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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

Resolución 1070-E/2016

Buenos Aires, 23/08/2016

VISTO el Expediente N° E-610-2016 del registro del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL; el Decreto N° 1023 del 13 de Agosto de 2001, sus modificatorios y complementarios, y el Decreto N° 893 del 07 de Junio de 2012, y sus modificatorios, y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente mencionado en el VISTO, tramita la Licitación Pública Nº 40/2016, autorizada por Resolución MDS Nº 480 del 29 de Abril de 2016, enmarcada en los alcances de los artículos 24, 25 y 26 inciso a) apartado 1 del Decreto Nº 1023/01, sus modificatorios y complementarios, reglamentado por los artículos 15, 34 inciso c) y 35 del Anexo al Decreto Nº 893/12 y sus modificatorios, tendiente a lograr la adquisición de alimentos no perecederos, aceite comestible y harina de maíz, indispensables para satisfacer las demandas de personas en situación de vulnerabilidad social y/o disponer de ellos ante emergencias climáticas, en el marco del Plan Nacional de Seguridad Alimentaria, solicitados por la Subsecretaría de Políticas Alimentarias, dependiente de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y ARTICULACIÓN INSTITUCIONAL, según el Decreto N° 357 de fecha 15 de Febrero de 2016.

Que conforme el acta de apertura del 07 de Junio de 2016 en la Licitación Pública Nº 40/2016, se presentaron las siguientes firmas: CONDIMENT S.A. (oferta 1), SANTA ELENA ALIMENTOS S.A. (oferta 2), OLAZUL S.A. (oferta 3), ALIMENTOS GENERALES S.A. (oferta 4), GRUPO COLONIA S.A. (oferta 5), MOLINO PASSERINI S.A.I.C. (oferta 6), COMPAÑÍA COMERCIAL MAYORISTA S.R.L. (oferta 7), AGROINDAL S.A. (oferta 8), SANTOMERO OSCAR ALBERTO (oferta 9) y NOMEROBO S.A. (oferta 10).

Que obra Nota SIGEN Nº 2973/2016 - GATyPE de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN, O.T. Nº 558/2016, informando el Precio Testigo para los renglones 1, 2, 3, 4, 5, 6 y 7 de la Licitación que aquí tramita, acorde lo normado por el Anexo II de la Resolución SGN Nº 122/2010.

Que la Comisión Evaluadora, en función de los análisis técnicos preliminares y de la documentación obrante en el expediente respectivo, suscribió el Dictamen de Evaluación Nº 68/2016, sugiriendo las ofertas inadmisibles, las ofertas a desestimar, los renglones fracasados y estableciendo los Órdenes de Mérito correspondientes.

Que se han efectuado las notificaciones pertinentes y la difusión en el sitio de Internet de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES, según lo prescripto en los artículos 56 y 92 del Anexo al Decreto Nº 893/12 y modificatorios y en el Boletín Oficial.

Que se ha dado cumplimiento a los procedimientos excepcionales de difusión establecidos por la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES en su Disposición ONC Nº 64/2014 y su modificatoria N° 79/2014 conforme lo reglamentado por la Comunicación General Nº 14, de fecha 01 de septiembre de 2014.

Que no se produjeron impugnaciones al Dictamen de Evaluación Nº 68/2016.

Que la firma SANTA ELENA ALIMENTOS S.A. (oferta 2) manifestó no renovar el plazo de mantenimiento de oferta más allá de su vencimiento, el cual operó el 5 de Agosto de 2016.

Que en consecuencia corresponde dar por desistida dicha oferta y adjudicar los renglones 6 y 7 a la firma consignada en las órdenes de mérito 2 y 3 del Dictamen de Evaluación Nº 68/2016, correspondiente a SANTOMERO OSCAR ALBERTO.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia en lo concerniente a la presente Resolución.

Que la presente Resolución se dicta dentro del régimen establecido por el Decreto N° 1023/01, sus modificatorios y complementarios, sin perjuicio de la aplicación supletoria del Decreto N° 893/12 y sus modificatorios, y en virtud de las facultades conferidas por la Ley de Ministerios y las normas modificatorias y complementarias, la Ley Nº 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional y su Decreto Reglamentario N° 1344/2007 y sus modificatorios, la Ley N° 25.506, el Decreto N° 434/2016 y sus normas complementarias, el Decreto N° 561/2016 y sus normas complementarias, los Decretos N° 357/02, sus normas modificatorias y complementarias, y N° 8 de fecha 10 de Diciembre de 2015.

Por ello,

LA MINISTRA
DE DESARROLLO SOCIAL
RESUELVE:

ARTÍCULO 1º — Apruébase el procedimiento de selección cumplido respecto de la Licitación Pública Nº 40/2016, tendiente a lograr la adquisición de alimentos no perecederos, aceite comestible y harina de maíz, indispensables para satisfacer las demandas de personas en situación de vulnerabilidad social y/o disponer de ellos ante emergencias climáticas, en marcada en los alcances de los artículos 24, 25 y 26 inciso a) apartado 1 del Decreto N° 1023/01, sus modificatorios y complementarios, reglamentado por los artículos 15, 34 inciso c) y 35 del Anexo al Decreto N° 893/12 y sus modificatorios, en el marco del Plan Nacional de Seguridad Alimentaria, solicitados por la Subsecretaría de Políticas Alimentarias, dependiente de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y ARTICULACIÓN INSTITUCIONAL, según el Decreto N° 357 de fecha 15 de febrero de 2016.

ARTÍCULO 2º — Decláranse inadmisibles en la Licitación Pública Nº 40/2016 las ofertas presentadas por las firmas OLAZUL S.A. (oferta 3), MOLINO PASSERINI S.A.I.C. (oferta 6), AGROINDAL S.A. (oferta 8) y COMPAÑÍA COMERCIAL MAYORISTA S.R.L. (oferta 7) por los motivos consignados en el Dictamen de Evaluación Nº 68/2016.

ARTÍCULO 3° — Desestímanse en la Licitación Pública Nº 40/2016 las ofertas presentadas por las firmas CONDIMENT S.A. (oferta 1) para los renglones 6 y 7; ALIMENTOS GENERALES S.A. (oferta 4) para el renglón 6; GRUPO COLONIA S.A. (oferta 5) para el renglón 6 y NOMEROBO S.A. (oferta 10) para los renglones 6 y 7 por las razones expuestas en el Dictamen de Evaluación Nº 68/2016.

ARTÍCULO 4º — Dase por desistida en la Licitación Pública Nº 40/2016 la oferta presentada por la firma ALIMENTOS SANTA ELENA S.A. (oferta 2) por los motivos expuestos en los Considerandos de la presente.

ARTÍCULO 5° — Decláranse fracasados en la Licitación Pública Nº 40/2016 los renglones 1, 2, 3, 4 y 5 acorde lo consignado en el Dictamen de Evaluación N° 68/2016.

ARTÍCULO 6° — Adjudícase en la Licitación Pública Nº 40/2016, acorde lo expuesto en los Considerandos de la presente, a la firma, cantidades, marca y montos consignados en el Anexo N° IF-2016-00674379- APN-SSCMYL#MDS, cuyo monto total asciende a la suma de PESOS TRES MILLONES NOVECIENTOS CUARENTA MIL ($3.940.000.-).

ARTÍCULO 7º — Autorízase a la Dirección de Patrimonio y Suministros a emitir la Orden de Compra correspondiente.

ARTÍCULO 8º — Atiéndase la erogación que asciende a la suma de PESOS TRES MILLONES NOVECIENTOS CUARENTA MIL ($3.940.000.-) conforme surge del Anexo N° IF-2016-00674379-APN-SSCMYL#MDS que integra la presente, con cargo a los créditos específicos de este Ministerio para el presente ejercicio.

ARTÍCULO 9º — Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Carolina Stanley.

e. 10/02/2017 N° 7410/17 v. 10/02/2017

Fecha de publicación 10/02/2017