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Legislación y Avisos Oficiales
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MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y DEPORTES

Resolución 2544 - E/2016

Ciudad de Buenos Aires, 19/12/2016

VISTO el Expediente Nº 5.791/16 de CINCUENTA Y SIETE (57) cuerpos del registro del MINISTERIO DE EDUCACION Y DEPORTES, y

CONSIDERANDO:

Que por el expediente mencionado en el Visto tramita la Licitación Pública Internacional N° 20/16, por la Construcción de Jardines de Infantes con provisión de materiales, maquinarias, mobiliario y mano de obra necesarios para su completo cumplimiento, zona de ejecución Patagonia Sur: Chubut, Santa Cruz y Tierra del Fuego, conformada por un (1) Grupo, solicitada por la DIRECCIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURA.

Que la citada Licitación fue autorizada por Resolución Ministerial Nº 703 de fecha 27 de junio de 2016 y encuadrada en el artículo 1 de la Ley 13.064, por la suma de PESOS CIENTO VEINTE MILLONES OCHOCIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS TRES CON SESENTA Y OCHO CENTAVOS ($120.848.303,68.-).

Que se realizó la publicidad establecida por el artículo 10 de la Ley 13.064.

Que con fecha 16 de septiembre de 2016 se realizó el Acto de Apertura recibiéndose un total de dos (2) ofertas para la zona de ejecución.

Que para el Grupo N° 1 se presentaron las ofertas de la UTE ESCARABAJAL INGENIERIA S.R.L./BAHÍA BLANCA VIVIENDAS S.R.L. y PROALSA S.R.L.

Que la COMISIÓN EVALUADORA AD-HOC fue designada para la evaluación de la presente Licitación Pública Internacional por Resolución Resol- 2016- 985- E- APN-ME y con fecha 15 de noviembre de 2016 emitió su Dictamen de Evaluación.

Que, según surge del mencionado Dictamen tanto la oferta de la UTE ESCARABAJAL INGENIERIA SRL/ BAHIA BLANCA VIVIENDAS S.R.L. como la oferta de PROALSA S.R.L. resultan técnicamente admisibles.

Que, seguidamente, la citada Comisión procedió a elaborar el correspondiente orden de mérito de ambas ofertas admisibles resultando primera la UTE ESCARABAJAL INGENIERIA S.R.L. / BAHIA BLANCA VIVIENDAS S.R.L.

Que, en consecuencia, la COMISIÓN EVALUADORA AD-HOC recomendó ADJUDICAR el Grupo N° 1 a la UTE ESCARABAJAL INGENIERIA S.R.L. / BAHIA BLANCA VIVIENDAS S.R.L. por ser su oferta técnica y económicamente admisible, por la suma total de PESOS CIENTO TREINTA Y CUATRO MILLONES VEINTISIETE CON SETENTA Y SIETE CENTAVOS ($ 134.000.027,77.-).

Que el mencionado Dictamen fue publicado en el Boletín Oficial y notificado a los oferentes con fecha 16 de noviembre de 2016.

Que no se presentaron impugnaciones contra el Dictamen de Evaluación.

Que, habiéndose vencido el plazo de impugnación y en razón de lo expresado precedentemente, corresponde adjudicar el Grupo N° 1 de la Licitación Pública Internacional Nº 20/16 a la firma UTE ESCARABAJAL INGENIERIA S.R.L. / BAHÍA BLANCA VIVIENDAS S.R.L., por ser su oferta técnica y económicamente admisible, por la suma de PESOS CIENTO TREINTA Y CUATRO MILLONES VEINTISIETE CON SETENTA Y SIETE CENTAVOS ($ 134.000.027,77.-).

Que se cuenta con el crédito necesario para hacer frente a la erogación resultante en el presente ejercicio presupuestario.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS DEL MINISTERIO DE EDUCACION Y DEPORTES tomó la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el Decreto N° 733 del 1 de junio de 2016.

Por ello,

EL MINISTRO
DE EDUCACIÓN Y DEPORTES
RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Apruébase lo actuado en el trámite de la Licitación Pública Internacional N° 20/16 convocada para la Construcción de Jardines de Infantes con provisión de materiales, maquinarias, mobiliario y mano de obra necesarios para su completo cumplimiento, zona de ejecución Patagonia Sur: Chubut, Santa Cruz y Tierra del Fuego, solicitada por la DIRECCIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURA.

ARTÍCULO 2° — Adjudícase el Grupo N° 1 de la Licitación Pública Internacional N° 20/16 a la firma UTE ESCARABAJAL INGENIERIA S.R.L. / BAHÍA BLANCA VIVIENDAS S.R.L. por la suma de por la suma de PESOS CIENTO TREINTA Y CUATRO MILLONES VEINTISIETE CON SETENTA Y SIETE CENTAVOS ($ 134.000.027,77.-).

ARTÍCULO 3° — Facúltase al señor Subsecretario de Coordinación Administrativa a suscribir el contrato emergente de la presente.

ARTÍCULO 4° — El gasto que demande la presente medida asciende a la suma de PESOS CIENTO TREINTA Y CUATRO MILLONES VEINTISIETE CON SETENTA Y SIETE CENTAVOS ($ 134.000.027,77.-), y será imputado con cargo al presupuesto vigente de la Jurisdicción 70 - MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y DEPORTES.

ARTÍCULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — ESTEBAN JOSÉ BULLRICH, Ministro, Ministerio de Educación y Deportes.

e. 22/12/2016 N° 97263/16 v. 22/12/2016

Fecha de publicación 22/12/2016