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18 de Junio de 2002

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


PRESIDENCIA DE LA NACIÓN AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR

Resolución 5/2017

Buenos Aires, 03/01/2017

VISTO la Ley Nacional de la Actividad Nuclear N° 24.804, su Decreto Reglamentario N° 1390/98, el Régimen de Tasas de la AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR (ARN) aprobado por Resolución N° 76/08 y lo actuado en el Expediente N° 6302/13, y

CONSIDERANDO:

Que conforme lo establecido en el Artículo 9°, Inciso a) de la Ley N° 24.804 citada en el VISTO, toda persona física o jurídica para desarrollar una actividad nuclear en la República Argentina, deberá ajustarse a las regulaciones que imparta la ARN en el ámbito de su competencia y solicitar el otorgamiento de la licencia, permiso o autorización respectiva que lo habilite para su ejercicio.

Que asimismo, la referida Ley en su Artículo 16, Inciso c) establece que es facultad de la ARN otorgar, suspender y revocar licencias, permisos o autorizaciones para los usuarios del material radiactivo.

Que la FUNDACIÓN ESCUELA DE MEDICINA NUCLEAR DE MENDOZA (FUESMEN) solicitó a esta AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR (ARN) el otorgamiento de la Licencia de Puesta en Marcha del LABORATORIO DE RADIOFARMACIA de la Instalación Clase I denominada CICLOTRÓN Y LÍNEA DE PRODUCCIÓN DE RADIOISÓTOPOS PARA PET ubicada en la Ciudad de Mendoza, Provincia de Mendoza.

Que la GERENCIA SEGURIDAD RADIOLÓGICA, FÍSICA Y SALVAGUARDIAS, considerando la necesidad de actualizar la Licencia de Operación de la mencionada Instalación, estableció mediante Nota ARN N° 4729/13 la modalidad de licenciamiento que se implementará, esto es finalizar la etapa de puesta en marcha y remitir la información necesaria para la actualización de dicha Licencia.

Que la FUNDACIÓN ESCUELA DE MEDICINA NUCLEAR DE MENDOZA (FUESMEN) dio cumplimiento a la modalidad de licenciamiento propuesto.

Que la GERENCIA SEGURIDAD RADIOLÓGICA, FÍSICA Y SALVAGUARDIAS, a través de las SUBGERENCIAS CONTROL DE INSTALACIONES RADIACTIVAS CLASE 1 y del CICLO DE COMBUSTIBLE NUCLEAR y CONTROL DE LAS SALVAGUARDIAS Y PROTECCIÓN FÍSICA y el Proyecto Actualización del Sistema de Licencias de la ARN recomendaron dar curso favorable al otorgamiento de la Licencia de Operación del CICLOTRÓN Y LÍNEA DE PRODUCCIÓN DE RADIOISÓTOPOS PARA PET solicitado por la FUESMEN, por cuanto se ha dado cumplimiento a los procedimientos regulatorios previstos en dicho trámite y se ha verificado que la Instalación se ajusta a los requerimientos de la normativa de aplicación vigente.

Que el Artículo 26 de la Ley N° 24.804 establece como obligación para los usuarios del material radiactivo el pago anual de la tasa regulatoria.

Que mediante la Resolución del Directorio N° 76/08 de este Organismo, se aprobó el Régimen de Tasas por Licenciamiento e Inspección que se aplica a las personas físicas o jurídicas que soliciten el otorgamiento o sean titulares de Licencias, Autorización de Operación, Autorizaciones Específicas y Permisos Individuales, entre otros.

Que conforme lo informado por la GERENCIA ASUNTOS ADMINISTRATIVOS Y RECURSOS, SUBGERENCIA GESTIÓN ECONÓMICO-FINANCIERA, la FUESMEN no registra deuda en concepto de Tasa Regulatoria.

Que las GERENCIAS ASUNTOS JURÍDICOS y ASUNTOS ADMINISTRATIVOS Y RECURSOS han tomado la intervención correspondiente.

Que el Directorio de la AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR es competente para el dictado de la presente Resolución, conforme lo establecen los Artículos 16, Inciso c) y 22, Inciso a) de la Ley N° 24.804.

Por ello, en su reunión de fecha 28 de diciembre de 2016 (Acta N° 50),

EL DIRECTORIO
DE LA AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR
RESOLVIÓ:

ARTÍCULO 1° — Otorgar la Licencia de Operación solicitada por la FUNDACIÓN ESCUELA DE MEDICINA NUCLEAR DE MENDOZA para la Instalación Clase 1 CICLOTRÓN Y LÍNEA DE PRODUCCIÓN DE RADIOISÓTOPOS PARA PET ubicada en la Ciudad de Mendoza, Provincia de Mendoza, cuya versión como Anexo es parte integrante de la presente Resolución.

ARTÍCULO 2° — Instruir a la GERENCIA SEGURIDAD RADIOLÓGICA, FÍSICA Y SALVAGUARDIAS que entregue original de la Licencia de Operación de la instalación CICLOTRÓN Y LINEA DE PRODUCCIÓN DE RADIOISÓTOPOS PARA PET a la FUNDACIÓN ESCUELA DE MEDICINA NUCLEAR DE MENDOZA, en su carácter de Entidad Responsable de la Instalación citada.

ARTÍCULO 3° — Comuníquese a la SECRETARÍA GENERAL, a la GERENCIA SEGURIDAD RADIOLÓGICA, FÍSICA Y SALVAGUARDIAS. Dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL de la República Argentina, publíquese en el Boletín de este Organismo y archívese en REGISTRO CENTRAL. — Ing. NÉSTOR ALEJANDRO MASRIERA, Presidente del Directorio.

e. 11/01/2017 N° 1309/17 v. 11/01/2017

Fecha de publicación 11/01/2017