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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA

Decisión Administrativa 1576/2016

Designación en el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria.

Buenos Aires, 29/12/2016

VISTO el Expediente N° S05:0008271/2016 del Registro del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2016 aprobado por la Ley N° 27.198, los Decretos Nros. 971 del 6 de mayo de 1993, 1.585 del 19 de diciembre de 1996 y sus modificatorios y 227 del 20 de enero de 2016, el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el Personal del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, organismo descentralizado en la órbita de la ex-SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y ALIMENTOS del entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCÍÓN, homologado por el Decreto N° 40 del 25 de enero de 2007, la Resolución Conjunta N° 89 y N° 16 del 13 de febrero de 2008 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALlMENTARIA, organismo descentralizado en la órbita de la citada ex- Secretaría y de la entonces SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, respectivamente y su modificatoria, la Resolución N° 13 del 11 de abril de 2011 de la entonces SECRETARÍA DE GABINETE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, la Resolución N° 805 del 9 de noviembre de 2010 y su modificatoria del mencionado Servicio Nacional, organismo descentralizado en la órbita del entonces MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, y

CONSIDERANDO:

Que por el Artículo 7° del Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2016 aprobado por la Ley N° 27.198 se estableció que las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Nacional no podrán cubrir los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de su sanción, ni los que se produzcan con posterioridad a dicha fecha, salvo decisión fundada del señor Jefe de Gabinete de Ministros.

Que por el Decreto N° 227 del 20 de enero de 2016 se dispuso, entre otros aspectos, que toda designación de personal en el ámbito de la Administración Pública Nacional, centralizada y descentralizada, en cargos de jerarquía inferior a Subsecretario, que corresponda a cargos de la dotación de su planta permanente y transitoria será efectuada por el señor Jefe de Gabinete de Ministros, a propuesta de la Jurisdicción o Entidad correspondiente.

Que por el Decreto N° 40 del 25 de enero de 2007, se homologó el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el Personal del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALlMENTARIA.

Que por el Decreto N° 1.585 del 19 de diciembre de 1996 y sus modificatorios, se aprobó la estructura organizativa del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALlMENTARIA, organismo descentralizado en la órbita de la ex-SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y ALIMENTACIÓN del entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS.

Que por la Resolución N° 805 del 9 de noviembre de 2010 y su modificatoria del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALlMENTARIA, organismo descentralizado actuante en la órbita del entonces MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA y PESCA, se aprobó la estructura organizativa de las aperturas inferiores de segundo nivel operativo del citado Servicio Nacional, previendo el cargo de Auditor Adjunto dependiente de la Unidad de Auditoria Interna.

Que en virtud de encontrarse vacante el cargo de Auditor Adjunto dependiente de la Unidad de Auditoria Interna del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALlMENTARIA, organismo descentralizado en la órbita del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, resulta necesario proceder a su cobertura transitoria.

Que el cargo involucrado deberá ser cubierto conforme el sistema de selección previsto por la Resolución Conjunta N° 89 y N° 16 del 13 de febrero de 2008 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALlMENTARIA y de la ex-SECRETARÍA DE LA GESTÍÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, respectivamente, modificada por su similar N° 21 y N° 2 del 18 de enero de 2010 del citado Servicio Nacional y de la entonces SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, respectivamente, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha de la presente medida.

Que el cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario alguno para el ESTADO NACIONAL.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes de los Artículos 100, inciso 3 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, 7° de la Ley N° 27.198 y 1° del Decreto N° 227/16.

Por ello,

EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:

ARTÍCULO 1° — Desígnase transitoriamente por el plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir del dictado de la presente medida, como Auditora Adjunta del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALlMENTARIA, organismo descentralizado en la órbita del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, en UN (1) cargo, Agrupamiento Administrativo, Categoría Profesional, Tramo General, Grado 13, Función Directiva III, a la Licenciada en Administración de Empresas Da. Mercedes PINO CEVERINO (M.I. N° 26.808.697), autorizándose el pago de la referida Función Directiva prevista en el Título IV, Capítulo I, Artículo 42 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el Personal del citado Servicio Nacional, homologado por el Decreto N° 40 del 25 de enero de 2007, con carácter de excepción a lo dispuesto por el Artículo 7º de la Ley N° 27.198.

ARTÍCULO 2° — El cargo involucrado deberá ser cubierto conforme el sistema de selección previsto por la Resolución Conjunta N° 89 y N° 16 del 13 de febrero de 2008 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALlMENTARIA, organismo descentralizado en la órbita de la ex-SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y ALIMENTOS del entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN Y de la ex-SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, respectivamente y su modificatoria, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha de la presente medida.

ARTÍCULO 3° — El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será imputado con cargo a las partidas específicas de la -Entidad 623 SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALlMENTARIA, organismo descentralizado en la órbita del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA - Jurisdicción 52, para el ejercicio vigente a la fecha de la presente decisión administrativa.

ARTÍCULO 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Marcos Peña. — Ricardo Buryaile.

Fecha de publicación 30/12/2016