MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
Resolución 2172-E/2016
Ciudad de Buenos Aires, 18/11/2016
VISTO el Expediente N° E-330-2016 del Registro del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL y el Decreto N° 1023 de fecha 13 de Agosto de 2001 sus modificatorios y complementarios, y el Decreto N° 893 de fecha 07 de Junio de 2012, y sus modificatorios y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente mencionado en el VISTO tramita la Licitación Pública N° 25/2016, autorizada por Resolución MDS N° 321 de fecha 22 de Marzo de 2016, enmarcada en los alcances de los artículos 24, 25 y 26 inciso a) apartado 1 del Decreto N° 1023/01 y sus modificatorios y complementarios, reglamentado por los artículos 15, 34 inciso c) y 35 del Anexo al Decreto N° 893/12 y sus modificatorios; tendiente a lograr la contratación de un (1) servicio de transporte de carga, a fin de asistir a las poblaciones con alto nivel de vulnerabilidad social que habitan en las distintas regiones de nuestro país y en el marco del Programa de Ayudas Urgentes, por un período de seis (6) meses o hasta agotar el total de las jornadas y/o kilómetros y/o precarga y/o estadía adjudicados, solicitado por la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN, MONITOREO Y LOGÍSTICA.
Que conforme el acta de apertura de fecha 28 de Abril de 2016, en la Licitación Pública N° 25/2016, se presentaron las firmas: TAP SAN PEDRO S.R.L. (oferta 1), EMPRIMAR S.A. (oferta 2), TRANSPORTE HERNAN MIGLIORANZA S.R.L. (oferta 3) y GRUPO COLONIA S.A. (oferta 4).
Que obra Nota SIGEN N° 2167/2016 - GATyPE de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN, O.T. N° 330/2016, indicando los Precios Testigos para los renglones 1, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11 y 12, de la Licitación que aquí tramita, acorde lo normado por el Anexo II de la Resolución SGN N° 122/2010.
Que la Comisión Evaluadora de este Ministerio en función de los análisis técnicos preliminares y la documentación obrante en el expediente respectivo suscribió el Dictamen de Evaluación N° 45/2016, sugiriendo las ofertas a desestimadas en la Licitación de marras y estableciendo el Orden de Mérito correspondiente.
Que se han efectuado las notificaciones pertinentes del Dictamen de Evaluación N° 45/2016 y se ha remitido para su difusión en el sitio de Internet de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES según lo prescripto en los artículos 56 y 92 del Anexo al Decreto N° 893/2012 y modificatorios y en el Boletín Oficial.
Que se ha dado cumplimiento a los procedimientos excepcionales de difusión establecidos por la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES en su Disposición ONC N° 64/2014 y su modificatoria N° 79/2014 y conforme lo reglamentado por la Comunicación General N° 14, de fecha 01 de Septiembre de 2014.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos mediante PV-2016-00764164-APN-DGAJ#MDS, manifiesta que previo a dictaminar y sin perjuicio de las conclusiones del Informe Técnico pertinente, corresponde verificar el cumplimiento de las Especificaciones Técnicas del Pliego de Bases y Condiciones Particulares por parte de las ofertas presentadas en la presente contratación, en particular los Puntos 1 i) 1. “Flota- Unidades Transportadores” y 1 i) 2. “Antigüedad de las Unidades Transportadoras”, así como la capacidad de carga para cada renglón; asimismo, expresa que en atención a los Precios Testigo informados por la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN, corresponde analizar si debe propulsarse un mecanismo formal de mejora de precios a los efectos de alinear la mejor oferta con los valores de mercado que se informan, conforme el punto I. e. del Anexo II de la Resolución SIGEN N° 122/10, en particular respecto a los valores cotizados para las estadías ( renglones 4, 6, 8, 10 y 12).
Que se han solicitado mejora de precio a las firmas GRUPO COLONIA S.A. (oferta 4) y TRANSPORTE HERNAN MIGLIORANZA S.R.L.(oferta 3) para los renglones 4, 10 y 12 y los renglones 6 y 8 respectivamente.
Que las firmas mencionadas precedentemente han presentado la mejora de precios requeridas.
Que mediante IF-2016-00811921-APN-SSCMYL#MDS la Comisión Evaluadora, según lo requerido por la Dirección General de Asuntos Jurídicos, solicita a la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN, MONITOREO Y LOGÍSTICA verificar el cumplimiento de las Especificaciones Técnicas del Pliego por parte de las ofertas presentadas en lo concerniente a los puntos 1 i) 1- Flota – Unidades Transportadas e 1 i) 2- Antigüedad de las Unidades Transportadas, así como la capacidad de carga solicitada para cada renglón.
Que la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN, MONITOREO Y LOGÍSTICA, en su carácter de área requirente, mediante IF-2016-02579698-APN-SSCMYL#MDS rectifica su Informe Técnico del 08 de junio de 2016, en relación a la oferta N° 4 la cual podrá ser adjudicada en hasta CINCO (5) regiones y la oferta N° 3 podrá ser adjudicada en hasta DOS (2) regiones- de acuerdo al tamaño de la flota presentada, dando cumplimiento al Punto 1 i) 1 Flota- Unidad Transportadas y 1 i) 2- Antigüedad de las Unidades Transportadas, así como la capacidad de carga solicitada para cada reglón según las Especificaciones técnicas de los Servicios del Pliego de Bases y Condiciones Particulares.
Que la Comisión Evaluadora mediante IF-2016-02872466-APN-DPAT#MDS informa que la relación entre los precios ofertados y los precios testigo suministrados, están sujetos a los procedimientos establecidos por la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN, y en virtud de lo manifestado considera que correspondería a la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN, MONITOREO Y LOGÍSTICA, en su carácter de área requirente, merituar la conveniencia de proseguir con el trámite de los renglones 4, 10 y 12 y en caso afirmativo, de así considerarlo, formular la fundamentación respectiva según Resolución SIGEN N° 122/2016.
Que en virtud de lo expresado en el Considerando precedente, es preciso tener en cuenta que la adjudicación se realiza en forma conjunta para los renglones 3 y 4, 9 y 10, 11 y 12 por razones de índole operativa, según lo establecido en el punto 11 de las Cláusulas Particulares del Pliego.
Que mediante IF-2016-02883285-APN-SSCMYL#MDS la SUBSECRETARÍA mencionada precedentemente manifiesta que todo el proceso de cotización, adjudicación y evaluación es en forma conjunta, kilómetros con sus respectivas estadías, en cumplimiento a lo establecido en los Puntos N° 10 y 11 de las Cláusulas Particulares del Pliego de Bases y Condiciones Particulares, por consiguiente, luego de haber aplicado el Sistema de Mejora de Precios, y habiendo resultado que los precios menores ofrecidos valederos en lo que respecta a los renglones 4, 10 y 12 pertenecientes a las regiones del Interior de Buenos Aires, Cuyo y Patagonia respectivamente quedan dentro del margen de tolerancia, y manifiesta que atento la especificidad del servicio y lo indispensable que resulta el mantenimiento permanente de la compleja logística y en razón de tan frágil temática; resulta conveniente y oportuno estructurar todos los mecanismos necesarios para la obtención del servicio dentro de los procedimientos de Licitación Pública.
Que, cabe destacar, que dentro del análisis debe tenerse en cuenta aquellos ítems no incorporados en la confección de los valores informados detallados en el punto 6 de las Características y Condiciones del Precio Testigo tales como peajes, costos de seguro de la mercadería transportada y montos ligados a la ruta a designar por el comitente, que conforman los precios ofertados; finalmente por lo expuesto y habiendo resultado que los precios menores ofrecidos valederos para los renglones en análisis se concluye que los mismos se adecúan a los precios del mercado; resultando conveniente la prosecución del presente trámite de adjudicación.
Que no se efectuaron impugnaciones al Dictamen de Evaluación N° 45/2016.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente Resolución se dicta dentro del régimen establecido por el Decreto N° 1023/01, sus modificatorios y complementarios, el Decreto N° 893/12 y modificatorios, y en virtud de las facultades conferidas por la Ley de Ministerios y las normas modificatorias y complementarias, la Ley N° 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional y su Decreto Reglamentario N° 1344/2007 y sus modificatorios, la Ley N° 25.506, los Decretos N° 434/16 y N° 561/16 y sus respectivas normas complementarias, el Decreto N° 357/02, sus normas modificatorias y complementarias y el Decreto N° 08 de fecha 10 de Diciembre de 2015.
Por ello,
LA MINISTRA
DE DESARROLLO SOCIAL
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Apruébase el procedimiento de selección cumplido respecto de la Licitación Pública N° 25/2016, autorizada por Resolución MDS N° 321 de fecha 22 de Marzo de 2016, enmarcada en los alcances de los artículos 24, 25 y 26 inciso a) apartado 1 del Decreto N° 1023/01 sus modificatorios y complementarios, reglamentado por los artículos 15, 34 inciso c) y 35 del Anexo al Decreto N° 893/12 y sus modificatorios; tendiente a lograr la contratación de un (1) servicio de transporte de carga, a fin de asistir a las poblaciones con alto nivel de vulnerabilidad social que habitan en las distintas regiones de nuestro país y en el marco del Programa de Ayudas Urgentes, por un período de seis (6) meses o hasta agotar el total de las jornadas y/o kilómetros y/o precarga y/o estadía adjudicados, solicitado por la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN, MONITOREO Y LOGÍSTICA.
ARTÍCULO 2° — Desestímase en la Licitación Pública N° 25/2016 la oferta presentada por la firma TAP SAN PEDRO S.R.L. (oferta 1), acorde el Dictamen de Evaluación N° 45/2016.
ARTÍCULO 3° — Desestímanse en la Licitación Pública N° 25/2016 para los renglones 1, 2, 3, 4, 9, 10, 11 y 12 la oferta de la firma TRANSPORTE HERNAN MIGLIORANZA S.R.L. (oferta 3), para los renglones 7 y 8 la oferta de la firma GRUPO COLONIA S.A. (oferta 4), acorde lo expuesto en el Dictamen de Evaluación N° 45/2016 y en los considerandos de la presente.
ARTÍCULO 4° — Adjudícase en la Licitación Pública N° 25/2016, acorde lo expuesto en el Dictamen de Evaluación N° 45/2016 y en los considerandos de la presente, a las firmas, renglones, cantidades y montos consignados en el Anexo IF-2016-03378318-APN-DPAT#MDS, cuyo monto total asciende a la suma de PESOS DIECIOCHO MILLONES TRESCIENTOS TREINTA Y SIETE MIL ($18.337.000.-).
ARTÍCULO 5° — Autorízase a la Dirección de Patrimonio y Suministros a emitir las Órdenes de Compra correspondientes.
ARTÍCULO 6° — Atiéndase la erogación que asciende a la suma total de PESOS DIECIOCHO MILLONES TRESCIENTOS TREINTA Y SIETE MIL ($18.337.000.-), conforme surge del Anexo IF-2016-03378318-APN-DPAT#MDS, con cargo a los créditos específicos de este Ministerio para el presente ejercicio.
ARTÍCULO 7° — Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Carolina Stanley.
e. 03/03/2017 N° 12066/17 v. 03/03/2017
Fecha de publicación 03/03/2017