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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y DEPORTES

Resolución 2542 - E/2016

Ciudad de Buenos Aires, 19/12/2016

VISTO el Expediente Nº 5.793/16 de CIENTO VEINTISIETE (127) cuerpos del registro del MINISTERIO DE EDUCACION Y DEPORTES, y

CONSIDERANDO:

Que por el expediente mencionado en el Visto tramita la Licitación Pública Internacional N° 17/16, por la Construcción de Jardines de Infantes con provisión de materiales, maquinarias, mobiliario y mano de obra necesarios para su completo cumplimiento, zona de ejecución Centro Norte: Entre Ríos, Santa Fe y Buenos Aires conformada por dos (2) Grupos, solicitada por la DIRECCIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURA.

Que la citada Licitación fue autorizada por Resolución Ministerial Nº 702 de fecha 27 de junio de 2016 y encuadrada en el artículo 1 de la Ley 13.064, por la suma de PESOS TRESCIENTOS CUARENTA Y CINCO MILLONES SEISCIENTOS SETENTA MIL DOSCIENTOS DIECIOCHO CON CINCO CENTAVOS ($345.670.218,05.-).

Que se realizó la publicidad establecida por el artículo 10 de la Ley 13.064.

Que con fecha 15 de septiembre de 2016 se realizó el Acto de Apertura recibiéndose un total de cinco (5) ofertas para la zona de ejecución.

Que para el Grupo N° 1 se presentaron las ofertas correspondientes a las firmas UTE ESCARABAJAL INGENIERIA S.R.L. / BAHÍA BLANCA VIVIENDAS S.R.L., BYL SA y la UTE ASHOKA CONTRUCCIONES S.A. /GRAFT ESTUDIO S.R.L./ RACAVAL S.A. y para el Grupo N° 2 se presentaron las ofertas correspondientes a las firmas UTE ESCARABAJAL INGENIERIA S.R.L. / BAHÍA BLANCA VIVIENDAS S.R.L., UTE ASHOKA CONTRUCCIONES S.A. /GRAFT ESTUDIO S.R.L./RACAVAL S.A., PECAM S.A. y RIVA S.A.

Que la COMISIÓN EVALUADORA AD-HOC fue designada para la evaluación de la presente Licitación Pública Internacional por Resolución N° 985- E- APN-ME/2016 y con fecha 14 de noviembre de 2016 emitió su Dictamen de Evaluación.

Que con relación al Grupo N° 1 en el correspondiente Dictamen se desestimaron las ofertas de las firmas BYL SA y la UTE ASHOKA CONTRUCCIONES S.A. / GRAFT ESTUDIO S.R.L. / RACAVAL S.A. por considerarlas no admisibles en términos técnicos, y con relación a oferta de UTE ESCARABAJAL INGENIERIA S.R.L. / BAHÍA BLANCA VIVIENDAS S.R.L., la misma resulta técnica y económicamente admisible.

Que, con relación al Grupo N° 2 la oferta presentada por UTE ASHOKA CONTRUCCIONES S.A./GRAFT ESTUDIO S.R.L. / RACAVAL S.A. resulta descalificada por considerarla no admisible en términos técnicos.

Que, por su parte, las ofertas correspondientes de la UTE ESCARABAJAL INGENIERIA SRL / BAHIA BLANCA VIVIENDAS SRL, RIVA S.A. y PECAM S.A., resultan técnicamente admisibles.

Que, finalmente en virtud de lo establecido por la Comisión Evaluadora, resulta primera en orden de mérito para el grupo N° 2 la UTE ESCARABAJAL INGENIERIA S.R.L. / BAHÍA BLANCA VIVIENDAS S.R.L.

Que, en consecuencia, la COMISIÓN EVALUADORA AD-HOC recomendó ADJUDICAR a la UTE ESCARABAJAL INGENIERIA SRL / BAHIA BLANCA VIVIENDAS SRL el Grupo N° 1 por la suma de PESOS CIENTO SESENTA Y SIETE MILLONES CIENTO SESENTA Y NUEVE MIL CIENTO SETENTA CON CUARENTA Y DOS CENTAVOS ($167.169.170,42.-) y el Grupo N° 2 por la suma de PESOS CIENTO OCHENTA Y DOS MILLONES SEISCIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL QUINIENTOS SETENTA Y UNO CON CATORCE CENTAVOS ($182.689.571,14.-) por ser su oferta técnica y económicamente admisible para ambos grupos.

Que el mencionado Dictamen fue publicado en el Boletín Oficial y notificado a los oferentes con fecha 15 de noviembre de 2016.

Que no se presentaron impugnaciones contra el Dictamen de Evaluación.

Que, habiéndose vencido el plazo de impugnación y en razón de lo expresado precedentemente, corresponde adjudicar los Grupos N° 1 y Nº 2 de la Licitación Pública Internacional Nº 17/16 a la firma UTE ESCARABAJAL INGENIERIA S.R.L. / BAHÍA BLANCA VIVIENDAS S.R.L., por ser su oferta técnica y económicamente admisible, por la suma total de PESOS TRESCIENTOS CUARENTA Y NUEVE MILLONES OCHOCIENTOS CINCUENTA Y OCHO MIL SETECIENTOS CUARENTA Y UNO CON CINCUENTA Y SEIS CENTAVOS ($ 349.858.741,56.-).

Que se cuenta con el crédito necesario para hacer frente a la erogación resultante en el presente ejercicio presupuestario.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE EDUCACION Y DEPORTES tomó la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el Decreto N° 733 del 1 de junio de 2016.

Por ello,

EL MINISTRO
DE EDUCACIÓN Y DEPORTES
RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Apruébase lo actuado en el trámite de la Licitación Pública Internacional N° 17/16 convocada para la Construcción de Jardines de Infantes con provisión de materiales, maquinarias, mobiliario y mano de obra necesarios para su completo cumplimiento, zona de ejecución Centro Norte: Entre Ríos, Santa Fe y Buenos Aires, solicitada por la DIRECCIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURA.

ARTÍCULO 2° — Adjudícase el Grupo N° 1 de la Licitación Pública Internacional N° 17/16 a la firma UTE ESCARABAJAL INGENIERIA S.R.L. / BAHÍA BLANCA VIVIENDAS S.R.L. por la suma de PESOS CIENTO SESENTA Y SIETE MILLONES CIENTO SESENTA Y NUEVE MIL CIENTO SETENTA CON CUARENTA Y DOS CENTAVOS ($167.169.170,42.-).

ARTÍCULO 3° — Adjudícase el Grupo N° 2 de la Licitación Pública Internacional N° 17/16 a la firma UTE ESCARABAJAL INGENIERIA S.R.L. / BAHÍA BLANCA VIVIENDAS S.R.L. por la suma de PESOS CIENTO OCHENTA Y DOS MILLONES SEISCIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL QUINIENTOS SETENTA Y UNO CON CATORCE CENTAVOS ($182.689.571,14.-).

ARTÍCULO 4° — Facúltase al señor Subsecretario de Coordinación Administrativa a suscribir el contrato emergente de la presente.

ARTÍCULO 5° — El gasto que demande la presente medida asciende a la suma de PESOS TRESCIENTOS CUARENTA Y NUEVE MILLONES OCHOCIENTOS CINCUENTA Y OCHO MIL SETECIENTOS CUARENTA Y UNO CON CINCUENTA Y SEIS CENTAVOS ($ 349.858.741,56.-), y será imputado con cargo al presupuesto vigente de la Jurisdicción 70 - MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y DEPORTES.

ARTÍCULO 6° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — ESTEBAN JOSÉ BULLRICH, Ministro, Ministerio de Educación y Deportes.

e. 22/12/2016 N° 97264/16 v. 22/12/2016

Fecha de publicación 22/12/2016