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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN

Resolución 49 - E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 26/01/2017

VISTO: el Expediente N° EX-2016-04902625-APN-DDYMDE#MM del Ministerio de Modernización, La Ley de Ministerios N° 22.250 y sus modificatorias, los Decretos N° 13 de fecha 10 de diciembre de 2015, N° 13 de fecha 5 de enero de 2016, N° 434 de fecha 1 de marzo de 2016, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 13 de fecha 10 de diciembre de 2015 se modificó parcialmente la Ley de Ministerios N° 22.250 y sus modificatorias, creándose entre otros, este MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN.

Que, mediante el dictado del Decreto N° 13 de fecha 5 de enero de 2016, se aprobó la conformación organizativa de esta cartera Ministerial, creándose la SECRETARIA DE PAIS DIGITAL, que posee entre sus objetivos: “Coordinar, orientar y asistir a los gobiernos provinciales, municipales, la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y a otros poderes del Estado Nacional, en la implementación de los productos y programas que el Ministerio diseñe para favorecer la gestión del Estado, a través del uso estratégico de las TIC’s” e “Intervenir en el ámbito de su competencia en lo concerniente al Programa NAC, para ofrecer a todos los habitantes y en igualdad de condiciones, acceso a la conectividad y a las nuevas TIC y generar las condiciones para el desarrollo de habilidades digitales y oficios en pos del desarrollo de las personas y sus comunidades, en coordinación con las áreas competentes”.

Que, por su parte cabe recordar que el Programa NAC referenciado por el citado Decreto N° 13/16 (cuyo nombre obedece a las siglas de “núcleo de acceso al conocimiento”) fue utilizado informalmente como un nombre de referencia y/o difusión del Eje Estratégico Inclusión Digital, correspondiente al Plan Nacional de Telecomunicaciones “Argentina Conectada”, aprobado oportunamente mediante el Decreto N° 1552, de fecha 21 de Octubre de 2010. El eje citado se define como “una estrategia de igualación en el acceso a las nuevas tecnologías de información y comunicación como un instrumento incuestionable de democratización del conocimiento”.

Que, la SECRETARIA DE PAIS DIGITAL entiende menester modificar la denominación del hasta ahora conocido “Programa Núcleos de Acceso al Conocimiento (NAC)” para proceder a designarlo bajo la denominación “Programa Punto Digital”, con el objetivo de demostrar que los mismos integran una red que pretende extender su presencia a todo el territorio Nacional, logrando de esta manera generar las condiciones para el desarrollo de habilidades digitales y oficios en pos del desarrollo de las personas y sus comunidades, en congruencia con las competencias que posee la SECRETARIA DE PAIS DIGITAL del cual depende el Programa referenciado.

Que, en tal sentido, el nombre “Programa Núcleos de Acceso al Conocimiento (NAC)” podría ser reformulado por una Resolución ministerial, puesto que no ha sido instituido su uso oficial por Decreto sino adoptado de forma informal y meramente referencial por normas inferiores, y tan solo citado por el Decreto N° 13/16 a fin de asignar las competencias que del mismo se derivan.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SUBSECRETARIA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, ha tomado la intervención que le compete.

Que, la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 23 octies del Decreto N° 13/15.

Por ello,

EL MINISTRO
DE MODERNIZACIÓN
RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Modifícase la denominación del “Programa Núcleos de Acceso al Conocimiento (NAC)” dependiente de la SECRETARIA DE PAIS DIGITAL de esta Jurisdicción por la denominación “PROGRAMA PUNTO DIGITAL”.

ARTÍCULO 2° — Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Andrés Horacio Ibarra.

e. 30/01/2017 N° 4723/17 v. 30/01/2017

Fecha de publicación 30/01/2017