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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


CONSEJO NACIONAL DE COORDINACIÓN DE POLÍTICAS SOCIALES

Decreto 30/2017

Desígnase Director de Patrimonio y Suministros.

Ciudad de Buenos Aires, 11/01/2017

VISTO el Expediente N° 4679/2016, la Ley Nº 27.341, los Decretos Nº 227 del 20 de enero de 2016, Nº 2098 del 3 de diciembre de 2008, N° 880 del 21 de julio de 2016, Resolución CNCPS N° 36 del 29 de febrero de 2012, la Resolución Conjunta ex SGyCA y SH Nº 232 y 203 del 19 de julio de 2012 y lo solicitado por el CONSEJO NACIONAL DE COORDINACIÓN DE POLÍTICAS SOCIALES de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, y

CONSIDERANDO:

Que por la citada Ley se aprobó el Presupuesto de la Administración Nacional para el Ejercicio del año 2017.

Que por el artículo 7° de la Ley Nº 27.341, se dispuso el congelamiento de los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de sanción de la misma en las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Pública Nacional y de los que queden vacantes con posterioridad, sin la previa autorización del Jefe de Gabinete de Ministros.

Que por el artículo 10 de la Ley Nº 27.341, se dispuso que las facultades otorgadas por dicha Ley al Jefe de Gabinete de Ministros podrán ser asumidas por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, en su carácter de responsable político de la administración general del país y en función de lo dispuesto por el inciso 10 del artículo 99 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.

Que por el Decreto N° 880/16, se aprobó la estructura organizativa de primer nivel operativo del CONSEJO NACIONAL DE COORDINACIÓN DE POLÍTICAS SOCIALES de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

Que por el artículo 6° del Decreto N° 880/16 se estableció que hasta tanto se aprueben las unidades de nivel inferior a las aprobadas en el mencionado Decreto, conservarán su vigencia las existentes con sus acciones, dotaciones, niveles, grados de revista y funciones ejecutivas previstas en el Decreto N° 2098/08 y sus modificatorios.

Que por la Resolución CNCPS N° 36/12, se aprobó la estructura organizativa del segundo nivel operativo de la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN del CONSEJO NACIONAL DE COORDINACIÓN DE POLÍTICAS SOCIALES de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN creándose la Dirección de Patrimonio y Suministros.

Que por Resolución Conjunta ex S.G. y C.A. - S.H. N° 232/12 y 203/12, se incorporó al Nomenclador de Funciones Ejecutivas el cargo de Director de Patrimonio y Suministros perteneciente al CONSEJO NACIONAL DE COORDINACIÓN DE POLÍTICAS SOCIALES de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN con un nivel de ponderación III.

Que el cargo aludido se encuentra vacante y el CONSEJO NACIONAL DE COORDINACIÓN DE POLÍTICAS SOCIALES de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, considera imprescindible proceder a la cobertura del mismo.

Que el aludido cargo no constituye asignación de recurso extraordinario alguno.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del Artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, los artículos 7º y 10 de la Ley N° 27.341 y lo dispuesto por el artículo 2º del Decreto N° 227/16.

Por ello,

EL PRESIDENTE
DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:

ARTÍCULO 1° — Desígnase, con carácter transitorio, a partir del 24 de septiembre de 2016, y por el plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles a partir del dictado de la presente medida, en el cargo de Director de Patrimonio y Suministros de la Dirección General de Administración de la SECRETARIA EJECUTIVA del CONSEJO NACIONAL DE COORDINACIÓN DE POLITICAS SOCIALES de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, al Licenciado Daniel Gustavo SANTUCHO (D.N.I. Nº 20.506.476), Nivel B - Grado 0, autorizándose el correspondiente pago de Función Ejecutiva Nivel III, con autorización excepcional por no reunir los requisitos mínimos establecidos en el artículo 14 del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO homologado por el Decreto Nº 2098/08, y con carácter de excepción al artículo 7° de la Ley N° 27.341.

ARTÍCULO 2º — El cargo involucrado deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII, y IV del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP) aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial, homologado por el Decreto N° 2098/08, dentro del plazo de los CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir del dictado del presente.

ARTÍCULO 3° — El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será atendido con cargo a las partidas específicas del presupuesto vigente de la Jurisdicción 20.16 CONSEJO NACIONAL DE COORDINACIÓN DE POLÍTICAS SOCIALES.

ARTÍCULO 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — MACRI. — Carolina Stanley.

Fecha de publicación 12/01/2017