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MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y DEPORTES

Decisión Administrativa 1585/2016

Apruébase y Adjudícase Licitación Pública Nº 11/2015.

Buenos Aires, 29/12/2016

VISTO los Decretos Nros. 1.023 del 13 de agosto de 2001 y sus modificatorios y complementarios, 893 del 7 de junio de 2012 y sus modificatorios, 1.039 del 29 de julio de 2013 y el Expediente Nº 2.450/15 del Registro del entonces MINISTERIO DE EDUCACIÓN, y

CONSIDERANDO:

Que por el expediente mencionado en el Visto tramita la Licitación Pública Nº 11/15, encuadrada en el artículo 25, inciso a) apartado 1, del Decreto N° 1.023/01 y sus modificatorios y complementarios, referente a la adquisición de equipamiento informático y multimedial, incluyendo servicio de garantía y soporte técnico integral para cada producto adquirido, para conformar aulas digitales móviles destinadas a las escuelas rurales, solicitada por la DIRECCIÓN NACIONAL DE GESTIÓN EDUCATIVA del entonces MINISTERIO DE EDUCACIÓN.

Que mediante la Resolución N° 457 de fecha 02 de marzo de 2015 del entonces MINISTERIO DE EDUCACIÓN se autorizó la convocatoria bajo el encuadre normativo antes señalado, se aprobó el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y el Pliego de Especificaciones Técnicas y se autorizó el gasto hasta la suma de PESOS CUATROCIENTOS CUARENTA Y NUEVE MILLONES DOSCIENTOS SETENTA Y SIETE MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y DOS CON 40/00 ($449.277.462,40).

Que se realizó la publicidad establecida por el artículo 32, primero y quinto párrafo, del Decreto N° 1.023/01 y sus modificatorios y complementarios, y por el artículo 49 del Reglamento al Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional, aprobado por el Decreto N° 893/12 y sus modificatorios, y se cursaron las invitaciones correspondientes.

Que conforme el Acta de Apertura de fecha 4 de mayo de 2015, se presentaron las siguientes firmas: NEC ARGENTINA S.A. (oferta 1), POWER CONSULTANT S.A. (oferta 2), CORPORATE CORP. S.A. (oferta 3), NEW TREE S.A. (oferta 4), NEGOCIOS INFORMÁTICOS S.A. (oferta 5), PC ARTS ARGENTINA S.A. (oferta 6), EBOX S.A.(oferta 7), ETERTIN S.A. (oferta 8), PENTACOM S.A. (oferta 9), NOVATECH SOLUTIONS S.A. (oferta 10), EXO S.A. (oferta 11), CORADIR S.R.L. (oferta 12), NEWSAN S.A. (oferta 13), EPSON ARGENTINA S.R.L. (oferta 14) e INFORMÁTICA FUEGUINA S.A. (oferta 15).

Que la COMISIÓN EVALUADORA con fecha 07 de octubre de 2015, emitió el Dictamen de Evaluación Nº 189/15, previsto en el artículo 83 del Reglamento al Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional, aprobado por el Decreto N° 893/12 y sus modificatorios, recomendando la adjudicación del Renglón Nro. 1, Lote A, en forma parcial a la firma CORADIR S.R.L., y en forma parcial a la firma NOVATECH SOLUTIONS S.A.; el Renglón Nro. 1, Lote B, en forma parcial a la firma CORADIR S.R.L., y en forma parcial a la firma NOVATECH SOLUTIONS S.A.; el Renglón Nro. 2 a la firma NEW TREE S.A.; los Renglones Nros. 3 y 5 a la firma EPSON ARGENTINA S.R.L.; los Renglones Nros.: 4, 8 y 9 a la firma ETERTIN S.A.; el Renglón Nro. 6 a la firma NEGOCIOS INFORMÁTICOS S.A y el Renglón Nro. 7 a la firma EBOX S.A., todo ello por entender que sus ofertas eran formal y técnicamente admisibles y económicamente convenientes.

Que el Dictamen de Evaluación Nº 189/15 fue enviado con fecha 8 de octubre de 2015 a la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN para su correspondiente difusión en el sitio de internet de dicho organismo, notificado a los oferentes con fecha 9 de octubre de 2015 y publicado en el Boletín Oficial de la misma fecha.

Que con fecha 19 de octubre de 2015 las firmas oferentes EXO S.A. y POWER CONSULTANT S.A. presentaron en tiempo y forma impugnaciones al Dictamen de Evaluación Nº 189/15 con respecto a los Renglones Nros. 4, 8 y 9 en el caso de EXO S.A. y con relación a los Renglones Nros. 8 y 9 en el caso de POWER CONSULTANT S.A.

Que la DIRECCIÓN DE GESTIÓN INFORMÁTICA del entonces MINISTERIO DE EDUCACIÓN con fecha 2 de noviembre de 2015 se manifestó con respecto a los aspectos técnicos de las impugnaciones presentadas, recomendando desestimar las impugnaciones de EXO S.A. y de POWER CONSULTANT S.A. por entender que las argumentaciones técnicas presentadas son insuficientes para desestimar las ofertas consideradas técnicamente válidas.

Que con fecha 15 de julio de 2016 se remitieron las actuaciones a la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y DEPORTES a los efectos que se expida respecto de las impugnaciones presentadas al Dictamen de Evaluación Nº 189/15.

Que con fecha 26 de agosto de 2016 dicha Dirección General remitió las actuaciones a la DIRECCIÓN DE CONTRATACIONES de esa Jurisdicción para que indique, con carácter previo a expedirse sobre las impugnaciones y en atención al tiempo transcurrido, si el procedimiento de la Licitación Pública N° 11/15 mantiene vigencia.

Que la DIRECCIÓN DE GESTIÓN INFORMÁTICA del MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y DEPORTES con fecha 21 de septiembre de 2016, informó la decisión de adquirir equipos ECAP —Education Content Access Point—, es decir, dispositivos diseñados para almacenar, administrar y distribuir contenidos digitales allí donde la conectividad es baja o inexistente, y entiende que por ello es necesario dar de baja el Renglón Nro. 2 de la Licitación Pública N° 11/15, y consecuentemente dejar sin efecto los Renglones Nros. 8 y 9, ya que las modificaciones de las especificaciones de los carritos que son objeto de estos renglones cambiarán sustancialmente el tamaño de los mismos, la estantería para el equipamiento portátil y los cargadores.

Que la citada Dirección también informó la decisión de dejar sin efecto la adquisición de la pizarra digital interactiva móvil que es objeto del Renglón Nro. 4, en virtud de la necesidad de actualizar las especificaciones técnicas por motivos de tipo pedagógico, y de continuar con la Licitación Pública N° 11/15 respecto de los Renglones Nros. 1 -lotes A y B-, 3, 5, 6 y 7, incrementando en un VEINTE POR CIENTO (20%) la cantidad de estos renglones en virtud de las necesidades del área.

Que la COMISIÓN EVALUADORA con fecha 26 de octubre de 2016 emitió una RECTIFICACIÓN al DICTAMEN DE EVALUACIÓN N° 189/15, teniendo en consideración lo informado por la DIRECCIÓN DE GESTIÓN INFORMÁTICA del MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y DEPORTES en su nota del día 21 de septiembre de 2016, recomendando adjudicar a la firma NOVATECH SOLUTIONS S.A. el Renglón Nro. 1 (Lote A), parcialmente, por la suma de DÓLARES ESTADOUNIDENSES TRECE MILLONES QUINIENTOS SESENTA Y OCHO MIL (U$S 13.568.000), y el Renglón N° 1 (Lote B), parcialmente, por la suma de DÓLARES ESTADOUNIDENSES DOS MILLONES CIENTO OCHENTA Y CUATRO MIL (U$S 2.184.000); adjudicar a la firma CORADIR S.R.L. el Renglón N° 1 (Lote A), parcialmente, por la suma de DÓLARES ESTADOUNIDENSES TRECE MILLONES QUINIENTOS SESENTA Y OCHO MIL (U$S 13.568.000), y el Renglón N° 1 (Lote B), parcialmente, por la suma de DÓLARES ESTADOUNIDENSES DOS MILLONES CIENTO CUARENTA Y UN MIL SEISCIENTOS OCHO (U$S 2.141.608); adjudicar a la firma EPSON ARGENTINA S.R.L. el Renglón N° 3 por la suma total de DÓLARES ESTADOUNIDENSES UN MILLÓN NOVECIENTOS VEINTIOCHO MIL TREINTA Y CUATRO CON 34/00 (U$S 1.928.034,34), y el Renglón N° 5 por la suma de TRES MILLONES SESENTA Y CUATRO MIL TRESCIENTOS UNO CON 50/00 (U$S 3.064.301,50); adjudicar a la firma NEGOCIOS INFORMÁTICOS S.A. el Renglón N° 6 por la suma de DÓLARES ESTADOUNIDENSES SETECIENTOS SETENTA Y SEIS MIL CIENTO SETENTA Y NUEVE CON 16/00 (U$S 776.179,16); y adjudicar a la firma EBOX S.A. el Renglón N° 7 por la suma de DÓLARES ESTADOUNIDENSES TREINTA Y DOS MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y CUATRO CON 82/00 (U$S 32.644,82).

Que asimismo la COMISIÓN EVALUADORA recomendó dejar sin efecto los Renglones Nros. 2, 4, 8 y 9.

Que la RECTIFICACIÓN al Dictamen de Evaluación Nº 189/15 fue enviada a la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES con fecha 27 de octubre de 2016, y notificada a los oferentes, y publicada en el Boletín Oficial del día 28 de octubre de 2016.

Que la COMISIÓN EVALUADORA con fecha 07 de noviembre de 2016 remitió las actuaciones a la DIRECCIÓN DE CONTRATACIONES del MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y DEPORTES con observaciones respecto a las cantidades a ser adjudicadas.

Que en virtud de lo expuesto corresponde adjudicar el renglón nro. 1 (Lote A), parcialmente, y el renglón nro. 1 (Lote B), parcialmente, a la firma NOVATECH SOLUTIONS S.A. por la suma de DÓLARES ESTADOUNIDENSES QUINCE MILLONES SETECIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL (U$S 15.752.000); adjudicar el renglón nro. 1 (Lote A), parcialmente, y el Renglón Nro. 1 (Lote B), parcialmente, a la firma CORADIR S.R.L. por la suma de DÓLARES ESTADOUNIDENSES QUINCE MILLONES SETECIENTOS NUEVE MIL SEISCIENTOS OCHO (U$S 15.709.608); adjudicar el Renglón Nro. 3 y el Renglón Nro. 5 a la firma EPSON ARGENTINA S.R.L. por la suma de CUATRO MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA Y DOS MIL TRESCIENTOS TREINTA Y CINCO CON 84/00 (U$S 4.992.335,84); adjudicar el Renglón Nro. 6 a la firma NEGOCIOS INFORMÁTICOS S.A. por la suma de DÓLARES ESTADOUNIDENSES SETECIENTOS SETENTA Y SEIS MIL CIENTO SETENTA Y NUEVE CON 16/00 (U$S 776.179,16); y adjudicar el Renglón Nro. 7 a la firma EBOX S.A. por la suma de DÓLARES ESTADOUNIDENSES TREINTA Y DOS MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y CUATRO CON 82/00 (U$S 32.644,82).

Que asimismo corresponde dejar sin efecto los Renglones Nros. 2, 4, 8 y 9, de conformidad con la facultad establecida en el artículo 20 del Decreto N° 1.023/01 y sus modificatorios y complementarios, que indica expresamente que “Las jurisdicciones o entidades podrán dejar sin efecto el procedimiento de contratación en cualquier momento anterior al perfeccionamiento del contrato, sin lugar a indemnización alguna en favor de los interesados u oferentes”.

Que por todo lo expuesto deviene abstracto resolver las impugnaciones presentadas por las firmas EXO S.A. y POWER CONSULTANT S.A.

Que también corresponde ejercer la facultad del organismo de aumentar el monto de la contratación en un VEINTE POR CIENTO (20%), incrementando en dicha proporción las prestaciones de los Renglones Nros. 1 (lotes A y B), 3, 5, 6 y 7 -conforme artículo 12, inciso b) del Decreto N° 1.023/01 y sus modificatorios y complementarios, y el artículo 124, inciso a), del Reglamento al Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional, aprobado por el Decreto N° 893/12 y sus modificatorios.

Que se cuenta con el crédito necesario para hacer frente a la erogación que demandará la presente contratación.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y DEPORTES tomó la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 100, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, el artículo 35 inciso b) y su Anexo del Reglamento a la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156 y sus modificatorias, aprobado por el Decreto N° 1344/07, y el artículo 14, incisos c) y g) del Reglamento al Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional, aprobado por el Decreto N° 893/12 y sus complementarios, ambos Decretos según el texto establecido por su similar N° 1039/13.

Por ello,

EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:

ARTÍCULO 1° — Apruébase lo actuado en la Licitación Pública Nº 11/15, convocada para la adquisición de equipamiento informático y multimedial, incluyendo servicio de garantía y soporte técnico integral para cada producto adquirido, para conformar aulas digitales móviles destinadas a las escuelas rurales, solicitada por la DIRECCIÓN NACIONAL DE GESTIÓN EDUCATIVA del MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y DEPORTES.

ARTÍCULO 2° — Apruébase la ampliación en un VEINTE POR CIENTO (20%) de las prestaciones correspondientes a los Renglones Nros. 1 (lotes A y B), 3, 5, 6 y 7.

ARTÍCULO 3° — Adjudícase el Renglón N° 1 (Lote A), parcialmente, y el Renglón N° 1 (Lote B), parcialmente, a la firma NOVATECH SOLUTIONS S.A. por la suma de DÓLARES ESTADOUNIDENSES DIECIOCHO MILLONES NOVECIENTOS DOS MIL CUATROCIENTOS (U$S 18.902.400).

ARTÍCULO 4° — Adjudícase el Renglón N° 1 (Lote A), parcialmente, y el Renglón N° 1 (Lote B), parcialmente, a la firma CORADIR S.R.L. por la suma de DÓLARES ESTADOUNIDENSES DIECIOCHO MILLONES OCHOCIENTOS CINCUENTA MIL NOVECIENTOS OCHENTA (U$S 18.850.980).

ARTÍCULO 5° — Adjudícanse los Renglones Nros. 3 y 5 a la firma EPSON ARGENTINA S.R.L. por la suma de DOLARES ESTADOUNIDENSES CINCO MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA MIL CIENTO SETENTA CON 80/00 (U$S 5.990.170,80).

ARTÍCULO 6° — Adjudícase el Renglón N° 6 a la firma NEGOCIOS INFORMÁTICOS S.A. por la suma de DÓLARES ESTADOUNIDENSES NOVECIENTOS TREINTA Y UN MIL TRESCIENTOS DIECISEIS CON 70/00 (U$S 931.316,70).

ARTÍCULO 7° — Adjudícase el Renglón N° 7 a la firma EBOX S.A. por la suma de DÓLARES ESTADOUNIDENSES TREINTA Y NUEVE MIL CIENTO SESENTA Y NUEVE CON 65/00 (U$S 39.169,65).

ARTÍCULO 8° — Déjanse sin efecto los Renglones Nros. 2, 4, 8 y 9 de la Licitación Pública Nº 11/15.

ARTÍCULO 9° — Delégase en la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN Y GESTIÓN FINANCIERA del MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y DEPORTES la facultad para firmar las Órdenes de Compras emergentes de la presente decisión administrativa.

ARTÍCULO 10. — El gasto que demande la presente medida asciende a la suma de DÓLARES ESTADOUNIDENSES CUARENTA Y CUATRO MILLONES SETECIENTOS CATORCE MIL TREINTA Y SIETE CON 15/00 (U$S 44.714.037,15), equivalente a la cantidad de pesos tomando en cuenta el tipo de cambio vigente al momento de emitir la orden de compra, con cargo al presupuesto vigente de la Jurisdicción 70 - MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y DEPORTES.

ARTÍCULO 11. — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Marcos Peña. — Esteban J. Bullrich.

Fecha de publicación 30/12/2016