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10 de Abril de 2008

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA

Resolución 305 - E/2016

Ciudad de Buenos Aires, 26/12/2016

VISTO el Expediente EX-2016-00996816-APN-DDYME-MEM, y lo dispuesto por el Artículo 34 de la Ley Nº 26.422 y sus normas complementarias, y

CONSIDERANDO:

Que la Firma INDUSTRIAS JUAN F. SECCO SOCIEDAD ANÓNIMA, solicitó calificar como Proyecto Crítico en los términos del Régimen de Promoción de Inversiones establecido por el Artículo 34 de la Ley Nº 26.422, al proyecto de inversión “Planta Industrial de Generación de Energía Eléctrica”, ubicada en la localidad de Pérez, Provincia de SANTA FE.

Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA de la SUBSECRETARÍA DE ENERGÍA TÉRMICA, TRANSPORTE Y DISTRIBUCIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA de la SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA ha tomado intervención de acuerdo a su competencia.

Que la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA ha evaluado la presentación del proyecto de conformidad con los criterios establecidos por el Artículo 34 de la Ley Nº 26.422, concluyendo mediante informe que la solicitud cumple con los requisitos establecidos por la normativa vigente en la materia.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO ENERGÍA Y MINERÍA ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades previstas en el Artículo 34 de la Ley N° 26.422 y por el Decreto Nº 13 de fecha 10 de diciembre de 2015.

Por ello,

EL MINISTRO
DE ENERGÍA Y MINERÍA
RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Califícase como Proyecto Crítico en los términos del Artículo 34 de la Ley Nº 26.422, al proyecto de inversión “Planta Industrial de Generación de Energía Eléctrica”, ubicada en la localidad de Pérez, Provincia de SANTA FE, a ser ejecutado por la Firma INDUSTRIAS JUAN F. SECCO SOCIEDAD ANÓNIMA.

ARTÍCULO 2º — Notifíquese a la Firma INDUSTRIAS JUAN F. SECCO SOCIEDAD ANÓNIMA, al MINISTERIO DE PRODUCCIÓN y al MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS.

ARTÍCULO 3º — Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — JUAN JOSÉ ARANGUREN, Ministro, Ministerio de Energía y Minería.

e. 29/12/2016 N° 99586/16 v. 29/12/2016

Fecha de publicación 29/12/2016