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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y DEPORTES

Decisión Administrativa 1485/2016

Desígnase Director de la Fundación Argentina en la Ciudad Internacional Universitaria de París.

Buenos Aires, 19/12/2016

VISTO el Expediente N° 6.972/16 del Registro del MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y DEPORTES, el Decreto N° 227 del 20 de enero de 2016 y lo solicitado por la citada Cartera Ministerial, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 7° del Capítulo III del Estatuto de la FUNDACIÓN ARGENTINA EN LA CIUDAD INTERNACIONAL UNIVERSITARIA DE PARÍS, REPÚBLICA FRANCESA, aprobado por el Decreto N° 1.155 del 8 de noviembre de 1982 y su modificatorio N° 562 del 7 de julio de 2000, establece que la Fundación estará a cargo de UN (1) Director, quien será designado por el Gobierno Argentino, a propuesta del MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y DEPORTES.

Que el señor Ministro de Educación y Deportes propone para ocupar el referido cargo por un período de TRES (3) años al Doctor Juan Manuel CORVALAN ESPINA.

Que el mencionado funcionario ha cumplimentado los requisitos establecidos en la reglamentación vigente.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y DEPORTES ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por los artículos 100, inciso 3, de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y 1° del Decreto N° 227 del 20 de enero de 2016.

Por ello,

EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:

ARTÍCULO 1° — Desígnase al Doctor Juan Manuel CORVALAN ESPINA (DNI N° 25.238.094) en el cargo de Director de la FUNDACIÓN ARGENTINA EN LA CIUDAD INTERNACIONAL UNIVERSITARIA DE PARÍS, REPÚBLICA FRANCESA, a partir del 9 de julio de 2016 y por el término de TRES (3) años de conformidad con lo establecido en el artículo 8°, inciso 2) de la Reglamentación del Estatuto de dicha Fundación, aprobado por el Decreto N° 1.155 del 8 de noviembre de 1982 y su modificatorio N° 562 del 7 de julio de 2000.

ARTÍCULO 2° — El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas del presupuesto de la Jurisdicción 70 - MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y DEPORTES.

ARTÍCULO 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Marcos Peña. — Esteban J. Bullrich.

Fecha de publicación 20/12/2016