Edición del
8 de Mayo de 2025

Ediciones Anteriores
Secciones

Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA

Resolución 473 - E/2016

Ciudad de Buenos Aires, 20/12/2016

VISTO el Expediente Nº S01:0436408/2016 del Registro del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA, y

CONSIDERANDO:

Que la redeterminación de canon o precio de una Ampliación de Transporte de Energía Eléctrica en Alta Tensión se rige por lo dispuesto por el Decreto Nº 634 de fecha 21 de agosto de 2003 que se complementa con las Resoluciones Nros. 948 de fecha 10 de agosto de 2005 y 1.205 de fecha 30 de agosto de 2006, ambas de la ex SECRETARÍA DE ENERGÍA del ex MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS.

Que oportunamente, el Comité de Ejecución de la Ampliación Interconexión Rincón Santa María - Resistencia Línea II convocó a la Licitación Pública Nacional e Internacional Nº 10/2013 con el objeto de seleccionar a UNA (1) TRANSPORTISTA, UNA (1) TRANSPORTISTA INDEPENDIENTE o UN (1) interesado en convertirse en TRANSPORTISTA INDEPENDIENTE para realizar la Interconexión Rincón Santa María - Resistencia Línea II, que fue adjudicada a la empresa INTEGRACIÓN ELÉCTRICA SUR ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA (INTESAR S.A.), firmándose el correspondiente contrato el día 6 de junio de 2014.

Que el contrato mencionado anteriormente prevé la redeterminación de precios y para ello la aplicación de lo establecido por el Decreto Nº 634/2003, las Resoluciones Nros. 948/2005 y 1.205/2006, ambas de la ex SECRETARÍA DE ENERGÍA del ex MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS y los criterios establecidos en los respectivos Pliegos de Bases y Condiciones para la Contratación.

Que a los efectos del cumplimiento de lo establecido por el Decreto Nº 634/2003 y en base a las facultades otorgadas por el Artículo 3º de la Resolución Nº 948/2005 y por el Artículo 7º de la Resolución Nº 1.205/2006 ambas de la ex SECRETARÍA DE ENERGÍA del ex MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, se han cumplimentado en la etapa licitatoria todos los pasos necesarios para establecer, en consulta con los proponentes, mediante condiciones específicas establecidas en los Pliegos de Bases y Condiciones para la Contratación, los coeficientes de ponderación de la participación de los Insumos en el Rubro Principal que corresponde, en un todo de acuerdo a lo dispuesto por las normas citadas.

Que los organismos técnicos competentes han verificado que la variación promedio de costos de los rubros principales que componen cada provisión u obra, han alcanzado para cada caso un valor tal que resulta una variación promedio del precio actual del contrato superior al DIEZ POR CIENTO (10%), quedando habilitada la aplicación de la redeterminación de los mismos en las condiciones establecidas por el Decreto Nº 634/2003.

Que se ha procedido por parte de los organismos técnicos competentes, a la redeterminación de los precios del contrato, aplicando para ello las fórmulas especificadas en el mencionado Decreto Nº 634/2003, con el procedimiento y los factores de ponderación de participación de insumos definitivos, aprobados y establecidos con la mecánica de participación de los oferentes expuesta anteriormente.

Que el precio del contrato redeterminado resulta lo que se indica en el Cuadro que como Anexo (IF-2016-01887177-APN-DDYME#MEM) forma parte integrante de la presente.

Que el Artículo 11 de la Resolución Nº 6 de fecha 25 de enero de 2016 del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA, delegó en la SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA, las facultades asignadas a la ex SECRETARÍA DE ENERGÍA del ex MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de los dispuesto por el Artículo 1º de la Resolución Nº 101 de fecha 7 de junio de 2016 del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA, que delegó en la SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA de este Ministerio, el ejercicio de la facultad de redeterminar el canon o precio correspondiente a la ejecución de una Ampliación de Transporte de Energía Eléctrica en Alta Tensión o por Distribución Troncal, en virtud de lo dispuesto en el Decreto Nº 634 de fecha 21 de agosto de 2003 modificado por el Decreto Nº 691 de fecha 17 de mayo de 2016 y el Artículo 11º de la Resolución Nº 6 de fecha 25 de enero de 2016 del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA.

Por ello,

EL SECRETARIO
DE ENERGÍA ELÉCTRICA
RESUELVE:

ARTÍCULO 1º — Apruébase la Segunda y Tercera redeterminación de precios del contrato de Construcción, Operación y Mantenimiento (COM) de la Interconexión Rincón Santa María – Resistencia Línea II suscripto entre la Empresa INTEGRACIÓN ELÉCTRICA SUR ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA, adjudicataria de la Licitación Pública Nacional e Internacional Nº 10/2013 y el Comité de Ejecución.

ARTÍCULO 2º — Determínase que el monto total del contrato con la segunda redeterminación de precios al mes de abril de 2015 asciende a PESOS QUINIENTOS DIECISIETE MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL QUINIENTOS TREINTA Y CINCO CON VEINTICUATRO CENTAVOS ($517.998.535,24) y con la tercera redeterminación de precios al mes septiembre de 2015 asciende a PESOS QUINIENTOS CUARENTA Y TRES MILLONES SEISCIENTOS NOVENTA Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS VEINTITRES CON VEINTICUATRO CENTAVOS ($543.694.423,24), según se detallan en el Cuadro que como Anexo (IF-2016-01887177-APN-DDYME#MEM) forma parte integrante de la presente, no contemplando este monto el Impuesto al Valor Agregado (IVA).

ARTÍCULO 3º — La presente resolución, entrará en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina.

ARTÍCULO 4º — Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — ALEJANDRO VALERIO SRUOGA, Secretario, Secretaría de Energía Eléctrica, Ministerio de Energía y Minería.

ANEXO
INTERCONEXIÓN RINCÓN SANTA MARÍA - RESISTENCIA
MONTOS REDETERMINADOS DEL CONTRATO PARA CONSTRUCCIÓN, OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO
(Los valores que se indican son en pesos y no incluyen el Impuesto al Valor Agregado)
MONTOS DEL CONTRATO - INTESAR S.A


MONTO INICIAL VALOR OFERTA DICIEMBRE 2013
409.950.587,90
1ª REDETERMINACIÓN A JUNIO DE 2014487.541.935,67
2ª REDETERMINACIÓN A ABRIL DE 2015517.998.535,24
3ª REDETERMINACIÓN A SEPTIEMBRE DE 2015543.694.423,24


IF-2016-01887177-APN-DDYME#MEM

e. 23/12/2016 N° 97674/16 v. 23/12/2016

Fecha de publicación 23/12/2016