MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
Decreto 86/2017
Instituto Antártico Argentino. Desígnase Director.
Ciudad de Buenos Aires, 02/02/2017
VISTO el Expediente N° 16.984/2016 del Registro del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2017 aprobado mediante la Ley N° 27.341, la Ley N° 18.513, los Decretos Nros. 7338 de fecha 17 de abril de 1951, 207 de fecha 4 de febrero de 2003, 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008, 2595 de fecha 26 de noviembre de 2015, 227 de fecha 20 de enero de 2016, la Decisión Administrativa N° 1146 del 18 de octubre de 2016, y
CONSIDERANDO:
Que por el Artículo 7° de la Ley N° 27.341 se estableció que no se podrán cubrir los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de su sanción, ni los que se produzcan con posterioridad, sin la previa autorización del Jefe de Gabinete de Ministros.
Que por el Decreto N° 2098/08 se procedió a homologar el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP).
Que por el Decreto N° 7338/51 se creó el INSTITUTO ANTÁRTICO ARGENTINO.
Que la Ley N° 18.513 estableció que el Instituto Antártico Argentino es un órgano integrante de la Dirección Nacional del Antártico, y que su director será designado por el PODER EJECUTIVO NACIONAL.
Que mediante el Decreto N° 207/03 se transfirió la Dirección Nacional del Antártico y el INSTITUTO ANTÁRTICO ARGENTINO del MINISTERIO DE DEFENSA al ámbito del entonces MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, dependiente en la actualidad de la SUBSECRETARÍA DE MALVINAS, ANTÁRTIDA Y ATLÁNTICO SUR de la SECRETARÍA DE RELACIONES EXTERIORES del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, conforme lo establecido por la Decisión Administrativa N° 1146/16.
Que el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO solicita la cobertura del cargo de Director del INSTITUTO ANTÁRTICO ARGENTINO dependiente de la Dirección Nacional del Antártico, de la SUBSECRETARÍA DE MALVINAS, ANTÁRTIDA Y ATLÁNTICO SUR de la SECRETARÍA DE RELACIONES EXTERIORES Nivel “A”, Grado 0, con Función Ejecutiva Nivel II del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N° 2098/08, proponiendo a tales efectos al Licenciado Rodolfo Andrés SÁNCHEZ (D.N.I. N° 17.930.567).
Que tal requerimiento implica resolver la cobertura de dicho cargo como excepción a lo previsto en el Artículo 7° de la Ley N° 27.341.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO ha intervenido en el ámbito de su competencia.
Que la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN Y COOPERACIÓN INTERNACIONAL del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO presta conformidad al dictado del presente decreto.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes de los Artículos 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, 19 de la Ley N° 18.153 y 7° y 10 de la Ley N° 27.341.
Por ello,
EL PRESIDENTE
DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
ARTÍCULO 1° — Desígnase transitoriamente, a partir del 1° de septiembre de 2016 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles a partir de la fecha de la presente medida, al Licenciado D. Rodolfo Andrés SÁNCHEZ (D.N.I. N° 17.930.567), quien revista en la Planta Permanente del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO en el Nivel “B”, Grado 2, Tramo General del Agrupamiento Científico Técnico del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), en el cargo Nivel “A”, Grado 0, como Director del INSTITUTO ANTÁRTICO ARGENTINO, dependiente de la Dirección Nacional del Antártico, de la SUBSECRETARÍA DE MALVINAS, ANTÁRTIDA Y ATLÁNTICO SUR de la SECRETARÍA DE RELACIONES EXTERIORES del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, como excepción a lo previsto en el Artículo 7° de la Ley N° 27.341, autorizándose el correspondiente pago de la Función Ejecutiva Nivel II del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP) aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N° 2098/08.
ARTÍCULO 2° — El cargo involucrado deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III, IV, VIII, y IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha del presente decreto.
ARTÍCULO 3° — El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto se imputará a las partidas específicas del presupuesto de la Jurisdicción 35 - MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO.
ARTÍCULO 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — MACRI. — Susana Mabel Malcorra.
Fecha de publicación 03/02/2017