BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA
Comunicación “A” 6156/2017
Ref.: Circular CONAU 1 - 1203. Régimen Informativo Contable Mensual. Efectivo Mínimo y Aplicación de Recursos (R.l. - E.M. y A.R.). Modificaciones.
13/01/2017
ANEXO
A LAS ENTIDADES FINANCIERAS:
Nos dirigimos a Uds. a fin de hacerles llegar las hojas que corresponde reemplazar en el régimen informativo de la referencia, en función de las disposiciones difundidas por las Coniunicaciones “A” 6105 y “B” 11431.
Al respecto, se han incorporado las siguientes partidas dentro de la Sección 2. “Aplicación de la capacidad de préstamo en moneda extranjera”, con vigencia noviembre/16:
- Código 231/M: Financiaciones a proveedores de bienes y/o servicios que formen parte del proceso productivo de mercaderías fungibles, en los términos del punto 2.1.5. de las normas sobre “Política de crédito”;
- Código 286/M: Suscripción primaria de instrumentos de deuda en moneda extranjera del Tesoro Nacional, en los términos del punto 2.1.14. de las normas sobre “Política de crédito”.
Se aclara que los importes computables por este último concepto no podrán superar un tercio (1/3) del total de las aplicaciones admitidas.
Además, se introducen adecuaciones en las referencias de algunos códigos. Saludamos a Uds. atentamente.
BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA
Rodrigo J. Danessa, Gerente de Régimen Informativo. — Ricardo O. Maero, Gerente Principal de Régimen Informativo y Centrales de Información.
e. 17/02/2017 N° 8019/17 v. 17/02/2017
Fecha de publicación 17/02/2017