MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
Resolución 1566-E/2016
Ciudad de Buenos Aires, 19/10/2016
VISTO el Expediente Nº E-594-2016 del Registro del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL y el Decreto N° 1023 de fecha 13 de Agosto de 2001 sus modificatorios y complementarios, y el Decreto N° 893 de fecha 07 de Junio de 2012, y sus modificatorios y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente mencionado en el VISTO tramita la Licitación Pública N° 38/2016, autorizada por Resolución MDS Nº 445 de fecha 11 de Abril de 2016, enmarcada en los alcances de los artículos 24, 25 y 26 inciso a) apartado 1 del Decreto Nº 1023/01 y sus modificatorios y complementarios, reglamentado por los artículos 15, 34 inciso c) y 35 del Anexo al Decreto Nº 893/12 y sus modificatorios; tendiente a lograr la adquisición de artículos del hogar, indispensables para satisfacer las demandas de personas con alto nivel de vulnerabilidad social que se encuentran en diferentes regiones de nuestro país, en el marco del Programa de Ayudas Urgentes, solicitados por la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN, MONITOREO Y LOGÍSTICA.
Que conforme el acta de apertura de fecha 06 de Junio de 2016, en la Licitación Pública N° 38/2016, se presentaron las firmas: COMPAÑÍA COMERCIAL MAYORISTA S.R.L. (oferta 1), HIDRO REP S.R.L. (oferta 2), ABC LATINOAMERICANA DE COMERCIALIZACIÓN S.R.L. (oferta 3), GRUPO NUCLEO S.A. (oferta 4), CASA REIG S.A. (oferta 5), BENEDETTI S.A.I.C. (oferta 6), MOGHAMES JUAN MANUEL (oferta 7), PROVEMERG S.R.L. (oferta 8), MACOSER S.A. (oferta 9), REZZONICO HECTOR AQUILES (oferta 10) y MELENZANE S.A. (oferta 11).
Que obra Nota SIGEN N° 2959/2016 - GATyPE de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN, O.T. N° 556/2016, indicando los Precios Testigos para los renglones 1, 2, 3, 4, 5, 8, 9, 10, 11, 12, 13 y 14, y los Valores de Referencia para los renglones 6 y 7 de la Licitación que aquí tramita, acorde lo normado por el Anexo II de la Resolución SGN Nº 122/2010.
Que se solicitó mejora de precio a las firmas CASA REIG S.A. (oferta 5), para el renglón 13, REZZONICO HECTOR AQUILES (oferta 10) para los renglones 2, 3 y 14, MACOSER S.A. (oferta 9) para los renglones 4 y 5, MELENZANE S.A. (oferta 11) para el renglón 6, en razón de superar sus cotizaciones unitarias los Precios Testigo y Valores de Referencia informados por la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION.
Que se invitó a igualar la cotización unitaria a la firma BENEDETTI S.A.I.C. (oferta 6), para los renglones 8 al 11, a los efectos de otorgarle el derecho de preferencia establecido en el Artículo 39 de la Ley N° 25.300, LEY DE FOMENTO PARA LA MICRO, PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA y se le solicito mejora de precio para el renglón 6.
Que obran Notas de las firmas CASA REIG S.A. (oferta 5) y REZZONICO HECTOR AQUILES (oferta 10) y MACOSER S.A. (oferta 9), en las que informan las mejoras requeridas.
Que la firma BENEDETTI S.A.I.C. (oferta 6) informa igualar el precio de los renglones 8 al 11, inclusive.
Que la firma MELENZANE S.A. (oferta 11), informa no mejorar el precio para el renglón 6.
Que obra Informe IF-2016-00857740-APN-SSCMYL#MDS de la Dirección de Patrimonio y Suministros por el que pone en conocimiento al área requirente que las ofertas recibidas han superado el margen de tolerancia por sobre los Precios Testigo correspondientes a los renglones 1, 2, 3, 4, 5, 8, 9, 10, 11, 12, 13 y 14, y el Valor de Referencia para los renglones 6 y 7 ambos informados por la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN, por lo cual se procedió a implementar el mecanismo de mejora de precios y solicitar a la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN MONITOREO Y LOGÍSTICA, merituar la conveniencia o no de proseguir con el trámite de los renglones precitados.
Que la SUBSECRETARIA DE COORDINACIÓN, MONITOREO Y LOGÍSTICA mediante PV-2016-01020082-APN-SSCMYL#MDS, informa que habiendo analizado los resultados alcanzados por el mecanismo de mejora de precios emitidos por la Dirección de Patrimonio y Suministros, no resulta conveniente la prosecución del trámite para los renglones 6 y 13.
Que la Comisión Evaluadora de este Ministerio en función de los análisis técnicos preliminares y la documentación obrante en el expediente respectivo suscribió el Dictamen de Evaluación N° 110/2016, sugiriendo las ofertas desestimadas, desistidas, los renglones fracasados y estableciendo el Orden de Mérito correspondiente.
Que se han efectuado las notificaciones pertinentes del Dictamen de Evaluación Nº 110/2016 y se ha remitido para su difusión en el sitio de Internet de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES según lo prescripto en los artículos 56 y 92 del Anexo al Decreto Nº 893/12 y sus modificatorios y en el Boletín Oficial.
Que se ha dado cumplimiento a los procedimientos excepcionales de difusión establecidos por la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES en su Disposición ONC Nº 64/2014 y su modificatoria Nº 79/2014 y conforme lo reglamentado por la Comunicación General Nº 14, de fecha 01 de Septiembre de 2014.
Que no se efectuaron impugnaciones al Dictamen de Evaluación N° 110/2016.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente Resolución se dicta dentro del régimen establecido por el Decreto N° 1023/01, sus modificatorios y complementarios, sin perjuicio de la aplicación supletoria del Decreto N° 893/12 y sus modificatorios, y en virtud de las facultades conferidas por la Ley de Ministerios y las normas modificatorias y complementarias, la Ley Nº 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional y su Decreto Reglamentario N° 1344/07 y sus modificatorios, la Ley N° 25.506, el Decreto N° 434/16 y sus normas complementarias, el Decreto N° 561/16 y sus normas complementarias y los Decretos N° 357/02 y sus normas modificatorias y complementarias y N° 08 del 10 de Diciembre de 2015.
Por ello,
LA MINISTRA
DE DESARROLLO SOCIAL
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Apruébase la Licitación Pública N° 38/2016, autorizada por Resolución MDS Nº 445 de fecha 11 de Abril de 2016, enmarcada en los alcances de los artículos 24, 25 y 26 inciso a) apartado 1 del Decreto Nº 1023/01, sus modificatorios y complementarios, reglamentado por los artículos 15, 34 inciso c) y 35 del Anexo al Decreto Nº 893/12 y sus modificatorios; tendiente a lograr la adquisición de artículos del hogar, indispensables para satisfacer las demandas de personas con alto nivel de vulnerabilidad social que se encuentran en diferentes regiones de nuestro país, en el marco del Programa de Ayudas Urgentes, solicitados por la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN, MONITOREO Y LOGÍSTICA.
ARTÍCULO 2° — Ténganse por desistidas en la Licitación Pública N° 38/2016 las ofertas de las firmas GRUPO NÚCLEO S.A. (oferta 4) y PROVEMERG S.R.L. (oferta 8), acorde al Dictamen de Evaluación N° 110/2016.
ARTÍCULO 3° — Desestímase en la Licitación Pública N° 38/2016 la oferta de la firma BENEDETTI S.A.I.C. (oferta 6) acorde el Dictamen de Evaluación Nº 110/2016.
ARTÍCULO 4° — Desestímanse en la Licitación Pública N° 38/2016 para los renglones 6 y 7 la oferta de la firma MELENZANE S.A. (oferta 11), para los renglones 12 y 13 la oferta de la firma MOGHAMES JUAN MANUEL (oferta 7) y para el renglón 13 la oferta de la firma CASA REIG S.A. (oferta 5), acorde lo expuesto en el Dictamen de Evaluación Nº 110/2016.
ARTÍCULO 5° — Decláranse fracasados en la Licitación Pública N° 38/2016 los renglones 6, 10, 11 y 13, acorde lo expuesto en el Dictamen de Evaluación N° 110/2016.
ARTÍCULO 6° — Adjudícase en la Licitación Pública Nº 38/2016, acorde lo expuesto en el Dictamen de Evaluación Nº 110/2016 a las firmas, renglones, cantidades, marcas y montos consignados en el Anexo IF-2016-01580671-APN-DPAT#MDS, cuyo monto total asciende a la suma de PESOS DIECIOCHO MILLONES TRESCIENTOS OCHENTA MIL SIESCIENTOS SETENTA ($18.380.670.-).
ARTÍCULO 7° — Autorízase a la Dirección de Patrimonio y Suministros a emitir las Órdenes de Compra correspondientes.
ARTÍCULO 8° — Atiéndase la erogación que asciende a la suma total de PESOS DIECIOCHO MILLONES TRESCIENTOS OCHENTA MIL SEISCIENTOS SETENTA ($18.380.670.-), conforme surge del Anexo IF-2016-01580671-APN-DPAT#MDS, con cargo a los créditos específicos de este Ministerio para el presente ejercicio.
ARTÍCULO 9° — Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Carolina Stanley.
e. 06/02/2017 N° 6020/17 v. 06/02/2017
Fecha de publicación 06/02/2017