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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

Comunicación “A” 6122/2016

Ref.: Circular LISOL 1 - 706. Texto ordenado sobre las normas de “Ventanilla de Liquidez” (VELI). Su modificación.

22/12/2016

A LAS ENTIDADES FINANCIERAS:
Nos dirigimos a Uds. para comunicarles que el Banco Central de la República Argentina, atento a la reformulación de la política de pases activos difundida mediante la Comunicación “A” 6095, dispuso adecuar el texto ordenado de las normas sobre “Ventanilla de Liquidez” (VELI).
Por lo expuesto, se sustituye el punto 1.5. del texto ordenado de la citada norma por el siguiente:
“1.5. Monto máximo de endeudamiento.
La suma de todas las operaciones vigentes concertadas a través de esta “Ventanilla de Liquidez” (punto 1.1.1.), medida en términos de capital desembolsado, no podrá exceder una vez la Responsabilidad Patrimonial Computable de la entidad, incluyendo de corresponder los ajustes determinados por la Superintendencia de Entidades Financieras y Cambiarias (SEFyC), de acuerdo a la última información disponible al momento en que se concierte la respectiva operación.
No obstante, cuando se verifique una caída en las fuentes de financiamiento de acuerdo con lo previsto en las Normas sobre “Asistencia financiera por iliquidez transitoria”, podrá excederse dicho límite hasta agotar las tenencias utilizables en las precitadas operaciones.”
Saludamos a Uds. atentamente.
BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA
Gerardo Graziano, Gerente de Créditos. — Agustín Collazo, Subgerente General de Operaciones.

e. 07/02/2017 N° 5251/17 v. 07/02/2017

Fecha de publicación 07/02/2017