MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
Resolución 933-E/2016
Buenos Aires, 02/08/2016
VISTO el Expediente N° E-603-2016 del registro del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, el Decreto N° 1023 del 13 de Agosto de 2001, sus modificatorios y complementarios, y el Decreto N° 893 del 07 de Junio de 2012, y sus modificatorios, y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente mencionado en el VISTO, tramita la Licitación Pública N° 08/2016, autorizada por Resolución MDS N° 125 del 04 de Marzo de 2016, enmarcada en los alcances de los artículos 24, 25 y 26 inciso a) apartado 1 del Decreto N° 1023/01, sus modificatorios y complementarios, reglamentado por los artículos 15, 34 inciso c) y 35 del Anexo al Decreto N° 893/12 y sus modificatorios, tendiente a lograr la adquisición de alimentos no perecederos, alimento a base de azúcar y cacao, y mermelada de frutas sabor durazno, indispensables para satisfacer las demandas de personas en situación de vulnerabilidad social y/o disponer de ellos ante emergencias climáticas, en el marco del Plan Nacional de Seguridad Alimentaria, solicitados por la Subsecretaría de Políticas Alimentarias, dependiente de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y ARTICULACIÓN INSTITUCIONAL, según el Decreto N° 357 de fecha 15 de Febrero de 2016.
Que conforme el acta de apertura de fecha 11 de Abril de 2016 en la Licitación Pública N° 08/2016, se presentaron las siguientes firmas: TUX S.A. (oferta 1), COMPAÑÍA AMERICANA DE ALIMENTOS S.A. (oferta 2), ALIMENTOS FRANSRO S.R.L. (oferta 3), SOL GANADERA S.R.L. (oferta 4), BESSONE S.A. (oferta 5), PREMIDIA S.A. (oferta 6), ALISEC S.A.C. (oferta 7), CONDIMENT S.A. (oferta 8), NOMEROBO S.A. (oferta 9), SANTOMERO OSCAR ALBERTO (oferta 10) y RIDOLFO HERMANOS (oferta 11).
Que obra Nota SIGEN N° 1815/2016 - GATyPE de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN, O.T. N° 231/2016, informando los Precios Testigo para los renglones 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7 y 8 de la Licitación que aquí tramita, acorde lo normado por el Anexo II de la Resolución SGN N° 122/2010.
Que se solicitaron mejoras de precio a las firmas CONDIMENT S.A. (oferta 8), para el renglón 6, y RIDOLFO HERMANOS (oferta 11) para los renglones 6, 7 y 8; en razón de superar sus cotizaciones unitarias los Precios Testigo suministrados por la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN.
Que las firmas CONDIMENT S.A. (oferta 8) y RIDOLFO HERMANOS (oferta 11) informaron las mejoras de los precios solicitados.
Que las firmas NOMEROBO S.A. (oferta 9) y ALIMENTOS FRANSRO S.R.L. (oferta 3) manifestaron no renovar el plazo de mantenimiento de oferta más allá de su vencimiento, el cual operó el 09 de Junio de 2016.
Que la Comisión Evaluadora, en función de los análisis técnicos preliminares y de la documentación obrante en el expediente respectivo, suscribió el Dictamen de Evaluación N° 49/2016, sugiriendo las ofertas a desestimar, la oferta desistida y estableciendo los Órdenes de Mérito correspondientes.
Que se han efectuado las notificaciones pertinentes y la difusión en el sitio de Internet de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES, según lo prescripto en los artículos 56 y 92 del Anexo al Decreto N° 893/12 y modificatorios y en el Boletín Oficial.
Que se ha dado cumplimiento a los procedimientos excepcionales de difusión establecidos por la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES en su Disposición ONC N° 64/2014 y su modificatoria N° 79/2014 conforme lo reglamentado por la Comunicación General N° 14, de fecha 01 de septiembre de 2014.
Que no se produjeron impugnaciones al Dictamen de Evaluación N° 49/2016.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia en lo concerniente a la presente Resolución.
Que la presente Resolución se dicta dentro del régimen establecido por el Decreto N° 1023/01, sus modificatorios y complementarios, sin perjuicio de la aplicación supletoria de los Decretos N° 893/12 y sus modificatorios, y en virtud de las facultades conferidas por la Ley de Ministerios y las normas modificatorias y complementarias, la Ley N° 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional y su Decreto Reglamentario N° 1344/2007 y modificatorios, Ley N° 25.506, Decreto N° 434/2016 y sus normas complementarias, Decreto N° 561/2016 y sus normas complementarias, Decreto N° 357/02 y sus normas modificatorias y complementarias, y N° 08 de fecha 10 de diciembre de 2015.
Por ello,
LA MINISTRA
DE DESARROLLO SOCIAL
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Apruébase el procedimiento de selección cumplido respecto de la Licitación Pública N° 08/2016, tendiente a lograr la adquisición de alimentos no perecederos, alimento a base de azúcar y cacao, y mermelada de frutas sabor durazno, indispensables para satisfacer las demandas de personas en situación de vulnerabilidad social y/o disponer de ellos ante emergencias climáticas, enmarcada en los alcances de los artículos 24, 25 y 26 inciso a) apartado 1 del Decreto N° 1023/01, sus modificatorios y complementarios, reglamentado por los artículos 15, 34 inciso c) y 35 del Anexo al Decreto N° 893/12 y sus modificatorios, en el marco del Plan Nacional de Seguridad Alimentaria, solicitados por la Subsecretaría de Políticas Alimentarias, dependiente de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y ARTICULACIÓN INSTITUCIONAL, según el Decreto N° 357 de fecha 15 de febrero de 2016.
ARTÍCULO 2° — Desestímase en la Licitación Pública N° 08/2016 las ofertas presentadas por las firmas SOL GANADERA S.R.L. (oferta 4), sólo en lo concerniente a la marca Loria, para los renglones 1, 2, 3 y 4 y NOMEROBO S.A. (oferta 9) para los renglones 1 y 2, acorde lo consignado en el Dictamen de Evaluación N° 49/2016.
ARTÍCULO 3° — Dáse por desistida en la Licitación Pública N° 08/2016 la oferta presentada por la firma ALIMENTOS FRANSRO S.R.L. (oferta 3) para los renglones 1, 2, 3 y 4, por las causales expuestas en el Dictamen de Evaluación N° 49/2016.
ARTÍCULO 4° — Adjudícase en la Licitación Pública N° 08/2016, acorde lo expuesto en el Dictamen de Evaluación N° 49/2016 y en los Considerandos de la presente, a la firma, cantidades, marca y montos consignados en el Anexo N° IF-2016-00335085-APN-SSCMYL#MDS que forma parte de la presente, cuya adjudicación asciende a la suma de PESOS DIECISIETE MILLONES NOVECIENTOS CUARENTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS ($17.942.400-).
ARTÍCULO 5° — Autorízase a la Dirección de Patrimonio y Suministros a emitir la Orden de Compra correspondiente.
ARTÍCULO 6° — Atiéndase la erogación que asciende a la suma de PESOS DIECISIETE MILLONES NOVECIENTOS CUARENTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS ($17.942.400-), conforme surge del Anexo IF-2016-00335085-APN-SSCMYL#MDS que integra la presente, con cargo a los créditos específicos de este Ministerio para el presente ejercicio.
ARTÍCULO 7° — Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Carolina Stanley.
e. 01/03/2017 N° 11360/17 v. 01/03/2017
Fecha de publicación 01/03/2017