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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE TRANSPORTE

Decisión Administrativa 126/2017

Desígnase Director Nacional de Operación de Transporte Ferroviario.

Ciudad de Buenos Aires, 17/02/2017

VISTO el Expediente Nº S02:0037823/2016 del Registro del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, la Ley Nº 27.341, los Decretos Nros. 2.098 del 3 de diciembre de 2008, 13 del 10 de diciembre de 2015, 8 del 4 de enero de 2016 y 227 de fecha 20 de enero de 2016 y la Decisión Administrativa Nº 212 del 21 de marzo de 2016, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley N° 27.341 se aprobó el Presupuesto General de la Administración Pública Nacional para el Ejercicio 2017.

Que por el artículo 7° de la citada Ley se estableció que no se podrán cubrir los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de su sanción, ni los que se produzcan con posterioridad, sin la previa autorización del Jefe de Gabinete de Ministros.

Que por el Decreto Nº 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios, se homologó el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP).

Que mediante el Decreto Nº 13 de fecha 10 de diciembre de 2015 se sustituyeron el Artículo 1º y el Título V de la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto Nº 438/92) y sus modificatorias, incorporándose el MINISTERIO DE TRANSPORTE.

Que por el Decreto Nº 8 de fecha 4 de enero de 2016 se aprobó la conformación organizativa del MINISTERIO DE TRANSPORTE.

Que a través del Decreto Nº 227 de fecha 20 de enero de 2016, se delimitaron las competencias de los señores Jefe de Gabinete de Ministros, Ministros y Secretarios de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

Que el decreto mencionado en el considerando precedente, en su Artículo 1º estableció que toda designación, asignación de funciones, promoción y reincorporación de personal, en el ámbito de la Administración Pública Nacional, centralizada y descentralizada, en cargos de rango y jerarquía inferior a Subsecretario, que corresponda a cargos de la dotación de su planta permanente y transitoria y cargos extraescalafonarios, correspondiente a los cargos vacantes y financiados con la correspondiente partida presupuestaria de conformidad a las estructuras jurisdiccionales aprobadas, será efectuada por el señor Jefe de Gabinete de Ministros, a propuesta de la Jurisdicción o Entidad correspondiente.

Que por la Decisión Administrativa Nº 212 de fecha 21 de marzo de 2016, entre otras, se aprobaron las unidades organizativas de primer nivel operativo y sus respectivas responsabilidades primarias y acciones del citado Ministerio.

Que el MINISTERIO DE TRANSPORTE solicita la designación transitoria del Ingeniero Daniel Marcelo LOPEZ (D.N.I. Nº 14.857.652) en el cargo de DIRECTOR NACIONAL DE OPERACIÓN DE TRANSPORTE FERROVIARIO (Nivel A - Grado 0, Función Ejecutiva Nivel I) dependiente de la SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE FERROVIARIO de la SECRETARÍA DE GESTIÓN DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE TRANSPORTE, a efectos de asegurar el normal desenvolvimiento de la mencionada dependencia.

Que asimismo corresponde autorizar el pago de la Función Ejecutiva correspondiente, de acuerdo con lo normado en el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial, homologado por el Decreto Nº 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008.

Que el cargo involucrado deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en el Título II, Capítulos III, IV, y VIII, y en el Título IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto Nº 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios, en el plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la presente medida.

Que la presente medida no constituye asignación de recurso extraordinario alguno para el ESTADO NACIONAL.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE TRANSPORTE, ha tomado la intervención de su competencia.

Que la SUBSECRETARÍA DE RELACIONES LABORALES Y FORTALECIMIENTO DEL SERVICIO CIVIL del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN ha tomado intervención de su competencia.

Que la presente decisión administrativa se dicta en virtud de lo dispuesto por los Artículos 100, inciso 3 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, 7° de la Ley Nº 27.341 y 1º del Decreto Nº 227 de fecha 20 de enero de 2016.

Por ello,

EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:

ARTÍCULO 1º — Desígnase a partir del 1° de abril de 2016 con carácter transitorio y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha de la presente medida, en el cargo de DIRECTOR NACIONAL DE OPERACIÓN DE TRANSPORTE FERROVIARIO Nivel A - Grado 0, Función Ejecutiva Nivel I del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP) homologado por el Decreto N° 2098/08, dependiente de la SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE FERROVIARIO de la SECRETARÍA DE GESTIÓN DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE TRANSPORTE, al Ingeniero Daniel Marcelo LOPEZ (D.N.I. Nº 14.857.652). La mencionada designación se dispone con carácter de excepción a lo dispuesto por el Artículo 7º de la Ley Nº 27.341 y con autorización excepcional por no reunir los requisitos mínimos establecidos en el Artículo 14 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008, autorizándose el pago de la Función Ejecutiva Nivel I del citado Convenio.

ARTÍCULO 2º — El cargo consignado en el Artículo 1° de la presente medida deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes, según lo establecido, respectivamente, en el Título II, Capítulos III, IV y VIII, y en el Título IV del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto Nº 2.098/08, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, contados a partir de la fecha del presente acto administrativo.

ARTÍCULO 3º — El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas del presupuesto de la Jurisdicción 57 - MINISTERIO DE TRANSPORTE.

ARTÍCULO 4º — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Marcos Peña. — Guillermo Javier Dietrich.

Fecha de publicación 20/02/2017