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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA

Resolución 2 - E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 08/01/2017

VISTO el Expediente Nº S01:0333460/2016 del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA, la Ley Nº 26.422 y sus normas complementarias y la Resolución N° 256 de fecha 3 de noviembre de 2016 del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA (RESOL-2016-256-E-APN-MEM), y

CONSIDERANDO:

Que la firma RÍO ENERGY SOCIEDAD ANÓNIMA solicitó el beneficio previsto en el Artículo 34 de la Ley Nº 26.422 respecto a los derechos de importación y tasas de estadística y comprobación a la importación para consumo de mercaderías nuevas y no producidas en el país, por el proyecto “PLANTA DE GENERACIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA”, ubicado en la Localidad de General Rojo, Partido de San Nicolás de los Arroyos, Provincia de BUENOS AIRES.

Que dicha obra fue calificada como “Proyecto Crítico” por el Artículo 1º de la Resolución N° 256 de fecha 3 de noviembre de 2016 del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA (RESOL-2016-256-E-APN- MEM).

Que la SUBSECRETARÍA DE INDUSTRIA de la SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y SERVICIOS del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN ha tomado intervención de acuerdo a su competencia y conforme lo establece el Artículo 34 de la Ley Nº 26.422.

Que la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA ha evaluado la presentación del proyecto de conformidad con los criterios establecidos por el Artículo 34 de la Ley Nº 26.422 y sus normas complementarias.

Que el proyecto de inversión alcanzado cuenta con los respectivos informes técnicos que sustentan la presente resolución.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO ENERGÍA Y MINERÍA ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades previstas en el Artículo 34 de la Ley Nº 26.422 y el Decreto Nº 13 de fecha 10 de diciembre de 2015.

Por ello,

EL MINISTRO
DE ENERGÍA Y MINERÍA
RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Autorízase la solicitud del beneficio previsto en el Artículo 34 de la Ley Nº 26.422 a la firma RÍO ENERGY SOCIEDAD ANÓNIMA respecto de los bienes que componen el listado que como Anexo (IF- 2016-05148142-APN-SSCA#MEM) forma parte integrante de la presente resolución.

ARTÍCULO 2° — Notifíquese a la firma RÍO ENERGY SOCIEDAD ANÓNIMA y a la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS.

ARTÍCULO 3° — Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — JUAN JOSÉ ARANGUREN, Ministro, Ministerio de Energía y Minería.

e. 10/01/2017 N° 1285/17 v. 10/01/2017

Fecha de publicación 10/01/2017