MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN
Decisión Administrativa 40/2017
Desígnase Director de Gestión de Demanda.
Ciudad de Buenos Aires, 19/01/2017
VISTO: el EX-2016-03653301-APN-DDYMDE#MM, las Leyes Nros. 25.164 y 27.341, los Decretos Nros 1421 de fecha 8 de agosto de 2002, 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios y complementarios y 227 de fecha 20 de enero de 2016, las Decisiones Administrativas Nros. 232 de fecha 29 de marzo de 2016 y 1233 de fecha 1° de noviembre de 2016, la Resolución del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN N° 490 de fecha 16 de noviembre de 2016, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley Nº 27.341 se aprobó el Presupuesto General de la Administración Pública Nacional para el Ejercicio 2017.
Que por el Decreto Nº 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008, y sus modificatorios y complementarios, se homologó el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP).
Que por la Decisión Administrativa Nº 232 de fecha 29 de marzo de 2016, modificada por su similar N° 1233 de fecha 1° de noviembre de 2016, se aprobó la estructura organizativa de primer nivel operativo de la SUBSECRETARÍA DE TECNOLOGÍA Y CIBERSEGURIDAD del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN.
Que por la Resolución N° 490 del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN de fecha 16 de noviembre de 2016, se aprobó la estructura organizativa de segundo nivel operativo de la citada Subsecretaría.
Que a fin de dar cumplimiento a las funciones asignadas al mencionado Ministerio, resulta necesario proceder a la cobertura transitoria del cargo de Director de la DIRECCIÓN DE GESTIÓN DE DEMANDA de la DIRECCIÓN NACIONAL DE PLANIFICACIÓN DE REDES de la SUBSECRETARÍA DE TECNOLOGÍA Y CIBERSEGURIDAD del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN.
Que el cargo involucrado deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII, y IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2.098/08 y sus modificatorios y complementarios, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha de la presente medida.
Que el MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN solicita la excepción a lo establecido en el inciso f) del artículo 5° del Anexo a la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164, a fin de proceder a la designación del Ingeniero Jorge Alberto HORITA (D.N.I. N° 10.126.223) como Director de la DIRECCIÓN DE GESTIÓN DE DEMANDA de la DIRECCIÓN NACIONAL DE PLANIFICACIÓN DE REDES de la SUBSECRETARÍA DE TECNOLOGÍA Y CIBERSEGURIDAD del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, en virtud de que el citado profesional posee la edad prevista en la ley previsonal para acceder al beneficio jubilatorio.
Que por el artículo 5° del Anexo I al Decreto N° 1421 del 8 de agosto de 2002, se estableció que el Jefe de Gabinete de Ministros, previo dictamen favorable de la autoridad de aplicación, podrá autorizar la incorporación de las personas comprendidas en el alcance del inciso f) del artículo reglamentado en las condiciones allí establecidas, a propuesta circunstanciada y fundada del titular de la jurisdicción u organismo descentralizado.
Que, a su vez corresponde exceptuar al Ingeniero Jorge Alberto HORITA (D.N.I N° 10.126.223) del cumplimiento de los requisitos mínimos previstos en el artículo 14 del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial, homologado por el Decreto N° 2098/08 y sus modificatorias y complementarias.
Que por el Decreto N° 227 de fecha 20 de enero de 2016 se estableció, entre otras cuestiones, que toda designación, asignación de funciones, promoción y reincorporación de personal, en el ámbito de la Administración Pública Nacional, centralizada y descentralizada, en cargos de rango y jerarquía inferior a Subsecretario, que corresponde a los de la dotación de su planta permanente y transitoria y cargos extraescalafonarios, correspondiente a aquellos cargos vacantes y financiados con la correspondiente partida presupuestaria de conformidad a las estructuras jurisdiccionales aprobadas, será efectuada por el señor Jefe de Gabinete de Ministros, a propuesta de la Jurisdicción o Entidad correspondiente.
Que la presente medida no implica asignación de recurso extraordinario alguno.
Que el cargo aludido se encuentra vacante y cuenta con el financiamiento correspondiente.
Que ha tomado intervención la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artículo 100, inciso 3 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, del artículo 5 del Anexo I del Decreto N° 1421/02 y del artículo 1° del Decreto N° 227/16.
Por ello,
EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
ARTÍCULO 1° — Exceptúase del cumplimiento de lo establecido en el inciso f), artículo 5° del Anexo a la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164 al Ingeniero Jorge Alberto HORITA (D.N.I. N° 10.126.223), en virtud de que el mismo tiene la edad prevista en la ley previsional para acceder al beneficio jubilatorio.
ARTÍCULO 2° — Desígnase, a partir del 16 de noviembre de 2016, con carácter transitorio, por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, contados a partir de la fecha de la presente medida, al Ingeniero Jorge Alberto HORITA (D.N.I N° 10.126.223), como Director de la DIRECCIÓN DE GESTIÓN DE DEMANDA de la DIRECCIÓN NACIONAL DE PLANIFICACIÓN DE REDES de la SUBSECRETARÍA DE TECNOLOGÍA Y CIBERSEGURIDAD del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN en UN (1) cargo Nivel A - Grado 0, autorizándose el correspondiente pago de la Función Ejecutiva Nivel III del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08 y sus modificatorios y complementarios y con autorización excepcional por no reunir los requisitos mínimos establecidos en el artículo 14 del Título II, Capítulo III del citado Convenio Colectivo.
ARTÍCULO 3° — El cargo involucrado deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes, según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII; y IV del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial, homologado por el Decreto N° 2.098/08 y sus modificatorios y complementarios, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha de la presente medida.
ARTÍCULO 4° — El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas correspondientes a la Jurisdicción 26 - MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN.
ARTÍCULO 5° — Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Marcos Peña. — Andrés Horacio Ibarra.
Fecha de publicación 20/01/2017