PRESIDENCIA DE LA NACIÓN AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR
Resolución 13/2017
Buenos Aires, 11/01/2017
VISTO la Ley Nacional de la Actividad Nuclear N° 24.804, su Decreto Reglamentario N° 1390/98, la Norma AR 10.16.1 “Transporte de Materiales Radiactivos”, el procedimiento de esta ARN P-TMR-04 “Emisión del Certificado de Aprobación para el Transporte de Material Radiactivo”, el Expediente TMR-EXP-8036/16, lo actuado por la GERENCIA SEGURIDAD RADIOLÓGICA, FÍSICA Y SALVAGUARDIAS y el Sector CONTROL DEL TRANSPORTE DE MATERIALES RADIACTIVOS, y
CONSIDERANDO:
Que conforme lo establecido en el Artículo 9°, Inciso a) de la Ley N° 24.804, toda persona física o jurídica para desarrollar una actividad nuclear en la República Argentina, deberá ajustarse a las regulaciones que imparta la AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR (ARN) en el ámbito de su competencia y solicitar el otorgamiento de la licencia, permiso o autorización respectiva que lo habilite para su ejercicio.
Que la Norma AR 10.16.1 “Transporte de Materiales Radiactivos”, establece criterios de seguridad radiológica para el transporte de materiales radiactivos.
Que la COMISIÓN NACIONAL DE ENERGÍA ATÓMICA (CNEA) ha solicitado a esta ARN la renovación del Certificado de Aprobación RA/0063/X, Revisión 20, correspondiente a transportes en virtud de arreglos especiales para el bulto para contenido de hasta 150 TBq de cobalto 60 encapsulado, alojado en cabezales de equipos de cobaltoterapia, modelo denominado OVER.
Que el Sector CONTROL DEL TRANSPORTE DE MATERIALES RADIACTIVOS ha tomado en el trámite la intervención que le compete en razón de lo establecido en el procedimiento P-TMR-04 de esta ARN, manifestando que la Institución solicitante ha dado cumplimiento a los requisitos exigidos por la Norma AR 10.16.1 citada en el VISTO.
Que la GERENCIA SEGURIDAD RADIOLÓGICA, FÍSICA Y SALVAGUARDIAS ha prestado su conformidad a la aprobación de la mencionada Renovación, solicitada por CNEA.
Que en relación al cumplimiento del pago de la tasa regulatoria correspondiente, de acuerdo a lo establecido en la Resolución ARN N° 76/08, la GERENCIA ASUNTOS ADMINISTRATIVOS Y RECURSOS de esta ARN informó que la CNEA registra deuda en concepto de pago de tasa regulatoria.
Que mediante Nota de fecha 30 de noviembre de 2016 la CNEA informa que por falta de fondos en la partida presupuestaria correspondiente se demorará el pago de la tasa regulatoria.
Que asimismo, según lo expresado por CNEA en dicha nota, la prosecución del trámite relacionado con la Renovación del Certificado de Aprobación RA/0063/X del modelo denominado OVER, es necesaria para continuar con las tareas que se realizan normalmente en el Área de Gestión de Residuos Radiactivos del Centro Atómico Ezeiza.
Que el otorgamiento de un Certificado de Aprobación en virtud de arreglo especial para el transporte de material radiactivo a un usuario que no ha dado cumplimiento al pago de la tasa regulatoria exigido por el Artículo 26 de la Ley N° 24.804, conlleva a una excepción a lo dispuesto en la citada normativa que la ARN debe analizar.
Que la GERENCIA ASUNTOS JURÍDICOS de esta ARN ha tomado en el trámite la intervención correspondiente.
Que el Directorio de la Autoridad Regulatoria Nuclear es competente para el dictado de la presente Resolución, conforme lo establece el Artículo 22, Inciso a) de la Ley N° 24.804.
Por ello, en su reunión del día 4 de enero de 2017 (Acta N° 01),
EL DIRECTORIO
DE LA AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR
RESOLVIÓ:
ARTÍCULO 1° — Aprobar por vía de excepción la Renovación del Certificado de Aprobación RA/0063/X, Revisión 20, correspondiente a transportes en virtud de arreglos especiales para el bulto para contenido de hasta 150 TBq de cobalto 60 encapsulado y alojado en cabezales de equipos de cobaltoterapia, Modelo denominado OVER, solicitado por CNEA, autorizando que el pago de la tasa regulatoria sea efectuado con posteridad a la emisión del referido certificado.
ARTÍCULO 2° — Comuníquese a la SECRETARÍA GENERAL, a la GERENCIA SEGURIDAD RADIOLÓGICA, FÍSICA Y SALVAGUARDIAS. Dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL de la República Argentina. Publíquese en el Boletín de este Organismo y archívese en REGISTRO CENTRAL. — Ana María Larcher, Vicepresidente 1° a/c Néstor Alejandro Masriera, Presidente.
e. 16/01/2017 N° 1903/17 v. 16/01/2017
Fecha de publicación 16/01/2017