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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS

Resolución 546 - E/2016

Ciudad de Buenos Aires, 22/12/2016

VISTO el Expediente Nº S05:0549687/2013 del Registro del ex - MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, la Resolución Nº 285 de fecha 12 de agosto de 2015 del Registro del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, organismo descentralizado en la órbita del mencionado ex - Ministerio, y

CONSIDERANDO:

Que a través de la Resolución citada en el Visto, se prorrogó la restricción de la producción de semillas de especies hospederas de lepidópteros en el ámbito del Departamento de Ayacucho, Provincia de SAN LUIS y su zona de influencia para la Campaña Agrícola 2015/2016; a fin de evitar la propagación de la plaga Diatraea Saccharalis.

Que teniendo en cuenta que las razones objetivas que llevaron a tomar la medida, no han desaparecido.

Que se encuentran en curso acciones dirigidas a monitorear y mitigar los daños causados por la Diatraea Saccharalis y Spodoptera Frugiperda en las zonas afectadas.

Que por ello y a fin de disminuir la movilidad de la plaga a otras zonas geográficas, es necesario tomar medidas adecuadas.

Que por lo antes expuesto resulta conveniente prorrogar la vigencia de la restricción impuesta por la Resolución citada en el Visto para la Campaña 2015/2016 hasta tanto estén dadas las condiciones técnicas que permitan desarrollar la normal actividad de producción sin riesgo de propagación.

Que el Artículo 15 de la Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas Nº 20.247 faculta el dictado de esta medida.

Que la COMISIÓN NACIONAL DE SEMILLAS en su reunión de fecha 18 de octubre de 2016, según Acta Nº 438, los miembros de ese cuerpo coincidieron en prorrogar esta restricción, proponiéndose además que se mantenga hasta tanto se vea modificada la situación que pone en riesgo este cultivo.

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, organismo descentralizado en la órbita del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, ha tomado la intervención de su competencia.

Que el señor Presidente del Directorio del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS se encuentra facultado para suscribir el presente acto administrativo, en virtud de lo establecido por el Artículo 9º del Decreto Nº 2.817 de fecha 30 de diciembre de 1991.

Por ello,

EL PRESIDENTE DEL DIRECTORIO
DEL INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS
RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Prorrógase para las sucesivas campañas la restricción para la fiscalización de lotes de producción de semillas de especies hospederas de lepidópteros dispuesta a través de la Resolución Nº 285 de fecha 12 de agosto de 2015 del Registro del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, organismo descentralizado en la órbita del ex - MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA.

ARTÍCULO 2° — La prórroga dispuesta en el artículo precedente se mantendrá hasta que se cuente con los elementos de juicio que aconsejen el dictado de una nueva resolución levantando la restricción dispuesta.

ARTÍCULO 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — RAIMUNDO LAVIGNOLLE, Presidente, Instituto Nacional de Semillas, Ministerio de Agroindustria.

e. 27/12/2016 N° 98847/16 v. 27/12/2016

Fecha de publicación 27/12/2016