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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

Resolución 67-E/2017

Sindicato vendedores de diarios y revistas de Mendoza. Modificación de estatutos.

Ciudad de Buenos Aires, 06/02/2017

VISTO:

El Expediente N° 276.456/08 del Registro de la DELEGACIÓN REGIONAL MENDOZA del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 23.551, modificada por Ley N° 25.674 y Ley N° 26.390, los Decretos Reglamentarios N° 467/88 y N° 514/03, y

CONSIDERANDO:

Que el SINDICATO VENDEDORES DE DIARIOS Y REVISTAS DE MENDOZA, con domicilio en Garibaldi N° 148, Ciudad Capital de la Provincia de MENDOZA, solicita la aprobación de la modificación de su estatuto social.

Que la mencionada asociación sindical obtuvo Personería Gremial, la que fue otorgada mediante Resolución N° 171 de fecha 29 de abril de 1968 del entonces MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL, y que se halla registrada bajo el N° 898.

Que esta Autoridad de Aplicación ha efectuado el control de legalidad al que hace referencia el Artículo 7° del Decreto N° 467/88, considerando que la modificación estatutaria efectuada por dicha entidad se ha realizado conforme a las disposiciones de la Ley N° 23.551, no obstante lo cual prevalecerán de pleno derecho las disposiciones de la legislación, Decretos y demás normas vigentes aplicables en la materia, por sobre las normas estatutarias, en cuanto pudieren oponerse.

Que la entidad mantendrá el ámbito de actuación personal y territorial de su Personería Gremial, conforme fuera aprobado oportunamente por esta Autoridad de Aplicación.

Que se deja constancia que la peticionante ha cumplido con las pautas ordenadas por la Ley N° 25.674 y su Decreto Reglamentario N° 514/03.

Que obra dictamen favorable de la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Asociaciones Sindicales, aconsejando la aprobación del estatuto social de la entidad peticionante y la publicación respectiva en el Boletín Oficial.

Que la presente se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 23, inciso 7) de la Ley de Ministerios N° 22.520 (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y sus modificatorias, y en atención a lo dispuesto por Decreto N° 355/02.

Por ello,

EL MINISTRO
DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
RESUELVE:

ARTÍCULO 1º — Apruébase las modificaciones realizadas al texto del Estatuto Social del SINDICATO VENDEDORES DE DIARIOS Y REVISTAS DE MENDOZA, con domicilio en Garibaldi N° 148, Ciudad Capital de la Provincia de MENDOZA, obrante a fojas 15/98 del Expediente N° 276.456/08, respecto a los Artículos 11, 20, 23, 24, 27, 38, 39 y 71, incorporándose los Artículos 42 bis y 42 ter., de conformidad con las disposiciones de la Ley N° 23.551 y Decreto Reglamentario N° 467/88. Los mencionados Artículos pasarán a formar parte del texto del Estatuto Social que fuera aprobado por Resolución N° 279 de fecha 15 de abril de 1993 del entonces MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL.

ARTÍCULO 2º — Déjase expresa constancia que la presente aprobación tiene alcance meramente estatutario y no podrá ser invocada por la Asociación Sindical peticionante como una ampliación de su representatividad vigente en los términos y con los alcances previstos en la Ley N° 23.551.

ARTÍCULO 3º — Establécese que dentro del plazo de diez (10) días a partir de la notificación de la presente Resolución, la Entidad deberá presentar ante la Autoridad de Aplicación el estatuto en la forma sintetizada que establece la Resolución N° 12 de fecha 10 de octubre de 2001 de la Dirección Nacional de Asociaciones Sindicales, bajo apercibimiento de no dar curso a petición alguna que efectúe la Entidad, sin perjuicio de aplicar las sanciones legales pertinentes.

ARTÍCULO 4º — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y, oportunamente, archívese. — Alberto Jorge Triaca.

Fecha de publicación 17/02/2017