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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA

Decisión Administrativa 1531/2016

Desígnase Director de Matriculación.

Buenos Aires, 26/12/2016

VISTO el Expediente Nº S05:0020411/2016 del Registro del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2016 aprobado por la Ley Nº 27.198, los Decretos Nros. 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios y 227 de fecha 20 de enero de 2016, la Decisión Administrativa Nº 659 de fecha 8 de agosto de 2012 y la Resolución N° 1.091 de fecha 26 de octubre de 2012 del ex - MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, y

CONSIDERANDO:

Que por el Artículo 7º del Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2016 aprobado por la Ley Nº 27.198, se dispuso el congelamiento de los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de la sanción de la referida norma, en las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Nacional y de los que queden vacantes con posterioridad a dicha fecha, salvo decisión fundada del señor Jefe de Gabinete de Ministros.

Que el Decreto N° 227 de fecha 20 de enero de 2016 dispuso, entre otros aspectos, que toda designación de personal en el ámbito de la Administración Pública Nacional, centralizada y descentralizada, en cargos de jerarquía inferior a Subsecretario, que corresponda a cargos de la dotación de su planta permanente y transitoria, será efectuada por el señor Jefe de Gabinete de Ministros, a propuesta de la Jurisdicción o Entidad correspondiente.

Que por la Decisión Administrativa Nº 659 de fecha 8 de agosto de 2012 se aprobaron las estructuras organizativas del primer nivel operativo de la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca, bajo la órbita del ex - Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca, entre otras.

Que por el Artículo 1° de la Resolución N° 1.091 de fecha 26 de octubre de 2012 del ex - MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, se aprobaron las segundas aperturas de la estructura organizativa para la SUBSECRETARÍA DE COMUNICACIÓN INSTITUCIONAL, la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, la ex - SECRETARÍA DE DESARROLLO RURAL Y AGRICULTURA FAMILIAR y la ex - SECRETARÍA DE COORDINACIÓN POLÍTICO - INSTITUCIONAL Y EMERGENCIA AGROPECUARIA, todas del citado ex - Ministerio, estableciendo la dependencia de la Dirección de Matriculación de la Dirección Nacional de Matriculación y Fiscalización de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del mencionado ex - Ministerio.

Que en virtud de específicas razones de servicio del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA se considera imprescindible la cobertura de UN (1) cargo vacante Nivel B, Función Ejecutiva Nivel III, correspondiente al titular de la Dirección de Matriculación del citado Ministerio.

Que el agente propuesto debe ser exceptuado de los requisitos mínimos establecidos en el Artículo 14 del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SI.N.E.P.), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N° 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios.

Que el cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario alguno para el ESTADO NACIONAL.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por los Artículos 100, inciso 3 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, 7º de la Ley Nº 27.198 y 1º del Decreto N° 227/16.

Por ello,

EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:

ARTÍCULO 1° — Desígnase transitoriamente a partir del 2 de mayo de 2016 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir del dictado de la presente medida, en UN (1) cargo vacante Nivel B, Grado 0, Función Ejecutiva Nivel III, de Director de Matriculación del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, al señor Don Daniel Jorge FORTUNATO (M.I. N° 14.315.177), autorizándose el correspondiente pago del Suplemento por Función Ejecutiva del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SI.N.E.P.), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N° 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, con autorización excepcional por no reunir los requisitos mínimos establecidos en el Artículo 14 del Anexo del Decreto N° 2.098/08 y con carácter de excepción a lo dispuesto por el Artículo 7° de la Ley Nº 27.198.

ARTÍCULO 2° — El cargo involucrado deberá ser cubierto de conformidad con los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII, y IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SI.N.E.P.), homologado por el citado Decreto N° 2.098/08, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir del dictado de la presente medida.

ARTÍCULO 3° — El gasto que demande el cumplimiento del presente acto será imputado con cargo a las partidas específicas de la Jurisdicción 52 - MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA.

ARTÍCULO 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Marcos Peña. — Ricardo Buryaile.

Fecha de publicación 27/12/2016