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Legislación y Avisos Oficiales
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PUERTOS

Decreto 17/2017

Habilítase puerto “Cargill Villa Gobernador Gálvez”.

Buenos Aires, 04/01/2017

VISTO el Expediente Nº S01:282714/2005 del Registro del ex-MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, y

CONSIDERANDO:

Que en el expediente citado en el Visto, la firma CARGILL SOCIEDAD ANÓNIMA COMERCIAL E INDUSTRIAL (C.U.I.T. Nº 30-50679216-5), solicita la habilitación del puerto denominado “CARGILL VILLA GOBERNADOR GÁLVEZ”, constituido por DOS (2) muelles, el “Muelle de Ultramar” y el “Muelle para Barcazas”, ubicado sobre la margen derecha del RÍO PARANÁ, a la altura del KILÓMETRO CUATROCIENTOS OCHO (km 408), Localidad de VILLA GOBERNADOR GÁLVEZ, Provincia de SANTA FE, cuyos planos obran agregados en el expediente citado en el Visto.

Que la titularidad del dominio de los inmuebles donde el puerto se encuentra instalado, le corresponde a la firma CARGILL SOCIEDAD ANÓNIMA COMERCIAL E INDUSTRIAL, definiendo al mismo como particular, de uso privado y con destino comercial e industrial.

Que de acuerdo con las obras, accesos terrestre y acuático y demás instalaciones con que cuenta según los planos, inspecciones e informes obrantes en el citado expediente, el puerto es apto para la prestación de servicios portuarios dentro de la definición y actividades determinadas en la Ley Nº 24.093 y su reglamentación, aprobada por el Decreto Nº 769 de fecha 19 de abril de 1993.

Que las circunstancias, requisitos y pautas mencionados en los considerandos precedentes, como asimismo los demás que deben ser ponderados para la habilitación, han sido examinados por la Autoridad Portuaria Nacional; considerándose cumplidas las normas legales y reglamentarias en vigor.

Que asimismo han tomado intervención las autoridades y organismos competentes en la materia, los que no formularon objeción alguna acerca de la habilitación en trámite.

Que la Dirección de Infraestructura Portuaria de la Dirección Nacional de Puertos, dependiente de la SUBSECRETARÍA DE PUERTOS Y VÍAS NAVEGABLES de la SECRETARÍA DE GESTIÓN DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE TRANSPORTE, ha elaborado el informe técnico correspondiente, del cual no surgen elementos que obsten al otorgamiento de la habilitación solicitada.

Que en cumplimiento de la Ley Nº 24.093 y su reglamentación aprobada por el Decreto Nº 769/93, el puerto así habilitado quedará supeditado al mantenimiento de las condiciones técnicas y operativas que dieron lugar a la habilitación.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE TRANSPORTE ha tomado la intervención de su competencia.

Que el presente decreto es dictado en ejercicio de las facultades establecidas por el artículo 5º de la Ley Nº 24.093 de Actividades portuarias y su reglamentación, la cual fuera aprobada como Anexo I al Decreto Nº 769/93.

Por ello,

EL PRESIDENTE
DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:

ARTÍCULO 1º — Habilítase con carácter particular, de uso privado y con destino comercial e industrial, el puerto denominado “CARGILL VILLA GOBERNADOR GÁLVEZ”, constituido por DOS (2) muelles, el “Muelle de Ultramar” y el “Muelle para Barcazas”, perteneciente a la firma CARGILL SOCIEDAD ANÓNIMA COMERCIAL E INDUSTRIAL (C.U.I.T. Nº 30-50679216-5), ubicado sobre la margen derecha del RÍO PARANÁ, a la altura del KILÓMETRO CUATROCIENTOS OCHO (km. 408), Localidad de VILLA GOBERNADOR GÁLVEZ, Provincia de SANTA FE, afectándose a dicho puerto los inmuebles así registrados:
a. LOTE A: Dominio inscripto en el Tomo 861, Folio 62, Número 300.723, Zona Rural, Localidad VILLA GOBERNADOR GÁLVEZ, Plano Nº 142.029/1998 del Registro General Rosario, Provincia de SANTA FE.
b. LOTE B: Dominio inscripto en el Tomo 861, Folio 64, Número 300.724, Zona Rural, Localidad VILLA GOBERNADOR GÁLVEZ, Plano Nº 142.029/1998 del Registro General Rosario, Provincia de SANTA FE.
c. LOTE: Dominios inscriptos en el Tomo 852, Folio 487, Número 371.336, Zona Urbana, Localidad VILLA GOBERNADOR GÁLVEZ, Plano Nº 11.574/1955 del Registro General Rosario, Provincia de SANTA FE.
d. LOTE D1: Dominio inscripto en el Tomo 853, Folio 289, Número 374.508, Zona Urbana, Localidad VILLA GOBERNADOR GÁLVEZ, Plano Nº 44.415/1966 del Registro General Rosario, Provincia de SANTA FE.
e. LOTE I: Dominio inscripto en el Tomo 864, Folio 283, Número 313.697, Zona Urbana, Localidad VILLA GOBERNADOR GÁLVEZ, Plano Nº 71.100/1972 del Registro General Rosario, Provincia de SANTA FE.
f. MANZANA D: Está formada por los Lotes 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21 y 22. Dominio inscripto en el Tomo 864, Folio 285, Número 313.698, Zona Urbana, Localidad VILLA GOBERNADOR GÁLVEZ, Plano Nº 71.100/1972 del Registro General Rosario, Provincia de SANTA FE.
g. MANZANA E: Está formada por los Lotes 1 y 2. Dominio inscripto en el Tomo 864, Folio 286, Número 313.699, Zona Urbana, Localidad VILLA GOBERNADOR GÁLVEZ, Plano Nº 71.100/1972 del Registro General Rosario, Provincia de SANTA FE.
h. LOTE Y -UNO: Dominio inscripto en el Tomo 858, Folio 384, Número 400.631, Zona Urbana, Localidad VILLA GOBERNADOR GÁLVEZ, Plano Nº 3.878/1954 del Registro General Rosario, Provincia de SANTA FE.
i. LOTE X2: Dominio inscripto en el Tomo 868, Folio 494, Número 331.963, Zona Rural, Localidad VILLA GOBERNADOR GÁLVEZ, Plano Nº 72.419/1972 del Registro General Rosario, Provincia de SANTA FE.
j. LOTE 50: Dominios inscriptos en el Tomo 897, Folio 35, Número 322.051 y Tomo 897, Folio 36, Número 322.052, Zona Urbana, Localidad VILLA GOBERNADOR GÁLVEZ, Plano Nº 19.943/1943 del Registro General Rosario, Provincia de SANTA FE.
k. LOTE 51A: Dominio inscripto en el Tomo 897, Folio 34, Número 322.050, Zona Urbana, Localidad VILLA GOBERNADOR GÁLVEZ, Plano Nº 75.654/1973 del Registro General Rosario, Provincia de SANTA FE.
l. LOTE 51B: Dominio inscripto en el Tomo 897, Folio 37, Número 322.053, Zona Urbana, Localidad VILLA GOBERNADOR GÁLVEZ, Plano Nº 75.654/1973 del Registro General Rosario, Provincia de SANTA FE.
ll) LOTE B: Dominio inscripto en el Tomo 892, Folio 467, Número 304.685, Zona Rural, Localidad VILLA GOBERNADOR GÁLVEZ, Plano Nº 81.927/1975 del Registro General Rosario, Provincia de SANTA FE.
m) LOTE A: Dominio inscripto en el Tomo 955, Folio 18, Número 314.841, Zona Urbana, Localidad VILLA GOBERNADOR GÁLVEZ, Plano Nº 153.991/2006 del Registro General Rosario, Provincia de SANTA FE.
n) LOTE B: Dominio inscripto en el Tomo 955, Folio 19, Número 314.842, Zona Urbana, Localidad VILLA GOBERNADOR GÁLVEZ, Plano Nº 153.991/2006 del Registro General Rosario, Provincia de SANTA FE.
ñ) LOTE C: Dominio inscripto en el Tomo 955, Folio 20, Número 314.843, Zona Urbana, Localidad VILLA GOBERNADOR GÁLVEZ, Plano Nº 153.991/2006 del Registro General Rosario, Provincia de SANTA FE.

ARTÍCULO 2º — Comuníquese al HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN dentro de los DIEZ (10) días hábiles contados a partir de la fecha del presente decreto.

ARTÍCULO 3º — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — MACRI. — Marcos Peña. — Guillermo J. Dietrich.

Fecha de publicación 05/01/2017