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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


PRESUPUESTO

Decisión Administrativa 149/2017

Modifícase el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2017.

Ciudad de Buenos Aires, 01/03/2017

VISTO el Expediente N° EX-2017-01601308-APN-DMEYN#MHA, la Ley Nº 27.341 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2017 y la Decisión Administrativa Nº 12 de fecha 11 de enero de 2017, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley Nº 27.341 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2017 dispone en diversos artículos la incorporación de créditos presupuestarios adicionales, facultando al señor Jefe de Gabinete de Ministros a efectuar las modificaciones presupuestarias necesarias para dar cumplimiento a lo dispuesto por el HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN.

Que el artículo 9° de la Ley N° 27.346 estableció una nueva distribución de los recursos previstos en el inciso c) del primer párrafo del artículo 104 de la Ley de Impuesto a las Ganancias T.O. 1997 y sus modificaciones.

Que en virtud de ello resulta necesario adecuar el Presupuesto vigente del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, para la asignación de los citados recursos a las jurisdicciones provinciales a través del Fondo de Aportes del Tesoro Nacional a Provincias.

Que el artículo 16 de la Ley N° 27.341 establece asignaciones para el Fondo Nacional para el Enriquecimiento y la Conservación de Bosques Nativos, creado por el artículo 30 de la Ley Nº 26.331 y para la función Ciencia y Técnica, que involucra al MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN PRODUCTIVA, incluyendo el Programa Nacional de Investigación e Innovación Productiva en Espacios Marítimos Argentinos (PROMAR), a la COMISIÓN NACIONAL DE ACTIVIDADES ESPACIALES (CONAE) y al CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS Y TÉCNICAS (CONICET), organismos descentralizados actuantes en la órbita del MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN PRODUCTIVA; al INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA AGROPECUARIA (INTA), organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, y a la FUNDACIÓN MIGUEL LILLO, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y DEPORTES.

Que el artículo indicado en el considerando precedente también dispone asignaciones con destino a la SECRETARÍA DE DERECHOS HUMANOS Y PLURALISMO CULTURAL del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, con destino al Área de Fortalecimiento de Procesos Judiciales contra Delitos de Lesa Humanidad y al Archivo Nacional de la Memoria, al CONSEJO NACIONAL DE COORDINACIÓN DE POLÍTICAS SOCIALES, con destino al Consejo Nacional de las Mujeres y al Plan Nacional de Acción para la Prevención, Asistencia y Erradicación de la Violencia contra las Mujeres, a la COMISIÓN NACIONAL DE EVALUACIÓN Y ACREDITACIÓN UNIVERSITARIA (CONEAU), organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y DEPORTES, a la SECRETARÍA DE PROGRAMACIÓN PARA LA PREVENCIÓN DE LA DROGADICCIÓN Y LA LUCHA CONTRA EL NARCOTRÁFICO (SEDRONAR) de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN actual SECRETARÍA DE POLÍTICAS INTEGRALES SOBRE DROGAS DE LA NACIÓN ARGENTINA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN con destino al Programa Casas de Atención y Acompañamiento Comunitario (CAACS), al PODER LEGISLATIVO NACIONAL, al MINISTERIO DE TURISMO y al Museo del Holocausto Buenos Aires.

Que el artículo 71 de la Ley Nº 27.341 dispuso créditos suplementarios para el MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, para ser afectados al sector agroindustrial, la sanidad y calidad vegetal, animal y alimentaria, al desarrollo territorial y la agricultura familiar, a la investigación pura y aplicada y su extensión en materia agropecuaria y pesquera y a las producciones regionales y/o provinciales en las diversas zonas del país.

Que el artículo 74 de la ley citada estableció una asignación adicional para el FONDO FEDERAL SOLIDARIO creado por el Decreto Nº 206 de fecha 19 de marzo de 2009.

Que es menester reforzar los créditos vigentes de la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN, actuante en el ámbito del PODER JUDICIAL DE LA NACIÓN para hacer frente al normal funcionamiento del Alto Tribunal.

Que además refuerzan los créditos vigentes del CONSEJO NACIONAL DE COORDINACIÓN DE POLÍTICAS SOCIALES de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, a fin de posibilitar la renovación de equipamiento informático y la renovación de licencias de software.

Que resulta necesario incrementar los créditos vigentes de la AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR, organismo descentralizado actuante en el ámbito de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN a fin de atender gastos relacionados con el Tratado de Prohibición Completa de Ensayos Nucleares, que se financia con la incorporación de sobrantes de la donación que la Organización del Tratado mencionado efectuara durante el Ejercicio 2016.

Que conforme a lo establecido en los Decretos Nros. 1.145 de fecha 31 de agosto de 2009 y 852 de fecha 5 de junio de 2014, mediante los cuales se facultó a la SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS para que acuerde con los titulares de los medios de comunicación la cancelación de sus deudas fiscales y previsionales, resulta necesario incrementar los créditos vigentes de la citada Jurisdicción.

Que en virtud de la Emergencia de Seguridad Pública en la totalidad del Territorio Nacional, declarada por el Decreto N° 228 de fecha 21 de enero de 2016, se incrementa el Presupuesto vigente del MINISTERIO DE SEGURIDAD, a efectos de permitir la compra de un Helicóptero Biturbina modelo H155 destinado a la SUPERINTENDENCIA DE AVIACIÓN FEDERAL de la POLICÍA FEDERAL ARGENTINA.

Que es menester incorporar en la COMISIÓN NACIONAL DE ACTIVIDADES ESPACIALES, organismo descentralizado actuante en el ámbito del MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN PRODUCTIVA, recursos provenientes de transferencias externas con el fin de ejecutar la cooperación técnica no reembolsable aprobada oportunamente por el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID).

Que es necesario modificar por compensación los recursos del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA, incorporando remanentes de ejercicios anteriores correspondientes a donaciones.

Que resulta necesario incorporar en la Jurisdicción 85 – MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL créditos con Fuente de Financiamiento 22 – Crédito Externo correspondientes al Préstamo BIRF N° 8633-AR celebrado entre la República Argentina y el BANCO INTERNACIONAL DE RECONSTRUCCIÓN Y FOMENTO destinado a financiar el Proyecto para la Protección de Niños y Jóvenes.

Que resulta oportuno adecuar los créditos presupuestarios incluidos en la órbita de la Jurisdicción 91 - OBLIGACIONES A CARGO DEL TESORO destinados a la Empresa NUCLEOELÉCTRICA ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA (NASA), y a la Empresa ENERGÍA ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA (ENARSA).

Que resulta necesario incorporar a las Planillas Anexas al artículo 1° de la Decisión Administrativa N° 12 de fecha 11 de enero de 2017, la distribución de cargos correspondiente al Programa 17 - Representación, Defensa y Curatela Pública Oficial de la Jurisdicción 10 - MINISTERIO PÚBLICO.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones que le confieren el artículo 100, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, los artículos 5°, 8º, 9º, 16, 71 y 74 de la Ley Nº 27.341 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2017 y los artículos 30 y 37 de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº 24.156 y sus modificaciones.

Por ello,

EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:

ARTÍCULO 1° — Modifícase el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2017, conforme con el detalle obrante en las Planillas Anexas (IF-2017-02340785-APN-SSP#MHA) al presente artículo.

ARTÍCULO 2º — Incorpórase a las Planillas Anexas al artículo 1° de la Decisión Administrativa N° 12 de fecha 11 de enero de 2017, la distribución de cargos correspondiente al Programa 17 - Representación, Defensa y Curatela Pública de la Jurisdicción 10 - MINISTERIO PÚBLICO, conforme con el detalle obrante en las Planillas Anexas (IF-2017-02341870-APN-SSP#MHA) al presente artículo.

ARTÍCULO 3º — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Marcos Peña. — Nicolas Dujovne.

Fecha de publicación 02/03/2017