BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA
Comunicación “A” 6104/2016
Ref.: Circular OPRAC 1 - 857 LISOL 1 - 700. Financiamiento al sector público no financiero. “Programa Letras vto. 2017/2020” de la Provincia del Neuquén.
25/11/2016
A LAS ENTIDADES FINANCIERAS:
Nos dirigimos a Uds. para comunicarles que esta Institución adoptó la siguiente resolución:
“- No formular observaciones, en el marco de la restricción contenida en el punto 2.1. de las normas sobre “Financiamiento al sector público no financiero”, a que las entidades financieras puedan adquirir Letras del Tesoro a ser emitidas por la Provincia del Neuquén por hasta la suma en circulación de valor nominal $ 1.000.000.000, o su equivalente en dólares estadounidenses, —en el marco del “Programa Letras vto. 2017/2020” creado por el Decreto Provincial N° 886/16— y de acuerdo con las condiciones establecidas en las Resoluciones N° 242/16 y 245/16 de la Secretaría de Hacienda del Ministerio de Hacienda y Finanzas Públicas de la Nación, sin perjuicio de la observancia por parte de las entidades financieras intervinientes de las disposiciones en materia de “Fraccionamiento del riesgo crediticio”.
Las entidades financieras no podrán aplicar los recursos en moneda extranjera obtenidos de sus pasivos por intermediación financiera a la suscripción de los citados títulos de deuda denominados en moneda extranjera, de conformidad con lo previsto en las normas sobre “Política de crédito”.”
Saludamos a Uds. atentamente.
BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA
DARÍO C. STEFANELLI, Gerente Principal de Emisión y Aplicaciones Normativas. — AGUSTÍN TORCASSI, Subgerente General de Normas.
e. 11/01/2017 N° 645/17 v. 11/01/2017
Fecha de publicación 11/01/2017