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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

Comunicación “A” 6130/2016

Ref.: Circular LISOL 1 – 709. Comunicación “A” 6122. “Ventanilla de liquidez del BCRA”. Actualización del texto ordenado.

28/12/2016

ANEXO


B.C.R.A.
Ventanilla de Liquidez del BCRA
Sección 1. Aspectos generales.


1.4.3. Información a las entidades financieras.
En cada oportunidad en que se efectúen acreditaciones o débitos en las respectivas cuentas corrientes, el BCRA informará a las entidades financieras —a través del medio de comunicación recíproco y exclusivo utilizado habitualmente— el detalle de los movimientos realizados, desagregados por capital e interés, según corresponda. De existir problemas técnicos, ambas notificaciones serán realizadas por correo electrónico.
1.5. Monto máximo de endeudamiento.
La suma de todas las operaciones vigentes concertadas a través de esta “Ventanilla de Liquidez” (punto 1.1.1.), medida en términos de capital desembolsado, no podrá exceder una vez la Responsabilidad Patrimonial Computable de la entidad, incluyendo de corresponder los ajustes determinados por la Superintendencia de Entidades Financieras y Cambiarias (SEFyC), de acuerdo a la última información disponible al momento en que se concierte la respectiva operación.
No obstante, cuando se verifique una caída en las fuentes de financiamiento de acuerdo con lo previsto en las Normas sobre “Asistencia financiera por iliquidez transitoria”, podrá excederse dicho límite hasta agotar las tenencias utilizables en las precitadas operaciones.


Versión: 2a.
COMUNICACIÓN “A” 6130Vigencia: 23/12/2016Página 4


B.C.R.A.
ORIGEN DE LAS DISPOSICIONES CONTENIDAS EN LAS NORMAS SOBRE VENTANILLA DE LIQUIDEZ DEL BCRA

A LAS ENTIDADES FINANCIERAS:
Nos dirigimos a Uds. para hacerles llegar las hojas que, en reemplazo de las oportunamente provistas, corresponde incorporar en las normas sobre “Ventanilla de liquidez del BCRA” en función de la resolución dada a conocer mediante la Comunicación “A” 6122.
Asimismo, se recuerda que en la página de esta Institución www.bcra.gob.ar, accediendo a “Sistemas Financiero y de Pagos - MARCO LEGAL Y NORMATIVO - Ordenamientos y resúmenes - Textos ordenados de normativa general”, se encontrarán las modificaciones realizadas con textos resaltados en caracteres especiales (tachado y negrita).
Saludamos a Uds. atentamente.
BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA
Gerardo Graziano, Gerente de Créditos. — Esteban Bertella, Gerente Principal de Operaciones de Mercado a/c.

e. 24/01/2017 N° 2931/17 v. 24/01/2017

Fecha de publicación 24/01/2017