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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES

Resolución 9284 - E/2016

Ciudad de Buenos Aires, 19/12/2016

VISTO el Expediente Nº 12.728/1993, del Registro de la ex COMISIÓN NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES, y

CONSIDERANDO:

Que, por el Decreto Nº 267 de fecha 29 de diciembre de 2015, se creó en el ámbito del MINISTERIO DE COMUNICACIONES, el ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES, organismo autárquico y descentralizado, como Autoridad de Aplicación de las leyes Nros. 27.078 y 26.522, sus normas modificatorias y reglamentarias, asumiendo las funciones y competencias de la ex Autoridad Federal de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones y de la ex Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual.

Que la empresa TELEDATOS SOCIEDAD ANÓNIMA (CUIT 30-63732058-7) posee Licencias para la prestación de los Servicios de Almacenamiento y Remisión de Fax otorgada mediante Resolución Nº 5.036 de fecha 27 de septiembre de 1993, de Transmisión de Datos otorgada a través de Resolución Nº 5.329 de fecha 8 de octubre de 1993, ambas dictadas por la ex COMISIÓN NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES organismo descentralizado de la ex SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS Y COMUNICACIONES del entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS y de Valor Agregado otorgada mediante Resolución Nº 267 de fecha 27 de noviembre de 1995 dictada por la ex SECRETARÍA DE ENERGÍA Y COMUNICACIONES del entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS.

Que la empresa TELEDATOS SOCIEDAD ANÓNIMA (CUIT 30-63732058-7) fue absorbida en el año 1997 por IMPSAT SOCIEDAD ANÓNIMA, hoy LEVEL 3 ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA, como consecuencia de una operación de fusión por absorción, acreditada oportunamente ante la ex COMISIÓN NACIONAL DE COMUNICACIONES.

Que teniendo en cuenta que IMPSAT SOCIEDAD ANÓNIMA, hoy LEVEL 3 ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA, posee Licencia para la prestación de los Servicios de Transmisión de Datos, Almacenamiento y Remisión de Fax y Valor Agregado corresponde dar de baja las licencias otorgadas oportunamente a la empresa TELEDATOS SOCIEDAD ANÓNIMA (CUIT 30-63732058-7).

Que las Licencias que se tratan fueron otorgadas en los términos de la Resolución Nº 477 de fecha 17 de febrero de 1993 dictada por la ex COMISIÓN NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES, organismo descentralizado de la entonces SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS Y COMUNICACIONES.

Que cumplidos los requisitos correspondientes y recabada la intervención del órgano jurídico respectivo, este se expide en el sentido que se proceda a la baja de las licencias otorgadas a favor de la empresa TELEDATOS SOCIEDAD ANÓNIMA (CUIT 30-63732058-7).

Que el servicio jurídico permanente del organismo ha tomado la intervención de su competencia.

Que el DIRECTORIO DEL ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES, acordó el dictado del presente acto administrativo, mediante la suscripción del Acta Nº 14.

Que la presente medida, se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Decreto Nº 267 de fecha 29 de diciembre de 2015 y el Acta de Directorio Nº 1 de fecha 5 de enero de 2016, del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES.

Por ello,

EL DIRECTORIO
DEL ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES
RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — CANCÉLESE las Licencias otorgadas a la empresa TELEDATOS SOCIEDAD ANÓNIMA (CUIT 30-63732058-7) para la prestación de los Servicios de Almacenamiento y Remisión de Fax otorgada mediante Resolución Nº 5.036 de fecha 27 de septiembre de 1993, de Transmisión de Datos otorgada a través de Resolución Nº 5.329 de fecha 8 de octubre de 1993, ambas dictadas por la ex COMISIÓN NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES organismo descentralizado de la ex SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS Y COMUNICACIONES del entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS, y de Valor Agregado otorgada mediante Resolución Nº 267 de fecha 27 de noviembre de 1995 dictada por la ex SECRETARÍA DE ENERGÍA Y COMUNICACIONES del entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS.

ARTÍCULO 2° — NOTIFÍQUESE al interesado, LEVEL 3 ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA, en su carácter de absorbente, conforme a lo establecido en el Artículo 11 de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos Nº 19.549 y de conformidad con los términos y alcances previstos en el Artículo 40 y concordantes del Decreto Nº 1.759/72 (t.o. Decreto Nº 1.883/91).

ARTÍCULO 3° — Comuníquese, publíquese en extracto, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — MIGUEL ANGEL DE GODOY, Presidente, Ente Nacional de Comunicaciones, Ministerio de Comunicaciones.

e. 26/12/2016 N° 98377/16 v. 26/12/2016

Fecha de publicación 26/12/2016