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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

Comunicación “A” 6155/2017

Ref.: Circular CONAU 1 - 1202. Régimen Informativo Contable Mensual. Exigencia e Integración de Capitales Mínimos (R.I. - C.M.). Posición Global Neta de Moneda Extranjera (R.I. - P.G.). Modificaciones.

13/01/2017

ANEXO

A LAS ENTIDADES FINANCIERAS:
Nos dirigimos a Uds. a fin de hacerles llegar las modificaciones en los regímenes informativos de la referencia en función de las disposiciones dadas a conocer a través de la Comunicación “A” 6128.
En tal sentido, se han incorporado los siguientes cambios dentro de los regímenes informativos de la referencia:
a) Exigencia e Integración de Capitales Mínimos:
- Eliminación del código de partida 84700000 (Incremento de la exigencia por riesgo de crédito por ampliación del límite general de la PGN);
- De forma consecuente, se elimina el término “IP” de las fórmulas para determinar el capital mínimo por riesgo de crédito.
b) Posición Global Neta de Moneda Extranjera:
- Eliminación del código de partida 60100 (Incremento en financiaciones recibidas del exterior entre el período enero 2014 y el anterior al bajo informe);
- Consecuente eliminación del punto 2.3. de la sección 2. correspondiente a “Otras informaciones”;
- Se introducen adecuaciones en el punto 4.1. de la Sección 4., eliminando los cálculos correspondientes a los límites ampliados y generalizando la expresión de los porcentuales sobre RPC;
- Se eliminan de la descripción del código de partida 10200, las excepciones de los acápites b) y c), relativos a las exclusiones sobre títulos públicos nacionales y bonos argentinos de ahorro.
Además, se entiende propicia esta oportunidad para introducir las siguientes aclaraciones y adecuaciones:
- Forma de cómputo para las posiciones por opciones de futuros (punto 2.1., código de partida 30000) (R.I. P.G.);
- Inclusión de los importes correspondientes a la cuenta 340022 (diferencias de dolarización de depósitos judiciales), dentro del saldo del código 20100 (punto 6.3. de disposiciones transitorias) (R.I. P.G.).
- Adecuaciones formales del Cuadro b) del punto 4.4.2. (R.I. C.M.)
Saludamos a Uds. atentamente.
BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA
Rodrigo J. Danessa, Gerente de Régimen Informativo. — Ricardo O. Maero, Gerente Principal de Régimen Informativo y Centrales de Información.

e. 17/02/2017 N° 8020/17 v. 17/02/2017

Fecha de publicación 17/02/2017