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26 de Abril de 2024

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS DEPARTAMENTO PROCEDIMIENTOS LEGALES ADUANEROS

CÓDIGO ADUANERO (LEY 22.415)
Por ignorarse domicilio, se cita a la firma que más abajo se menciona, para que dentro del plazo de 10 (diez) días de notificadas, comparezcan a presentar su defensa y ofrecer pruebas por la infracción tipificada en el Art. 954 Inc. b) del Código Aduanero, atento que de la verificación efectuada por la División Verificación (Ramo D) surge una prohibición en los términos de la Resolución ENARGAS 138/95, resultando mercadería de importación prohibida, cuyos expedientes tramitan en la Secretaría N° 3 del Departamento Procedimientos Legales Aduaneros - Azopardo 350, PB, CABA, bajo apercibimiento de rebeldía. Téngase presente que deberá constituir domicilio dentro del radio urbano de este Departamento, en los términos del Art. 1001 del Código Aduanero, bajo apercibimiento de tenérselo por constituido en los estrados de esta oficina aduanera, en la forma prevista por el Art. 1013 inc. g) del citado texto legal. Se les hace saber que el pago de la multa mínima, dentro del plazo arriba señalado, producirá la extinción de la acción penal aduanera y la no registración del antecedente (Arts. 930, 931 y 932 del C.A.). Fdo. Abog. Daniel A. Ilarregui - Jefe Div. Secretaría N° 3 (Int.) - Depto. Procedimientos Legales Aduaneros. Asimismo se comunica que para habilitar el despacho a plaza es necesario la presentación de la certificación requerida, de lo contrario se ordenará el reembarco de los bienes en cuestión.


SIGEA
IMPUTADODESTINACIÓNMULTA EN PESOSTRIBUTOS EN DÓLARESTRIBUTOS EN PESOS
12148-354-2011GNC GALILEO SA CUIT 30-61608546-407001IC81001914Y$ 11.027,09USD 0,00$ 0,00


Abogado DANIEL A. ILARREGUI, Jefe de Div. Secretaría N° 3 (Int.), Depto. Procedimientos Legales Aduaneros.

e. 22/12/2016 N° 97990/16 v. 22/12/2016

Fecha de publicación 22/12/2016