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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y DEPORTES SECRETARÍA DE DEPORTE, EDUCACIÓN FÍSICA Y RECREACIÓN

Resolución 161-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 17/02/2017

VISTO la Ley Nº 26.912 y su modificatoria —Régimen Jurídico para la Prevención y el Control del Dopaje en el Deporte—, el Expediente Nº E-DEPO-27-2015 del registro de la ex SECRETARÍA DE DEPORTE del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL y la Resolución N° 24 del 29 de abril de 2016 de la SECRETARÍA DE DEPORTE, EDUCACIÓN FÍSICA Y RECREACIÓN del MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y DEPORTES, y

CONSIDERANDO:

Que, mediante el artículo 79 de la Ley citada en el Visto, se creó la Comisión Nacional ANTIDOPAJE, que actuaría en el ámbito de la ex SECRETARÍA DE DEPORTE del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL —actualmente SECRETARÍA DE DEPORTE, EDUCACIÓN FÍSICA Y RECREACIÓN del MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y DEPORTES— y tiene por objetivos, entre otros, dictar las normas antidopaje, de toma de muestras y de la gestión de los resultados, a nivel nacional; determinar las listas de competencias en las cuales deben realizarse controles antidopaje; promover la investigación antidopaje y la realización de programas educativos, campañas de divulgación sobre los peligros del dopaje para la salud de los atletas y para los valores éticos y morales del deporte y difundir la lista de sustancias y métodos prohibidos.

Que, el artículo 80 de la Ley N° 26.912 y su modificatoria —Régimen Jurídico para la Prevención y el Control del Dopaje en el Deporte— prevé que la Comisión Nacional Antidopaje estará compuesta por el Secretario de Deporte del Ministerio de Desarrollo Social —actualmente Secretario de Deporte, Educación Física y Recreación del MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y DEPORTES— o un representante designado por esta Secretaría, quien presidirá la Comisión; un representante del área con competencia en medicina del deporte de esta repartición y siete (7) integrantes más, designados por ésta a propuesta del Ministerio de Salud, de la Secretaría de Programación para la Prevención de la Drogadicción y la Lucha Contra el Narcotráfico de la Presidencia de la Nación, del Comité Olímpico Argentino, del Comité Paralímpico Argentino, de la Confederación Argentina de Deportes, de las asociaciones vinculadas a la medicina del deporte y de la Asociación Argentina de Derecho Deportivo.

Que, por el artículo 2° de la Resolución SDEFyR N° 24/16, se designó como integrante de la Comisión Nacional ANTIDOPAJE en representación del MINISTERIO DE SALUD al Dr. Ronald Gustavo FALCÓN D.N.I. N° 14.711.924.

Que, posteriormente mediante Nota N° 2017-00581500-APN-DD#MS de fecha 13 de enero de 2017 el MINISTERIO DE SALUD, propuso como nuevo integrante de la COMISION NACIONAL ANTIDOPAJE al Sr. Juan Pablo MONSERRAT, DNI N° 22.195.248.

Que, la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención de su competencia.

Que, la presente medida se dicta en virtud del artículo 80 de la Ley N° 26.912 y su modificatoria —Régimen Jurídico para la Prevención y el Control del Dopaje en el Deporte— y de los objetivos de esta Secretaría, aprobados por el artículo 2º del Decreto Nº 357 del 21 de febrero de 2002 y sus modificatorios.

Por ello,

EL SECRETARIO
DE DEPORTE, EDUCACIÓN FÍSICA Y RECREACIÓN
RESUELVE:

ARTÍCULO 1º — Dejar sin efecto a partir del 13 de enero de 2017, la designación del Dr. Ronald Gustavo FALCÓN, D.N.I N° 14.711.924, en representación del MINISTERIO DE SALUD, como integrante de la Comisión Nacional ANTIDOPAJE de la SECRETARÍA DE DEPORTE, EDUCACIÓN FÍSICA Y RECREACIÓN del MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y DEPORTES, dispuesta por el artículo 2° de la Resolución SDEFyR N° 24/16.

ARTÍCULO 2° — Designar a partir del 13 de enero de 2017, como integrante de la Comisión Nacional ANTIDOPAJE de la SECRETARÍA DE DEPORTE, EDUCACIÓN FÍSICA Y RECREACIÓN del MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y DEPORTES en representación del MINISTERIO DE SALUD, al Sr. Juan Pablo MONSERRAT DNI N° 22.195.248.

ARTÍCULO 3° — El miembro de la Comisión Nacional ANTIDOPAJE de la SECRETARÍA DE DEPORTE, EDUCACIÓN FÍSICA Y RECREACIÓN del MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y DEPORTES designado mediante el presente acto, desempeñará las funciones a su cargo en carácter ad honorem.

ARTÍCULO 4º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Carlos Javier Mac Allister.

e. 01/03/2017 N° 10849/17 v. 01/03/2017

Fecha de publicación 01/03/2017