Edición del
12 de Diciembre de 2019

Ediciones Anteriores
Secciones

Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

Comunicación “A” 6104/2016

Ref.: Circular OPRAC 1 - 857 LISOL 1 - 700. Financiamiento al sector público no financiero. “Programa Letras vto. 2017/2020” de la Provincia del Neuquén.

25/11/2016

A LAS ENTIDADES FINANCIERAS:
Nos dirigimos a Uds. para comunicarles que esta Institución adoptó la siguiente resolución:
“- No formular observaciones, en el marco de la restricción contenida en el punto 2.1. de las normas sobre “Financiamiento al sector público no financiero”, a que las entidades financieras puedan adquirir Letras del Tesoro a ser emitidas por la Provincia del Neuquén por hasta la suma en circulación de valor nominal $ 1.000.000.000, o su equivalente en dólares estadounidenses, —en el marco del “Programa Letras vto. 2017/2020” creado por el Decreto Provincial N° 886/16— y de acuerdo con las condiciones establecidas en las Resoluciones N° 242/16 y 245/16 de la Secretaría de Hacienda del Ministerio de Hacienda y Finanzas Públicas de la Nación, sin perjuicio de la observancia por parte de las entidades financieras intervinientes de las disposiciones en materia de “Fraccionamiento del riesgo crediticio”.
Las entidades financieras no podrán aplicar los recursos en moneda extranjera obtenidos de sus pasivos por intermediación financiera a la suscripción de los citados títulos de deuda denominados en moneda extranjera, de conformidad con lo previsto en las normas sobre “Política de crédito”.”
Saludamos a Uds. atentamente.
BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA
DARÍO C. STEFANELLI, Gerente Principal de Emisión y Aplicaciones Normativas. — AGUSTÍN TORCASSI, Subgerente General de Normas.

e. 11/01/2017 N° 645/17 v. 11/01/2017

Fecha de publicación 11/01/2017