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19 de Enero de 2015

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Primera sección


ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES

Resolución 871-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 09/02/2017

VISTO el Expediente N° 4475/2009 del Registro de la ex COMISIÓN NACIONAL DE COMUNICACIONES, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución ENACOM N° 9.071 de fecha 14 de diciembre de 2016 se otorgó al señor Pablo Javier VALDERRAMA (CUIT Nº 20-16497924-6) una licencia para prestar el servicio de Valor Agregado- Acceso a Internet en los términos del Anexo de la Resolución ENACOM Nº 2.483 de fecha 16 de mayo de 2016.

Que se ha detectado la comisión de un error material en el texto del citado acto resolutivo, toda vez que se omitió la palabra VISTO en la fórmula inicial con que se anuncia la razón del pronunciamiento, por lo que corresponde su rectificación conforme lo previsto en el artículo 101 del Reglamento de Procedimientos Administrativos Decreto N° 1.759/72 T.O. 1.991.

Que la presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto N° 267/15 y las facultades delegadas por el Acta N° 1 de fecha 5 de enero de 2016 del Directorio del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES y en los términos del artículo 101 del Reglamento de Procedimientos Administrativos Decreto N° 1.759/72 T.O. 1.991.

Por ello,

EL PRESIDENTE
DEL ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES
RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — RECTIFÍCASE la Resolución ENACOM Nº 9.071 de fecha 14 de diciembre de 2016 incorporando la palabra VISTO al comienzo de su primer párrafo, el que quedará redactado como sigue: “VISTO el Expediente N° 4475/2009 del Registro de la ex COMISIÓN NACIONAL DE COMUNICACIONES, y”.

ARTÍCULO 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Miguel Angel De Godoy.

e. 14/02/2017 N° 7917/17 v. 14/02/2017

Fecha de publicación 14/02/2017