MINISTERIO DE PRODUCCIÓN
Resolución 804 - E/2016
Ciudad de Buenos Aires, 16/12/2016
VISTO el Expediente EX-2016-01682001-APN-DDYME#MP, los Decretos Nros. 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, 1.162 de fecha 3 de agosto de 2011, 944 de fecha 21 de junio de 2012, 2.329 de fecha 4 de diciembre de 2012, 1.181 de fecha 24 de julio de 2014, 2.292 de fecha 3 de noviembre de 2015, 1.165 de fecha 11 de noviembre de 2016, la Decisión Administrativa N° 319 de fecha 15 de abril de 2016, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto N° 1.162 de fecha 3 de agosto de 2011 se designó con carácter transitorio, y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, al Licenciado en Economía Don Ignacio Agustín MONTELATICI (M.I. N° 25.676.936) en el cargo de Director de la Dirección de Supervisión y Control del Sistema de Sociedades de Garantías Recíprocas dependiente de la entonces Dirección Nacional de Asistencia Financiera para las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas de la ex SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del entonces MINISTERIO DE INDUSTRIA, Nivel B, Grado 0, Función Ejecutiva Nivel III del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial, homologado por el Decreto N° 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios.
Que por los Decretos Nros. 944 de fecha 21 de junio de 2012, 2.329 de fecha 4 de diciembre de 2012, 1.181 de fecha 24 de julio de 2014 y 2.292 de fecha 3 de noviembre de 2015 y la Decisión Administrativa N° 319 de fecha 15 de abril de 2016, se prorrogó la designación transitoria aludida en el considerando precedente.
Que por el Artículo 1° del Decreto N° 864 de fecha 18 de julio de 2016 se transfirió la SUBSECRETARÍA DE FINANCIAMIENTO DE LA PRODUCCIÓN y sus unidades organizativas dependientes, de la órbita de la SECRETARÍA DE EMPRENDEDORES Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA a la órbita de la UNIDAD MINISTRO del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN.
Que por el Decreto N° 1.165 de fecha 11 de noviembre de 2016 se facultó a los Ministros, Secretarios de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, y autoridades máximas de organismos descentralizados, a prorrogar las designaciones transitorias que oportunamente fueran dispuestas por el Presidente de la Nación o el Jefe de Gabinete de Ministros, en las mismas condiciones de las designaciones y/o últimas prórrogas.
Que razones operativas hacen necesario prorrogar la designación transitoria del mencionado funcionario.
Que el citado profesional se encuentra actualmente desempeñando el cargo referido en el primer considerando.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos, dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el Artículo 1° del Decreto N° 1.165/16.
Por ello,
EL MINISTRO
DE PRODUCCIÓN
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Prorrógase, a partir del 22 de septiembre de 2016 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, la designación transitoria efectuada mediante el Decreto N° 1.162 de fecha 3 de agosto de 2011 y cuyas prórrogas operaron por los Decretos Nros. 944 de fecha 21 de junio de 2012, 2.329 de fecha 4 de diciembre de 2012, 1.181 de fecha 24 de julio de 2014, 2.292 de fecha 3 de noviembre de 2015 y la Decisión Administrativa N° 319 de fecha 15 de abril de 2016, del Licenciado en Economía Don Ignacio Agustín MONTELATICI (M.I. N° 25.676.936) en el cargo de Director de Supervisión y Control del Sistema de Sociedades de Garantías Recíprocas dependiente de la actual Dirección Nacional de Coordinación de Programas de Financiamiento de la SUBSECRETARÍA DE FINANCIAMIENTO DE LA PRODUCCIÓN dependiente de la UNIDAD MINISTRO del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, Nivel B, Grado 0, autorizándose el correspondiente pago de la Función Ejecutiva Nivel III del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial, homologado por el Decreto N° 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios.
ARTÍCULO 2° — El cargo involucrado deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII, y IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2.098/08 y sus modificatorios, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir del 22 de septiembre de 2016.
ARTÍCULO 3° — Comuníquese al MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN en orden a lo dispuesto por el Artículo 1° del Decreto N° 1.165 de fecha 11 de noviembre de 2016.
ARTÍCULO 4° — El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas de los créditos presupuestarios de la Jurisdicción 51 - MINISTERIO DE PRODUCCIÓN.
ARTÍCULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — FRANCISCO ADOLFO CABRERA, Ministro, Ministerio de Producción.
e. 20/12/2016 N° 96432/16 v. 20/12/2016
Fecha de publicación 20/12/2016