ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS ADUANA DE LA PLATA
VISTO las actuaciones contenciosas que se detallan, se notifica a los imputados que ha recaído Resolución condenatoria con pena de multa y comiso de la mercadería en infracción INTIMANDOLOS para que en el plazo de 15 (quince) días hábiles administrativos, hagan efectivo el pago de los importes correspondientes a multa y tributos —especificados en cada caso— bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 1122 y ss. del Código Aduanero. Asimismo se hace saber que cuentan con el derecho de interponer en forma optativa y excluyente recurso de apelación o demanda contenciosa (arts. 1132 ss. y cc. del C.A.), FIRMADO: Cdor RAMIRO ROIBAS- “ADMINISTRADOR (I) de la DIV. ADUANA DE LA PLATA”
e. 15/02/2017 N° 8343/17 v. 15/02/2017
Fecha de publicación 15/02/2017