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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE SALUD SERVICIO NACIONAL DE REHABILITACIÓN

Disposición 992 - E/2016

Ciudad de Buenos Aires, 18/11/2016

VISTO el Expediente Nº 1-2002-4300013863/15-6 del Registro de este SERVICIO NACIONAL DE REHABILITACIÓN (SNR), y

CONSIDERANDO:

Que por medio del mismo tramita la categorización e inscripción en el REGISTRO NACIONAL DE PRESTADORES DE SERVICIOS DE ATENCIÓN A PERSONAS CON DISCAPACIDAD de la institución ASOCIACIÓN PRO-AYUDA TALLER PROTEGIDO DE PRODUCCIÓN Y HOGAR ALBERGUE PARA DISCAPACITADOS “SANTA RITA”.

Que el 15 de septiembre de 2016 se llevó a cabo la Auditoría en terreno, obrando agregada al expediente el acta respectiva debidamente notificada.

Que se procedió a la evaluación de los antecedentes del servicio de la mencionada institución según la Resolución Ministerial N° 1328/06 Marco Básico de Organización y Funcionamiento de Prestaciones y Establecimientos de Atención a Personas con Discapacidad.

Que para la evaluación mencionada se utilizaron las Guías de Evaluación Institucional aprobadas por la Resolución Nº 14/00 DEL PRESIDENTE DEL DIRECTORIO DEL SISTEMA DE PRESTACIONES BÁSICAS DE ATENCIÓN INTEGRAL DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD (PDSPBAIPD).

Que merituando la constatación en terreno y la documentación aportada, la Junta Evaluadora emitió el informe que hace a su competencia el 22 de septiembre de 2016, en el que concluyó que la institución no se encuentra en condiciones de ingresar al Registro Nacional de Prestadores por no reunir los requisitos exigidos por la normativa vigente.

Que con base en los motivos consignados en la presente y las constancias de las actuaciones citadas en el visto, corresponde denegar el trámite de categorización e inscripción en el REGISTRO NACIONAL DE PRESTADORES DE SERVICIOS DE ATENCIÓN A PERSONAS CON DISCAPACIDAD, de la institución ASOCIACIÓN PRO-AYUDA TALLER PROTEGIDO DE PRODUCCIÓN Y HOGAR ALBERGUE PARA DISCAPACITADOS “SANTA RITA”.

Que la DIRECCIÓN DE PROMOCIÓN y la DIRECCIÓN DE ASUNTOS JURÍDICOS del SNR han tomado la intervención de su competencia.

Que la presente se dicta por aplicación de los artículos 1º, inciso f), apartado 3) de la Ley Nº 19.549, Ley Nacional de Procedimientos Administrativos y en virtud de las facultades conferidas al SNR por los Decretos Nros. 1193/98 y 627/10, y Disposición del SNR Nº 1176/11.

Por ello,

LA DIRECTORA
DEL SERVICIO NACIONAL DE REHABILITACIÓN
DISPONE:

ARTÍCULO 1° — Deniégase la solicitud de categorización e inscripción en el REGISTRO NACIONAL DE PRESTADORES DE SERVICIOS DE ATENCIÓN A LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD de la institución “ASOCIACIÓN PRO-AYUDA TALLER PROTEGIDO DE PRODUCCIÓN Y HOGAR ALBERGUE PARA DISCAPACITADOS “SANTA RITA”, C.U.I.T. N° 30-66418340-0, con domicilio legal y real en la calle Panamá N° 1795, Código Postal N° 8000, de la ciudad de Bahía Blanca, provincia de Buenos Aires, en la modalidad prestacional Hogar.

ARTÍCULO 2° — Contra el presente acto podrá deducirse el recurso de reconsideración previsto en el artículo 84 del Reglamento de Procedimientos Administrativos Decreto Nº 1759/72 (t.o. 1991) el que deberá interponerse en el plazo de diez (10) días de notificada la presente.

ARTÍCULO 3° — Regístrese, notifíquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y cumplido, archívese. — MARIA ALEJANDRA FREY, Directora Nacional, Servicio Nacional de Rehabilitación, Ministerio de Salud.

e. 22/12/2016 N° 97815/16 v. 22/12/2016

Fecha de publicación 22/12/2016