente la autorizada —a través de la organización encargada de la implementación del proyecto comunicacional correspondiente al servicio que por la presente se autoriza— deberá presentar las documentaciones técnicas definitivas para su aprobación y ulterior habilitación del servicio, en los términos del Artículo 84 de la Ley N° 26.522.

ARTÍCULO 4° — Comuníquese, notificase, publíquese, dese a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — MIGUEL ANGEL DE GODOY, Presidente, Ente Nacional de Comunicaciones, Ministerio de Comunicaciones.

e. 19/12/2016 N° 96416/16 v. 19/12/2016

Fecha de publicación 19/12/2016